Consejo de gobierno - Otras disposiciones (BORM nº 2023-269)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

6660 Decreto n.º 381/2023, de 16 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención destinada a las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, para actuaciones de consolidación e internacionalización del campus de excelencia internacional "Mare Nostrum 37/38", para el curso 2023/2024.

La Estrategia de la Unión Europea para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador estableció para el horizonte 2020 cinco ambiciosos objetivos en materia de empleo, innovación, educación, integración social, así como clima y energía, y cuantificó los objetivos educativos que debe conseguir la Unión Europea para mejorar los niveles de educación. Para la consecución de estos objetivos, los Estados de la Unión han desarrollado y actualizado estrategias e iniciativas regionales para conseguir ese crecimiento.

En España, una iniciativa importante en este ámbito han sido los Campus de Excelencia Internacional (CEI), que con la agregación en un mismo proyecto de universidades, centros de investigación y empresas, pretenden la especialización en áreas de conocimiento donde exista un potencial científico y tecnológico (universidades y centros de investigación, centros tecnológicos, empresas para la transformación de las investigaciones en productos y capital humano especializado), con el fin de incrementar la competitividad y la calidad del sistema universitario nacional y el de I+D+I, internacionalizar las universidades e impulsar la movilidad y atracción de talento y hacer de nuestras universidades un factor de vertebración, cohesión y competitividad de la Unión Europea.

En la Región de Murcia, el CEI "Mare Nostrum 37/38" es un proyecto de agregación estratégica entre las dos universidades públicas, al que se unen los principales centros de investigación de la Región e importantes empresas, lo que articula un proyecto estratégico regional que contribuye al posicionamiento de nuestra Región en la sociedad y economía del conocimiento. En este ámbito, el CEI "Mare Nostrum 37/38" lleva a cabo una serie de actuaciones para la consecución de sus objetivos, entre ellas, el fomento de la formación, especialmente de forma bilingüe y la internacionalización de las universidades en todos sus ámbitos, a través de redes de universidades en el espacio mediterráneo de su influencia, sirviendo de nexo para la creación de redes en otros espacios internacionales. Igualmente sirve para potenciar la coordinación de las universidades públicas de la Región para la consecución de objetivos de calidad, emprendimiento, mejora docente y de gestión y de proyección hacia el exterior, haciendo del sistema público universitario una fortaleza de la Región de Murcia en la economía del conocimiento.

Por su parte, la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia, incide en la coordinación universitaria en la Comunidad Autónoma, destacando entre sus principios informadores el desarrollo coordinado del sistema universitario regional y el fomento de la calidad en el servicio público de la educación superior en todos sus ámbitos, es decir, docente, investigador y de gestión.

El objeto de esta actuación es aportar una subvención destinada a las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, para actuaciones de consolidación e internacionalización del CEI "Mare Nostrum 37/38", para el curso 2023/2024.

A tal fin, en el entendido de que existen razones de interés público y social, porque las actuaciones realizadas por las Universidades en el marco del CEI "Mare Nostrum 37/38" fomentan la formación, empleabilidad, investigación y la transferencia de conocimiento, y estando justificada la dificultad de una convocatoria pública al ser beneficiarias las dos únicas universidades participantes en el Campus de Excelencia Internacional, se pretende conceder de forma directa una subvención destinada a financiar a las universidades públicas actuaciones de consolidación e internacionalización del CEI "Mare Nostrum 37/38", al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, establece que el Consejo de Gobierno aprobará por Decreto, a propuesta del órgano competente por razón de la materia para conceder subvenciones, las normas especiales reguladoras de las subvenciones contempladas en el párrafo c) del apartado 2 del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dicha subvención se encuentra comprendida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2023, aprobado por Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, de fecha 10 de marzo de 2023, con arreglo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de noviembre de 2023,

Dispongo:

Artículo 1. Objeto.

El presente decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, por importe total de 464.741,00 €, para actuaciones de consolidación e internacionalización del CEI "Mare Nostrum 37/38", para el curso 2023/2024.

