Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 24 de noviembre de 2023, del Ayuntamiento de Lorca, sobre aprobación de prórroga de la lista de espera constituida en la categoría de Agente de Empleo y Desarrollo Local.
IV. Administración Local
Lorca
6951 | Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 24 de noviembre de 2023, del Ayuntamiento de Lorca, sobre aprobación de prórroga de la lista de espera constituida en la categoría de Agente de Empleo y Desarrollo Local. |
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 24 de noviembre de 2023, ha sido aprobada la prórroga de la vigencia de la lista de espera, para contrataciones laborales temporales o nombramientos interinos de puestos de Agente de Empleo y Desarrollo Local de este Ayuntamiento, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 4 de diciembre de 2020, conforme a las normas aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 8 de mayo de 2020 (Bases Reguladoras de la lista de espera de la convocatoria, extracto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 134, de fecha 12 de junio de 2020), lista que tendrá una vigencia de dos años, hasta el día 4 de diciembre de 2025, con la limitación de que podrá quedar sin efecto y anticiparse su finalización si durante este plazo fuese aprobada convocatoria para proveer plaza/s de Agente de Empleo y Desarrollo Local de este Ayuntamiento, como funcionario/a de carrera o funcionario/a interino/a de este Ayuntamiento, que incluyese lista de espera, o convocatoria únicamente de lista de espera o bolsa de trabajo de dicha categoría, o integrarse en la nueva lista.
Contra los presentes acuerdos podrán los/as interesados/as interponer Recurso potestativo de Reposición, ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lorca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estos acuerdos en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, según disponen los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en su caso, contra la resolución expresa o tácita del mismo podrán interponer en su momento el oportuno recurso contencioso-administrativo. Asimismo, podrán interponer recurso contencioso-administrativo directamente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Murcia que, por turno de reparto, corresponda, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lorca, 27 de noviembre de 2023. El Alcalde Presidente, Fulgencio Gil Jódar.
NPE: A-041223-6951