Consejería de medio ambiente, universidades, investigación y mar menor - universidad politécnica de cartagena - Autoridades y personal (BORM nº 2023-261)

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

Universidad Politécnica de Cartagena

6449 Resolución RV-259/23, de 30 de octubre de 2023, del Vicerrectorado de Profesorado, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca, concurso para la contratación de Profesorado Permanente Laboral en la Universidad Politécnica de Cartagena.

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena y en el Reglamento por el que se regulan los concursos para la selección de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Politécnica de Cartagena, aprobado en Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2021, este Vicerrectorado de Profesorado, por delegación de competencias de la Rectora, por Resolución? Rectoral R-146/23, de 9 de marzo (BORM 15 de marzo de 2023), conforme a los acuerdos de Consejo de Gobierno de 26 de junio 2023 y de 24 de octubre de 2023,

Resuelve:

Convocar concurso público para la provisión de una plaza de Profesorado Permanente Laboral que se detalla en el anexo I, dirigido a la incorporación de personal investigador doctor dentro del marco del programa de excelencia Saavedra Fajardo y que haya obtenido el certificado I3 o R3. Dicha plaza está recogida en la oferta de empleo público para el año 2023, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 17 de mayo de 202?3 como plaza de Profesorado Contratado Doctor. El concurso se regirá por las siguientes

Bases:

Primera.- Normas generales.

Los concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por el Decreto 197/2017, de 5 de julio, por el que se desarrolla el régimen jurídico y retributivo del personal docente e investigador contratado laboral de las Universidades Públicas de la Región de Murcia; por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena; por el Reglamento por el que se regulan los concursos para la selección de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Politécnica de Cartagena, aprobado en Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2021 y en lo no previsto, por la legislación vigente que le sea de aplicación.

Segunda.- Requisitos de los candidatos.

2.1.- Requisitos generales:

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se haya definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Asimismo, podrán participar los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, tengan residencia legal en España, siendo titulares de los documentos que les habilite para residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen y traducidos al español.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad.

d) Poseer un conocimiento adecuado del castellano. En su caso, se podrá exigir la superación de una prueba que lo acredite.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) Haber abonado los derechos de examen establecidos en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación.

2.2.- Requisitos específicos:

a) Estar contratado o haber sido contratado como personal investigador doctor dentro del marco del programa Saavedra Fajardo.

b) Estar en posesión de la certificación I3 o R3.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Graduado Universitario conforme a la nueva estructura de las enseñanzas universitarias establecida en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia.

d) Estar en posesión del título de doctor.

e) Haber obtenido la acreditación para Profesor Contratado Doctor o Profesor Permanente Laboral por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en adelante ANECA) o del órgano de evaluación externa que la Ley de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia determine.

La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá estar referida a la fecha de fina?lización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato.

Los documentos presentados que estén redactados en idioma diferente al castellano, deberán ir acompañados de la correspondiente traducción jurada.

Tercera.- Presentación de solicitudes.

3.1.- Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán hacerlo presentando la solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena en la siguiente dirección https://sede.upct.es/tramites y acceder al trámite denominado "Participación en procesos selectivos" y seguir las instrucciones.

3.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

3.3. Para poder cumplimentar la solicitud es necesario identificarse por alguno de estos medios:

. Con certificado electrónico reconocido por la Universidad. Los certificados admitidos por la Universidad Politécnica de Cartagena se encuentran disponibles en la siguiente dirección: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/

. Con cl@ve, para aquellos usuarios que estén registrados en el sistema de identidad electrónica cl@ve.

. Con usuario y contraseña, conforme a las indicaciones recogidas en la sección de Preguntas Frecuentes de la Sede Electrónica.

3.4.- Los aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud. En tal caso, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que estimen oportunas para la realización de los ejercicios, expresando el motivo de estas.

3.5.- Documentación: A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

a. Documentación acreditativa de requisitos académicos.

- Copia del título Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Graduado Universitario. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se presentará copia de la credencial que acredite su homologación o equivalencia.

- Copia de la certificación favorable de la evaluación I3 o R3 de la actividad investigadora.

- Certificación del organismo contratante de estar contratado o haber sido contratado como personal investigador doctor dentro del marco del programa Saavedra Fajardo.

Estará exento de aporta?r la certificación, si el contrato se celebró como personal investigador doctor en el programa Saavedra Fajardo en la Universidad Politécnica de Cartagena, si en su solicitud autoriza a la universidad a recabar dicha información.

- Copia de la acreditación para Profesor Contratado Doctor o Profesor Permanente Laboral.

b. Documentación acreditativa de beneficios sobre las tasas aplicables.