La finalidad de la subvención es la colaboración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en actuaciones de fomento del bilingüismo y de la internacionalización, enmarcadas en el CEI "Mare Nostrum 37/38", tales como la promoción de la movilidad internacional, establecimiento de proyectos para fomentar los dobles títulos y titulaciones interuniversitarias, acciones de desarrollo de la docencia bilingüe en sus titulaciones universitarias oficiales y de formación lingüística, entre otras, así como acciones para la mejora de las ratios docentes y posicionamiento internacional de las universidades públicas de la Región de Murcia y que vienen concretadas en el artículo 5 de este Decreto.

Artículo 2. Procedimiento de concesión.

La subvención regulada en este decreto tiene carácter singular, por lo que se aprueba la concesión directa de la misma en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al considerar que concurren razones de interés público y social en la colaboración con las universidades públicas, porque las actuaciones realizadas por las Universidades en el marco del CEI "Mare Nostrum 37/38" fomentan la formación, empleabilidad, investigación y la transferencia de conocimiento, estando justificada la dificultad de una convocatoria pública al ser beneficiarias las dos únicas universidades participantes en el Campus Mare Nostrum.

El CEI "Mare Nostrum" es un proyecto de agregación estratégica de las dos universidades públicas de la Región de Murcia, en colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de ahí que solo puedan ser beneficiarias de estas ayudas la Universidad de Murcia y la Universidad Politécnica de Cartagena.

La concesión de la subvención se realizará mediante Orden del Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, en la que se especificarán los compromisos y condiciones aplicables, de acuerdo con lo previsto en este decreto.

Artículo 3. Beneficiarios.

Los beneficiarios de esta subvención son la Universidad de Murcia y la Universidad Politécnica de Cartagena, para actuaciones de consolidación e internacionalización del CEI "Mare Nostrum 37/38".

Artículo 4. Requisitos de los beneficiarios.

Las universidades beneficiarias deberán cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:

a) No estar incursas en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de la declaración responsable a que se refiere el artículo 13.7 de la citada Ley, con carácter previo a la concesión de la subvención.

b) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

e) Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha de 29 de diciembre de 2021.

La acreditación de los requisitos mencionados en las letras b), c) y d) del párrafo anterior, se realizará mediante la correspondiente declaración responsable que establece la Orden de 1 de abril de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 08/04/08), y el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La acreditación del requisito mencionado en la letra e) se realizará mediante la correspondiente declaración responsable del beneficiario que establece la Resolución, de 13 de enero de 2022, de la Secretaría General de la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias, por la que se dio publicidad al acuerdo del Consejo de Gobierno de aprobación del Código de conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, adoptado en su sesión de 29 de diciembre de 2021.

Artículo 5. Líneas de actuación.

Las líneas de actuación tienen por objetivo la consolidación del CEI "Mare Nostrum" como una herramienta para la mejora de las universidades públicas de la Región de Murcia en los ámbitos de la internacionalización, de la capacidad lingüística de la comunidad universitaria, del emprendimiento y la empleabilidad y de las ratios docentes para una enseñanza de calidad, con el fin de alcanzar un mejor posicionamiento en el contexto nacional e internacional. Estas líneas de actuación se concretan en:

1. Mejora de la oferta docente interuniversitaria y de la internacionalización de las universidades públicas.

1.1. Proyectos para fomentar los dobles títulos, las titulaciones interuniversitarias a nivel nacional o internacional y/o la internacionalización de las universidades públicas de la Región de Murcia.

1.2. Acciones de desarrollo de la docencia bilingüe en sus titulaciones universitarias oficiales, colaborando en las acciones de formación lingüística desarrolladas en ambas universidades, incluyendo el posible desarrollo de asignaturas "English friendly" en las titulaciones.

1.3. Actividades de promoción de la movilidad internacional, priorizando la realización de las acciones de movilidad internacional en empresas e incentivando a los estudiantes que realicen prácticas en empresas a nivel internacional (Anexo II).

1.4. Actividades de movilidad e internacionalización enmarcadas en el programa de Consorcios de Universidades Europeas de la Unión Europea.

