Consejería de educación, formación profesional y empleo - Otras disposiciones (BORM nº 2023-263)
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
6490 | Resolución de 30 de octubre de 2023 del Director General de Centros Educativos e Infraestructuras por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 27 de octubre de 2023 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "La Merced-Fuensanta" de Murcia. Código 30005776. |
Con el fin de dar publicidad a la Orden de 27 de octubre de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "La Merced-Fuensanta", de Murcia, código 30005776,
Resuelvo:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la parte dispositiva de la Orden de 27 de octubre de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "La Merced-Fuensanta", de Murcia, código 30005776, que se inserta a continuación como Anexo.
Murcia, 30 de octubre de 2023. El Director General de Centros Educativos e Infraestructuras, Jerónimo Martínez Díaz.
Anexo
Dispongo:
Primero. Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "La Merced-Fuensanta" de Murcia, código 30005776, por ampliación de 2 unidades de educación infantil de primer ciclo (2 a 3 años), quedando configurado el centro en los siguientes términos:
a) Código de centro: 30005776.
b) Naturaleza del centro: Privada.
c) Titularidad del Centro: Instituto de los Hermanos Maristas de la Enseñanza.
d) NIF de la titularidad: R3000097J.
e) Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
f) Denominación específica: "La Merced-Fuensanta".
g) NIF del centro: R3000097J.
h) Domicilio: C/ D. Juan de Borbón y Paseo Malecón, 25.
i) Localidad: 30007 Murcia.
j) Provincia: Murcia.
k) Comunidad Autónoma: Región de Murcia.
l) Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
m) Capacidad:
Domicilio Avenida D. Juan de Borbón, 1:
Educación Infantil Primer Ciclo: 2 unidades (2-3 años) y 40 puestos escolares.
Educación Infantil de segundo ciclo: 15 unidades y 375 puestos escolares.
Educación Primaria: 30 unidades y 750 puestos escolares.
Domicilio Paseo del Malecón, 25:
Educación Secundaria Obligatoria: 24 unidades y 720 puestos escolares.
Bachillerato de Ciencias y Tecnología: 6 unidades y 210 puestos escolares.
Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales: 4 unidades y 140 puestos escolares.
Segundo. La modificación de la autorización de apertura y funcionamiento se inscribirá de oficio en el Registro de Centros Docentes de Niveles no Universitarios de la Región de Murcia.
Tercero. En el caso de que el centro deje de reunir alguno de los requisitos mínimos establecidos en la normativa aplicable, la autorización será objeto de revocación expresa por esta Administración. Particularmente, el titular se obliga a mantener en todo momento el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacios e instalaciones que han motivado el otorgamiento de la modificación de la autorización según consta en los documentos que obran en el expediente.
Cuarto. La presente Orden surtirá efectos desde el día de su firma.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de la misma, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
El Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, Víctor Javier Marín Navarro.
NPE: A-141123-6490