- Las personas aspirantes que acrediten bonificaciones por "desempleo" de la tasa por derecho de participación, deberán presentar copia de la certificación de los servicios públicos de empleo de encontrarse en situación de desempleo, expedida durante el plazo de presentación de solicitudes.

- Quien abone la tasa por "Carné joven", deberá acompañar a la solicitud fotocopia del "Carné joven" expedido por el órgano competente de la Administración Regional.

- Los aspirantes con discapacidad deberán acreditar el grado de discapacidad mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad.

- Los aspirantes que pertenezcan a familia numerosa de categoría especial deberán presentar el título que lo acredite.

- Los aspirantes que ostenten la condición de víctimas del terrorismo deberán presentar documento expedido por el Ministerio del Interior que certifique esa condición, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

- Los aspirantes que hayan sido víctimas de violencia de género deberán presentar documento firmado por la autoridad competente que acredite dicha condición, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral frente a la violencia de género.

c. Documentación acreditativa del nivel de idioma español.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del español no se deduzca de su origen, deberán adjuntar la correspondiente justificación documental de poseer alguno de los títulos o certificados que se indican a continuación:

- Diploma de español nivel B2 o superior, de conformidad con el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera, o certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas para la obtención del mismo.

- Certificado de Nivel Avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

- Título de Licenciado en Filología Hispánica, Románica o grado equivalente o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención de alguno de dichos títulos.

- Certificado de haber superado la prueba de conocimiento de castellano en el mismo nivel o superior en convocatorias de procesos selectivos de esta Universidad.

- Título alegado para participar en la presente convocatoria emitido por el Estado español.

De no adjuntar alguno de los documentos justificativos señalados con anterioridad, deberán realizar la prueba de acreditación de conocimiento del castellano, cuyo procedimiento se detalla en el anexo II.

d. Documentación acreditativa de estar en condiciones para el desempeño de la plaza para aspirantes con discapacidad. Las personas aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación acreditativa de hallarse en condiciones de desempeñar la plaza objeto de esta convocatoria, expedida por el IMAS u órgano equivalente.

Serán motivos de exclusión, entre otros, no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para la plaza convocada y presentar la solicitud fuera del plazo establecido

3.6. El abono de la tasa por derechos de examen será el siguiente:

TIPO DE TASA IMPORTE
Ordinaria 48,61 €
Carné joven 38,89 €
Desempleado 24,30 €

El pago del importe de la tasa de los derechos de examen se realizará dentro del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso la validación de datos en la página web y el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme al procedimiento indicado en esta base.

Tendrán la bonificación del 20 por 100 de la cuota los que acrediten hallarse en posesión del "Carné Joven" expedido por el órgano competente de la Administración Regional.

Estarán exentas del pago de esta tasa las personas que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias:

a) Ostentar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa.

b) Pertenecer a familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente.

c) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.

d) Ser o haber sido víctima de violencia de género.

La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión definitiva de la persona aspirante.

Procederá la devolución de la tasa, en particular, cuando la persona renuncie a tomar parte en la convocatoria correspondiente expresándolo así con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, o cuando se excluya su participación en las pruebas por no haber acreditado estar en posesión de los requisitos exigidos en la misma.

3.7. Una vez cumplimentados los datos de la solicitud en la página web se liquidará la tasa en función de lo indicado por el aspirante. El pago de dicha liquidación, si no resulta exenta, se podrá realizar por cualquiera de las siguientes formas:

a) TPV virtual (tarjeta de crédito o débito).

b) Pago mediante recibo en una de las siguientes entidades bancarias:

. Banco Santander

. Banco Sabadell

3.8 Una vez cumplimentada la solicitud, a través de la web, la presentación y proceso de registro de la solicitud se realizará necesariamente a través de la propia página web al finalizar el registro de la solicitud. Una vez presentada, obtendrá un justificante de presentación de la solicitud con el sello electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena. El interesado podrá consultar en cualquier momento su solicitud en la Carpeta del Ciudadano, de la Sede Electrónica de la Universidad.

Si alguno de los interesados presentase su solicitud presencialmente, el órgano convocante requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la solicitud de inscripción en los procesos selectivos, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de1 de octubre.

3.9. En el caso de incidencia técnica a que se refiere el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda y hasta que aquella se solucione la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos. Tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido deberán publicarse en la sede electrónica del órgano convocante.