1.5. Plan especial de desarrollo y certificación lingüística. Acciones de desarrollo de las competencias lingüísticas del PDI, PAS y estudiantado de las titulaciones universitarias oficiales, preferentemente de las modalidades bilingües y de los estudiantes de doctorado, especialmente aquellos que realicen la Tesis con Mención Internacional.

2. Mejora de las acciones de emprendimiento y transferencia del conocimiento en el ámbito de Campus Mare Nostrum.

2.1. Actividades que desarrollen la cultura de la transferencia y la innovación en los polos de actuación del Campus Mare Nostrum, a través de acciones de formación del profesorado, promoviendo reuniones y jornadas asociadas a actividades con el mundo empresarial.

2.2. Proyectos de emprendimiento Mare Nostrum:

Apoyo económico para desarrollo de proyectos y realizar estudios de viabilidad o de mercado, asociados a ideas de emprendimiento e innovadoras, llevadas a cabo por estudiantes de títulos oficiales, personal docente e investigador y personal de administración y servicios de las universidades, que sean seleccionados de acuerdo al baremo que se establezca por cada una de las universidades, con una dotación para cada una de las ideas seleccionadas por cada universidad. Tendrán preferencia aquellas ideas que se distingan por su colaboración en los ámbitos del Campus Mare Nostrum, y se priorizarán las actuaciones llevadas a cabo por el estudiantado.

3. Mejora de la interacción con el entorno empresarial y territorial. Formación universitaria desde la empresa y difusión social del concepto Mare Nostrum.

3.1. Implementación del Programa "La Formación universitaria desde la empresa, "ENCUENTRO TF", con el objetivo de impulsar y apoyar la realización de Trabajos de Fin de Grado y de Fin de Máster en colaboración con empresas, instituciones y cooperativas, en temas, proyectos o ideas de las propias entidades.

3.2. Concesión de los Premios Mare Nostrum, como factor de visibilidad del CEI "Mare Nostrum", como potenciador de la actividad académica, empresarial y su reconocimiento social.

4. Acciones para el incremento de la calidad de los centros y enseñanzas de las universidades públicas y para la mejora de las ratios docentes, como factor para incrementar el posicionamiento internacional de las mismas.

Artículo 6. La Formación universitaria desde la empresa, "ENCUENTRO TF".

1. Esta actuación tiene por objetivo impulsar y apoyar en las universidades públicas de la Región de Murcia, en el marco del CEI "Mare Nostrum", la realización de Trabajos de Fin de Grado y de Fin de Máster en colaboración con empresas, instituciones o cooperativas, en temas, proyectos o ideas de las propias empresas, instituciones o cooperativas, que serán promovidos y desarrollados por las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, en colaboración con entidades empresariales y fundaciones empresariales.

2. Además, los autores de los tres mejores trabajos en las dos categorías, TFG y TFM, de cada universidad, serán galardonados por la Comisión Mixta Campus Mare Nostrum, con premios económicos de acuerdo a las siguientes cuantías:

1.º Premio 1.000,00 €

2.º Premio 700,00 €

3.º Premio 300,00 €

3. La participación de las empresas en el Programa "La Formación universitaria desde la empresa, "ENCUENTRO TF", conllevará la suscripción de un Convenio entre la Universidad y la empresa en los términos que las Universidades públicas tengan establecidos en su normativa de convenios de prácticas.

4. Las condiciones específicas del programa figuran en el Anexo I del presente Decreto.

Artículo 7. Plan especial de desarrollo y certificación lingüística.

Este plan plantea dos objetivos diferentes, en referencia a alcanzar las competencias y certificación de los niveles B1, B2, C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), priorizando las ayudas para estudiantes y profesores de aquellos programas formativos que tengan reconocida la condición de programa bilingüe, grados conjuntos con universidades extranjeras, así como las ayudas para estudiantes de doctorado con Mención Internacional. Se incluye la financiación de ayudas para estudiantes de las dos universidades públicas, para lo que será preciso previamente una prueba de nivel, a partir de la cual se establecerán diferentes tipos de ayudas destinadas a la cofinanciación de los cursos de formación y de los exámenes o pruebas de certificación.

