Campos del río - Administración local (BORM nº 2023-269)

IV. Administración Local

Campos del Río

6675 Anuncio de nombramientos y delegaciones de funciones.

Tras la celebración de las elecciones municipales el día 28 de mayo de 2023 y habiéndose procedido el día 17 de junio de 2023 a la constitución de la nueva Corporación Local, se hacen públicos los nombramientos y delegaciones siguientes:

TENIENTES DE ALCALDE: (Resolución de la Alcaldía 264/2023., de 22 de junio.)

1. Primera Teniente de Alcalde: D.ª María Del Carmen Macías Macanás

2. Segundo Teniente de Alcalde: D. Francisco Pérez Javaloy

3. Tercer Teniente de Alcalde: D. Iván Pérez Calixto

A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL (Resolución de la Alcaldía 266/2023 de 22 de junio)

Primero. Designar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes Concejales:

1. D.ª María Del Carmen Macías Macanás

2. D. Francisco Pérez Javaloy

3. D. Iván Pérez Calixto

Segundo. Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que tendrán lugar el último jueves, no festivo, de cada mes, a las 14 h. en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento.

Tercero. Sin perjuicio de lo anterior, si por motivos de necesidad o conveniencia, libremente apreciados por la Alcaldía, se precisare convocar una sesión a otra hora distinta de la señalada, podrá convocarse dicha sesión, dentro del día señalado, a otra hora diferente de la antecitada.

Cuarto. Podrá celebrar sesión extraordinaria, el día y la hora que se estime conveniente por esta Alcaldía previa la oportuna convocatoria.

Quinto. Si alguno de los días señalados para la sesión ordinaria fuera inhábil, podría adelantar o retrasar la celebración de la sesión, a la hora que se estime, sin que exceda de siete días.

Sexto. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:

a) La adjudicación de concesiones sobre bienes municipales, y la adquisición de bienes y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto tal, ni los 3.005.078 €, y como dispone el Reglamento de Bienes, y en igual cuantía la enajenación de bienes. En caso de enajenación de inmuebles será competente cuando esté prevista en el Presupuesto. En caso de enajenación de bienes muebles será competente, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no esté prevista en el Presupuesto.

b) El otorgamiento de licencias de actividades y urbanísticas sometidas a la ley del Medio Ambiente y de Urbanismo de la Región de Murcia, y restantes licencias, autorizaciones y concesiones establecidas en la legislación sectorial estatal y autonómica, excepto las licencias de obra menor.

c) Aprobación de instrumentos de desarrollo del Planeamiento no atribuidos expresamente al Pleno, así como la de los Instrumentos de gestión urbanística y Proyectos de urbanización.

d) Desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar las operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 2414/1988, Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de Las Haciendas Locales, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21.f.

La delegación comprende todas la facultades del órgano delegante sobre las citadas materias, incluida la de resolución de los recursos de reposición que, en su caso, se puedan interponer, a tenor de lo previsto en el artículo 115, c) del ROF.

En cualquier caso, la Alcaldía-Presidencia podrá avocar para su resolución y conocimiento por razón de urgencia e interés, cuantos asuntos, actividades y servicios les resulten competencialmente atribuidos por la ley.

DELEGACIÓN LAS SIGUIENTES ÁREAS/MATERIAS: (Resolución de la Alcaldía 262/2023 de 22 de junio)

Primero. Determinar la conservación y reserva a favor de la Alcaldia de las competencias inherentes en las siguientes áreas y materias:

- ÁREA DE URBANISMO Y VIVIENDA

- ÁREA DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

- ÁREA DE INDUSTRIA, INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLOS ESTRATÉGICOS.

- ÁREA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL, Y EMPLEO.

- ÁREA DE ATENCIÓN CIUDADANA, POLITICA INTERIOR Y PERSONAL.

- ÁREA DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACION CIUDADANA.

- ÁREA DE COMUNICACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

Segundo. Delegar en favor de los concejales que a continuación se relacionan, las competencias de la Alcaldía-Presidencia referentes a la gestión, impulso e inspección de las actividades y servicios administrativos incluidos dentro de las siguientes áreas que a continuación se indican, a excepción de la facultad de dictar actos administrativos con eficacia jurídica frente a terceros, teniendo éstos la obligación de informar periódicamente a la Presidencia de las gestiones realizadas:


Área/materia Delegada Concejal
- HACIENDA
- EDUCACIÓN E INFANCIA
- JUVENTUD
D.ª MARÍA DEL CARMEN MACÍAS MACANAS
- AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO AMBIENTE, BIENESTAR ANIMAL.
- SEGURIDAD CIUDADANA Y PROTECCIÓN CIVIL.
- MOVILIDAD Y EDUCACIÓN VIAL
D. FRANCISCO PÉREZ JAVALOY
- DEPORTES.
- MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS Y LIMPIEZA VIARIA
D. IVAN PÉREZ CALIXTO
- CULTURA.
- SANIDAD
D.ª MARÍA DEL MAR CELDRAN SALES
- POLÍTICA SOCIAL Y CONVIVENCIA INTERCULTURAL.
- IGUALDAD
D.ª ILUMINADA GÓMEZ

 

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://camposdelrio.sedelectronica.es.

En Campos del Río, 5 de julio de 2023. La Alcaldesa, M.ª José Pérez Cerón.

NPE: A-211123-6675


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