3.10. Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser expedidos por las autoridades competentes y legalizados cuando proceda. Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

4.1.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de quince días hábiles, el Vicerrector competente en materia de profesorado, dictará resolución aprobando la relación provisional de los aspirantes admitidos y excluidos. Esta relación, así como las causas de exclusión, se publicarán en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena (https://sede.upct.es) y en la dirección electrónica Universidad Politécnica de Cartagena https://www.upct.es/convocatorias/actpdi/listado.php?Id_cat=1 (upct.es)

4.2.-. Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Quien, dentro del plazo señalado, no subsane la exclusión o alegue la omisión, justificando el derecho a ser incluido en la relación de admitidos, será definitivamente excluido del proceso selectivo.

4.3.- Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Vicerrector competente en materia de profesorado, dictará resolución aprobando la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en la forma anteriormente establecida.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el Vicerrector competente en materia de profesorado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.

Quinta.- Publicaciones.

A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las comunicaciones y notificaciones a las que dé lugar la presente convocatoria se efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena (https://sede.upct.es/)


Sexta.- Comisión de Contratación.

6.1. La Comisión de Contratación estará formada por los miembros que figuran en el anexo III de la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en el artículo 106 de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena y el artículo 9 del Reglamento por el que se regulan los concursos para la selección de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2021.

6.2. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo que concurra alguna causa justificada que impida la actuación como miembro. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponde a la Rectora, que tiene que resolver en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción de la renuncia.

6.3. En el caso que algún miembro de la Comisión considere que está incurso en una de las causas de abstención a que se refiere el apartado 2 del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberá abstenerse de actuar y dar traslado, mediante escrito, a la Rectora que resolverá en el plazo de tres días hábiles.

6.4. Cuando se produzca la recusación a que se refiere el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la persona recusada manifestará a la Rectora, al día hábil siguiente de la fecha de conocimiento de su recusación, si se da o no en su caso la causa alegada. En cualquier caso, la Rectora resolverá en el plazo de tres días hábiles, con las comprobaciones y los informes previos que considere oportunos. Contra esta resolución no cabe recurso, sin perjuicio de que se alegue la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento.

6.5. En los casos de abstención, de recusación o de causa justificada que impida la actuación de los miembros de la comisión titular, éstos serán sustituidos por los suplentes respectivos.

6.6. En el caso de que también en el miembro suplente concurra algunos de los supuestos de impedimento anteriormente mencionados, éste será sustituido correlativamente de entre los suplentes del mismo cuerpo y, si es necesario, se procederá a efectuar el nombramiento de nuevo titular y suplente.

Séptima.- Realización del concurso.

7.1. Los actos del concurso en los que se requiera la participación de los aspirantes se celebrarán de manera presencial y en las instalaciones de la Universidad Politécnica de Cartagena. En estos casos, deberán asistir de manera presencial el/los aspirantes, así como, al menos, el Presidente y el Secretario de la Comisión. El resto de los miembros de la Comisión podrán asistir de manera presencial o, en situaciones debidamente justificadas, a distancia.

7.2. La Universidad Politécnica de Cartagena garantizará la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y adoptará las oportunas medidas de adaptación a las necesidades de estas personas.

7.3. El español será la lengua oficial en la que se desarrollen las pruebas selectivas.

7.4. Los aspirantes, durante el proceso selectivo, serán convocados por la Comisión a los distintos actos mediante llamamiento único, que serán expuestos en los tablones de anuncios del local donde se realicen las pruebas, siendo excluidos del concurso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por la Comisión.

Octava.- Acto de constitución de la Comisión.

8.1. El acto de constitución de la Comisión exigirá la asistencia, presencial o a distancia, de la totalidad de sus miembros.

Los miembros titulares que no asistan al citado acto cesarán y serán sustituidos conforme a lo previsto en la base sexta en los apartados 6.5 y 6.6.

8.2. La Comisión deberá constituirse en el plazo máximo de tres meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Para ello, el Presidente, previa consulta al resto de los miembros de la Comisión, convocará a los miembros titulares y suplentes para proceder al acto formal de constitución de la Comisión, indicando si el acto se realizará de forma presencial o a distancia, y con señalamiento del lugar, fecha y hora de celebración de dicho acto.

8.3. La notificación del acto de constitución de la Comisión a los miembros se practicará con una antelación mínima de quince días a través de medios electrónicos.

8.4. En el acto de constitución, la Comisión aprobará y hará público un baremo aplicable al concurso, basado en criterios objetivos que garanticen la igualdad de oportunidades de los concursantes y el respeto a los principios de mérito y capacidad, de acuerdo con las características de la plaza establecidas en la convocatoria. El baremo se aprobará y se hará público en el tablón de anuncios del lugar de celebración de la reunión. Tales criterios se referirán a la adecuación de la formación académica, la experiencia docente e investigadora y la actividad laboral de los candidatos al perfil de la plaza objeto del concurso y a las necesidades de la Universidad Politécnica de Cartagena.