Artículo 8. Premios Campus Mare Nostrum.

1. Las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, conjuntamente con la Comunidad Autónoma, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, y en el seno de la comisión que se establece en el artículo siguiente de este Decreto, otorgarán los siguientes premios:

- Premio Regional "Campus Mare Nostrum", destinado a reconocer a empresas destacadas en el ámbito de la innovación y desarrollo tecnológico, que aporten visibilidad internacional a la Región de Murcia.

- Premio Mare Nostrum en la categoría "Premio fomento Campus Mare Nostrum", destinado a una empresa que se destaque en el fomento de la colaboración universidad-empresa en la defensa de los valores que impulsa Campus Mare Nostrum, en cada una de las universidades públicas de la región.

2. Los diferentes premios Campus Mare Nostrum tendrán carácter honorífico y no tendrán dotación económica.

3. Para la selección de los premios Campus Mare Nostrum se establecerá una Comisión Mixta Campus Mare Nostrum, integrada por expertos de ambas Universidades bajo la presidencia y coordinación de la Dirección General con competencias en materia de Universidades.

Artículo 9. Comisión Mixta Campus Mare Nostrum.

Para la coordinación y seguimiento de las acciones de consolidación e internacionalización del Campus de Excelencia Internacional "Mare Nostrum", o cualquier otra acción que se desarrolle asociada al mismo, se crea y se constituye una comisión de seguimiento, presidida por el Director General de Universidades e Investigación, e integrada por un Vicerrector o Vicerrectora de cada universidad competente en la materia que se aborde, además de los coordinadores específicos de CMN de cada universidad. La secretaría de la misma recaerá en un funcionario/a de la citada Dirección General.

En la misma podrá integrarse una representación de organizaciones empresariales o de las empresas participantes en las acciones específicas que puedan realizarse, así como cuantos funcionarios y técnicos de las instituciones, entidades u organizaciones que forman la comisión sean requeridos por cualquiera de ellas, para la valoración de los mejores TFG y TFM dentro de la actuación ENCUENTRO TF.

Artículo 10. Cuantía y forma de pago.

El gasto que comporta esta subvención tendrá un importe máximo de 464.741,00 euros, de acuerdo con lo consignado en las correspondientes partidas de los Presupuestos Generales de la Región de Murcia para el ejercicio 2023, de los que 309.827,00 euros corresponden a la Universidad de Murcia y 154.914,00 euros a la Universidad Politécnica de Cartagena, siendo el criterio de distribución 2/3 a la Universidad de Murcia y 1/3 a la Universidad Politécnica de Cartagena, según acuerdo adoptado por ambas universidades.

Estas dotaciones se distribuyen por líneas de actuación de la siguiente forma, entre las dos Universidades:

1. Mejora de la oferta docente interuniversitaria y de la internacionalización de las universidades públicas:

- Universidad de Murcia: 131.827,00 €.

- Universidad Politécnica de Cartagena: 64.914,00 €.

2. Mejora científica y transferencia del conocimiento Mare Nostrum:

- Universidad de Murcia: 20.000,00 €.

- Universidad Politécnica de Cartagena: 10.000,00 €.

3. Mejora de la interacción con el entorno empresarial y territorial. Formación universitaria desde la empresa y difusión social del concepto Mare Nostrum:

- Universidad de Murcia: 38.000,00 € (incluye 4.000,00 € en premios).

- Universidad Politécnica de Cartagena: 20.000,00 € (incluye 4.000,00 € en premios).

4. Acciones para el incremento de la calidad de los centros y enseñanzas y para la mejora de las ratios docentes, como factor para incrementar el posicionamiento internacional de las mismas. Las universidades, a su criterio, podrán destinar un máximo de 5.000,00 € para cada uno de los centros académicos que obtengan a lo largo del curso académico 2023-2024 el sello regional "Región de Murcia. Calidad Universitaria".

- Universidad de Murcia: 120.000,00 €.

- Universidad Politécnica de Cartagena: 60.000,00 €.

