Consejería de economía, hacienda y empresa - Autoridades y personal (BORM nº 2023-266)

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa

6567 Orden de 15 de noviembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia.

El Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, así como la normativa reglamentaria que la desarrolla, en especial, el Decreto 46/1990, de 28 de junio, configuran las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública Regional, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto así como sus características, estableciéndose, asimismo, el carácter público de las mismas.

La reciente publicación del Decreto del Presidente n.º 31/2023, de 14 de septiembre, de reorganización de la Administración Regional (suplemento n.º 12 del BORM n.º 213, de 14 de septiembre), modificado posteriormente por el Decreto del Presidente n.º 42/2023, de 21 de septiembre (suplemento n.º 13 del BORM n.º 15, de 20 de enero), trae consigo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional.

El mencionado Decreto n.º 31/2023, de 14 de septiembre, modificado por el Decreto n.º 42/2023, de 21 de septiembre recoge, entre otras, las Consejerías de Educación, Formación Profesional y Empleo, de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio y de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes como partes integrantes de la organización de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con asignación de sus respectivas competencias.

En el suplemento n.º 13 del BORM n.º 220, de 22 de septiembre, se publican, con la finalidad de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias que le han sido asignadas, los Decretos n.º 245/2023, n.º 237/2003 y n.º 243/2023 por los que se establecen, respectivamente, los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio y de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes.

En relación con la estructura de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, establece el Decreto n.º 245, modificado por el Decreto n.º 348/2023, de 28 de septiembre, a diferencia de lo recogido en el anterior Decreto de Órganos Directivos (Decreto n.º 10/2023, de 23 de enero), la creación de la Dirección General de Atención a la Diversidad, para asumir las competencias del departamento en materia de atención a la diversidad, y de la Dirección General de Trabajo, que a su vez asume las competencias en materia de trabajo, la mejora de las relaciones laborales, la seguridad y salud laboral, la prevención de riesgos laborales, el arbitraje en las controversias laborales que se le sometan y la conciliación previa a la tramitación de procedimientos laborales ante el Juzgado de lo Social y ejecución de la legislación laboral.

Por su parte, el Decreto n.º 237/2023, que establece los Órganos Directivos de la Consejería de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio crea la Secretaría General, para ejercer las funciones atribuidas por el artículo 17 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM n.º 11, de 30 de diciembre), y la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que asume las competencias en materia de ordenación del territorio, urbanismo y cartografía, conforme a lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

Por otro lado, el Decreto n.º 243/2023 recoge, entre los Órganos Directivos creados en la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, la Secretaría General, con el mismo fin que el recogido para la Secretaría General de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio.

Cabe por tanto, en este contexto de reestructuración, dotar a los nuevos Órganos Directivos con los efectivos necesarios para garantizar el correcto cumplimiento de sus atribuciones, siempre bajo los principios de organización y funcionamiento recogidos en el artículo 3 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como del necesario ajuste al modelo vigente de relación de puestos de trabajo aprobado por Decreto 32/1998, de 4 de junio, por el que se configuran opciones en los distintos cuerpos de la Administración Pública Regional, se establecen Medidas de Fomento de Promoción Interna y se modifica el Decreto 46/1990, de 28 de junio, e informadas favorablemente por la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos.

Por ello, en el ejercicio de la potestad de organización de la Administración Regional, el uso de las facultades conferidas en el artículo 19.5 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia y de conformidad con lo establecido en la disposición final primera del citado Decreto del Presidente n.º 31/2023,

Dispongo:

Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, en los términos que figuran el Anexo de esta Orden.

Segundo.- Los puestos de trabajo recogidos en el citado Anexo percibirán sus retribuciones con cargo a los programas presupuestarios 422F y 315A, para los puestos de Secretaria/o Dirección General de Atención a la Diversidad y Secretaria/o Dirección General de Trabajo, respectivamente, creados la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo; con cargo a los programas presupuestarios 432A y 126L, para los puestos de Secretaria/o Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y Auxiliar Secretaria/o de Secretario/a General de Interior, respectivamente, creados en la Consejería de Interior, Emergencias y Ordenación del Territorio; y con cargo al programa presupuestario 751B, en el caso del puesto Auxiliar Secretaria/o de Secretario/a General de Turismo, creado en la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes.

Tercero.- La presente Orden tendrá efectos del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Cuarto.- Contra la presente Orden se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empresa en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia correspondiente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Murcia, 15 noviembre de 2023. El Consejero de Economía, Hacienda y Empresa, Luis Alberto Marín González.

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