8.5. El baremo deberá valorar explícitamente, con puntuaciones numéricas dentro de los límites establecidos en el Anexo IV de esta convocatoria, la formación académica, la experiencia docente e investigadora, así como la actividad laboral del candidato.

De conformidad con lo establecido en el Reglamento por el que se regulan los concursos para la selección de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Politécnica de Cartagena, se considerará mérito preferente haber obtenido la evaluación positiva para la figura de Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Universidad en el área de conocimiento de la plaza, su puntuación final se obtendrá multiplicando por el factor 1,3 la puntuación alcanzada según el baremo.

Se valorará, asimismo, las capacidades del candidato para la exposición y debate ante la Comisión.

Novena. Acto de presentación de los concursantes.

9.1. El Presidente, previa consulta al resto de los miembros de la Comisión, convocará a los aspirantes admitidos al acto de presentación de los concursantes, con señalamiento del lugar, fecha y hora de celebración de dicho acto. El plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación de los concursantes no podrá exceder de dos días hábiles.

9.2. La convocatoria del acto de presentación a los aspirantes admitidos se remitirá con una antelación mínima de quince días hábiles, por medios electrónicos.

9.3. En el acto de presentación, que será público, los concursantes deberán entregar al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:

a) Currículo, según modelo que figura en el Reglamento por el que se regulan los concursos para la selección de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Politécnica de Cartagena, aprobado en Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2021, que se podrá encontrar en el Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena y en la dirección electrónica http://www.upct.es/convocatorias/actpdi/convocatorias.ph o en formato normalizado (CVN de la FECYT o similares), por quintuplicado en papel, y formato electrónico, en el que el concursante detallará los méritos aportados para la plaza.

b) Un ejemplar en formato electrónico de las publicaciones y los documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

En cualquier momento del concurso se podrá requerir a los aspirantes que aporten los documentos originales o convenientemente autentificados acreditativos de lo consignado en la documentación anteriormente mencionada.

9.4. En el acto de presentación se fijará y hará público el lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas, y los concursantes recibirán cuantas instrucciones sobre la celebración de la prueba deban comunicárseles. La prueba comenzará dentro del plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al acto de presentación. No obstante, si hubiera un único concursante, las pruebas podrán comenzar el mismo día.

9.5. El orden de actuación de los concursantes se determinará mediante sorteo y se hará público en este mismo acto de presentación.

9.6. Todos los concursantes podrán consultar la documentación presentada por los otros concursantes, con anterioridad al inicio de la prueba.

9.7. La publicidad a que hacen referencia los párrafos de este artículo se hará en el tablón de anuncios del lugar donde se realice el acto de presentación de los concursantes.

Décima. Desarrollo de la prueba.

10.1. Antes del comienzo de la prueba, cada miembro de la Comisión pondrá a disposición del Secretario de la misma un informe razonado sobre los méritos alegados por cada concursante, y su adecuación a las necesidades de la Universidad puestas de manifiesto en la convocatoria del concurso.

10.2. La prueba será pública y consistirá en la exposición oral por el concursante, en un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, de los méritos alegados. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante, durante un tiempo máximo de noventa minutos, acerca de los méritos alegados y su adecuación al perfil de la plaza.

10.3. Finalizada la prueba, y antes de su calificación, la Comisión de forma colectiva, o cada uno de sus miembros por separado, elaborarán un informe razonado sobre la valoración que le merece cada concursante.

10.4. A la vista de los informes, la Comisión procederá a una valoración de cada uno de los candidatos con asignación numérica.

10.5. Las calificaciones se publicarán en el tablón de anuncios del lugar donde se realice la prueba.


Decimoprimera. Propuesta de adjudicación.

11.1. La Comisión elevará al Vicerrector competente en materia de profesorado, una propuesta motivada, con carácter vinculante, en la que se relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para su contratación y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no proveer alguna o la totalidad de las plazas convocadas.

11.2. Esta propuesta de adjudicación deberá ir acompañada de una valoración individualizada de cada uno de los concursantes, con asignación de puntuación numérica referida al baremo aplicado y la indicación de aptitud o no aptitud para la plaza, sin que sea posible la abstención del desempeño de la tarea evaluadora por los miembros de la Comisión.