El pago a las universidades se realizará por una sola vez a la concesión de la subvención, con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para llevar a cabo las actuaciones inherentes a esta subvención, conforme a lo recogido en el artículo 29.3 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. De conformidad con el artículo 16.2 a) los beneficiarios quedan exonerados de la constitución de garantías.

Si una línea de actuación resultara excedentaria por cualquier causa no prevista, se podrá realizar el gasto del importe excedente entre las diferentes actuaciones, siempre que las modificaciones estén correctamente justificadas por las universidades.

Artículo 11. Plazo de ejecución y justificación.

El plazo de ejecución de las actividades objeto de esta subvención será desde el inicio de las actuaciones correspondientes al curso 2023/2024, hasta el 30 de septiembre de 2024.

La justificación por parte de los beneficiarios del cumplimiento de la finalidad y de la aplicación material de los fondos recibidos será hasta el 31 de diciembre de 2024, y se ajustará a lo señalado en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en lo establecido en el artículo 25 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La modalidad de justificación de esta subvención se adecuará a la cuenta justificativa regulada en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo presentar toda la información en la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor.

La memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con la indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, deberá contener al menos, los siguientes aspectos:

• Resoluciones de la Universidad por las que se convocan, en su caso, las acciones objeto de este decreto.

• Descripción detallada de los cursos, jornadas, acciones realizadas y, en su caso, materiales elaborados, cuantificación económica, número de estudiantes y/o profesores beneficiados, y valoración cualitativa de los resultados de cada una de las líneas de financiación.

Las universidades, conforme a su normativa, realizarán, en su caso, las convocatorias necesarias para la realización de las actuaciones objeto de esta subvención, en la que deberán figurar expresamente que se realizan de forma conjunta entre la Universidad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el marco del proyecto CEI "Mare Nostrum", debiendo figurar tanto en las convocatorias como en cualquier soporte de difusión, publicitario o de comunicación, los logos corporativos de la Región, de las dos Universidades y del CEI "Mare Nostrum".

Artículo 12. Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios de esta subvención estarán obligados a:

a) Realizar la finalidad para la que se ha concedido la subvención y presentar la justificación correspondiente en la forma prevista en el artículo anterior.

b) Someterse a la normativa de supervisión, seguimiento y control de subvenciones, así como facilitar toda la información requerida por los órganos competentes.

c) Indicar en los carteles y demás documentación y material utilizado en el desarrollo de las actividades subvencionadas que estas se realizan con financiación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

d) Los beneficiarios quedarán, en todo caso, sujetos a las obligaciones impuestas por el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en lo regulado en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

e) El cumplimiento del apartado VI del Código de conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021 (BORM n.º 23 de 29/01/2022).

Artículo 13. Reintegros y responsabilidades.

1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a esta, en los supuestos contemplados en el artículo 37.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con los artículos 35 a 37 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2. Los beneficiarios de la subvención quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en la materia establece el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Título IV de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 14. Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos.

Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Artículo 15. Publicidad de la subvención concedida.

Con independencia de la publicidad derivada de la normativa aplicable en materia de subvenciones, y de manera adicional a esta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las ayudas públicas concedidas con indicación del tipo de subvención, órgano concedente, importe, beneficiarios, así como su objetivo o finalidad, se publicarán en el Portal de Transparencia al que se refiere el artículo 11 de la citada Ley.

Artículo 16. Régimen jurídico.

Las subvenciones reguladas en este decreto se regirán, además de por lo establecido en este decreto, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma, y por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, así como por lo establecido en las demás normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Disposición final única. Eficacia y publicidad.

El presente decreto producirá efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de lo cual se publicará en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Dado en Murcia, a 16 de noviembre de 2023. La Presidenta por sustitución, la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, María Concepción Ruiz Caballero. El Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, Juan María Vázquez Rojas.

Anexo I


Programa "Encuentro TF" Para la formación conjunta universitaria desde la Empresa

Para afrontar los retos de la sociedad del conocimiento, la formación universitaria requiere de la adquisición de competencias y habilidades que permitan dar solución a los problemas reales de la sociedad y del sector productivo. En este sentido, resulta muy oportuno generar sinergias en el binomio universidad-empresa, que permitan al alumnado universitario formarse en la cultura empresarial y entrenar sus habilidades y competencias adquiridas en la universidad en situaciones reales que se producen en las empresas, como preparación efectiva para su acceso al mercado laboral.

En este ámbito, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, en colaboración con las Universidades públicas de la Región de Murcia, en el marco del CEI "Mare Nostrum" y el sector empresarial, va a desarrollar y financiar el Programa de FORMACIÓN UNIVERSITARIA DESDE LA EMPRESA "ENCUENTRO TF", con el fin de que el alumnado universitario pueda realizar sus Trabajos de Fin de Grado (TFG) y de Fin de Máster (TFM) a partir de ideas e iniciativas formuladas por las propias empresas, instituciones o cooperativas, en un proceso formativo de colaboración universidad-empresa, que permita un acercamiento directo a la problemática real de las empresas y participar activamente en la búsqueda de soluciones al mismo.

Destinatarios

Son destinatarios de este programa las universidades públicas del Sistema Universitario Regional de la Comunidad Autónoma, quienes seleccionarán al alumnado participante con mejores expedientes.

La participación de las empresas en el Programa: La formación universitaria desde la empresa, "ENCUENTRO TF" conlleva la suscripción de un Convenio entre la Universidad y la empresa en los términos que las Universidades tengan establecidos en la normativa de convenios de prácticas.

Financiación

El Programa La formación universitaria desde la empresa, "ENCUENTRO TF" será financiado por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, con un importe total de 50.000,00 euros, que permitirá conceder ayudas de hasta 1.000,00 euros para estudiantes de TFG y TFM durante el curso académico 2023-2024. La distribución y asignación de los trabajos por centros se llevará a cabo por las propias universidades, siendo un objetivo preferente que estas acciones afecten a la totalidad de los centros universitarios. La CARM podrá proponer el desarrollo de algunos TFG/TFM en relación a aspectos estratégicos que afecten a la Comunidad Autónoma, en coordinación con las universidades.

Premios

Los tres mejores trabajos en cada una de las dos categorías, TFG y TFM, de cada universidad, serán galardonados por la Comisión Mixta Campus Mare Nostrum, incorporando representantes empresariales, y tras defender el proyecto ante esta comisión, con premios económicos de acuerdo a las siguientes cuantías:

1.º Premio 1.000,00 €

2.º Premio 700,00 €

3.º Premio 300,00 €

Hasta agotar la cuantía total de 8.000,00 € para premios prevista en el artículo 10, punto 3, pudiendo las Universidades complementar con fondos propios estos programas e incrementar el número de premiados.

La participación empresarial

Para el desarrollo del Programa La formación universitaria desde la empresa, "ENCUENTRO TF" se cuenta, inicialmente, con la colaboración del INFO, de la Fundación "Isaac Peral", de la CROEM y de las empresas que colaboran habitualmente con las universidades públicas de Región de Murcia, que aportarán el personal que designen como tutor empresarial. La colaboración empresarial queda abierta a cualquier otra organización de este sector o empresa que lo solicite.

La participación empresarial en este programa en ningún caso implica que las empresas tengan que aportar ningún tipo de financiación al mismo, ni que adquieran ningún compromiso laboral o profesional con el alumnado participante. Las empresas deberán facilitar, en los términos que se acuerde conjuntamente con las universidades, los temas, ideas o proyectos que serán objeto de los TFG y de los TFM, que deberán comunicar a las universidades conforme al procedimiento que se establezca, con la suficiente antelación, para que puedan realizar la convocatoria y asignarse los TFG o TFM en los plazos que se establecen en cada curso académico para la realización y presentación de estos proyectos, que serán evaluados y defendidos por sus autores conforme a la normativa universitaria establecida para tal fin.



Anexo II

Mejora de la oferta docente interuniversitaria y de la internacionalización de las universidades públicas.

La realización de actividades de promoción de la movilidad internacional que priorizan la realización de las acciones de movilidad internacional en empresas, han de incentivar a los estudiantes que realicen dichas prácticas a nivel internacional con una cantidad mínima de 100,00 € al mes.

NPE: A-211123-6660


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