11.3. La propuesta de adjudicación se publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena.

11.4. Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de finalización de sus actuaciones, entregará a la Unidad de Recursos Humanos el expediente administrativo del concurso, incluidos los curricula, las publicaciones y los documentos y trabajos presentados por los candidatos. Esta documentación, una vez finalizado el concurso y siendo firme la resolución del mismo, les podrá ser devuelta a los concursantes si así lo solicitan. En todo caso, transcurridos tres meses desde que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa notificación de tal actuación.

11.5. Los concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por los miembros de la Comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes copias.

11.6. Los concursantes que no hayan sido nombrados para la plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes, cualquiera que sea la Universidad a la que pertenezcan las mismas.

Decimosegunda. Reclamación contra la propuesta de la Comisión.

12.1. Contra la propuesta de la Comisión, que no pone fin a la vía administrativa, los aspirantes admitidos al concurso podrán presentar reclamación ante el Vicerrector competente en materia de profesorado, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación. Admitida a trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades y plazos previstos, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución.

12.2. La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad, cuya composición y actuaciones están definidas en el artículo 101 de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena.

12.3. La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y concederá trámite de audiencia a los candidatos que hubieran participado en las mismas.

Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de tres meses, tras lo que el vicerrector competente en materia de profesorado, dictará la resolución. El transcurso del plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.

12.4. Las propuestas de la Comisión de Reclamaciones serán vinculantes para el Vicerrector competente en materia de profesorado, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa.

Decimotercera. Presentación de documentos.

13.1. Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la publicación de la propuesta de adjudicación de la Comisión sin haberse presentado ninguna o en el supuesto de reclamaciones, cuando las mismas hayan sido resueltas, se requerirá a los candidatos propuestos para la provisión de la plaza para que, en el plazo de veinte días hábiles, presenten en la Unidad de Recursos Humanos los siguientes documentos:

a) Documento Nacional de Identidad. Para los ciudadanos que no tengan nacionalidad española, la referencia a DNI/NIF debe ser entendida al documento equivalente.

b) Copia del título de doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se presentará copia de la credencial que acredite su homologación o equivalencia.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los candidatos que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

d) Declaración jurada de no estar afectado de incompatibilidad, o el ejercicio de opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o privada o percibiendo alguna pensión.

13. 2. Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, expedidos por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática. Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.

Decimocuarta. Contratación.

La contratación de los aspirantes propuestos por la Comisión será efectuada por el Vicerrector competente en materia de profesorado, de la Universidad Politécnica de Cartagena. En caso de que el candidato propuesto no presentase en el plazo previsto la documentación a que hace referencia el artículo anterior, el Vicerrector competente en mat?eria de profesorado, procederá a la contratación del siguiente candidato en el orden de valoración formulado, previo informe favorable de la Comisión.

En ningún caso, el candidato seleccionado podrá comenzar a trabajar sin estar suscrito el contrato correspondiente.

Decimoquinta.- Duración del concurso.

El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la propuesta de provisión del concurso no podrá exceder de seis meses.

Decimosexta.- Incompatibilidades.

El personal docente e investigador objeto de esta convocatoria estará sujeto a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Decimoséptima.- Referencias de género.

Todas las referencias contenidas en esta convocatoria en género masculino se entenderán realizadas también al género femenino.

Decimoctava.- Plazo de disponibilidad de la información.

Toda la información sobre este proceso selectivo estará disponible durante un plazo de cinco años en la página web de la Universidad. El plazo se empieza a contar desde la fecha de la resolución del concurso público.

Decimonovena.- Norma final.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la presente Resolución pone fin a la vía administrativa y, al amparo del artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la fecha de la notificación de la presente Resolución, o en su caso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contando desde el día siguiente de la fecha de la notificación de la presente Resolución.

En Cartagena, a 30 de octubre de 2023. El Vicerrector de Profesorado, por delegación de competencias de la Rectora, por Resolución Rectoral R-146/23, de 9 de marzo (BO?RM 15 de marzo de 2023), Luis Javier Lozano Blanco.

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5857 {"title":"Consejería de medio ambiente, universidades, investigación y mar menor - universidad politécnica de cartagena - Autoridades y personal (BORM nº 2023-261)","published_date":"2023-11-11","region":"murcia","region_text":"Región de Murcia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia","id":"5857"} murcia A-111123-6449,Autoridades y personal,BORM,BORM 2023 nº 261,Consejería de medio ambiente, universidades, investigación y mar menor - universidad politécnica de cartagena,Personal - Concursos https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/murcia/boa/2023-11-11/5857-consejeria-medio-ambiente-universidades-investigacion-mar-menor-universidad-politecnica-cartagena-autoridades-personal-borm-n-2023-261 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.