Consejería de medio ambiente, universidades, investigación y mar menor - universidad de murcia - Autoridades y personal (BORM nº 2023-261)

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

Universidad de Murcia

6447 Resolución del Rector de la Universidad de Murcia R-1559/2023 de 27 de octubre, por la que se establecen los plazos de presentación de solicitudes de homologación de cursos de formación y perfeccionamiento susceptibles de valorar en los concursos de traslados del personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) convocados por la Universidad de Murcia.

Con el fin de facilitar la gestión de los concursos de traslados del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS), las normas de provisión de puestos de trabajo aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia, en sesión de 23 de mayo de 2003, prevén en su apartado 2.º la existencia de una Comisión de Homologación y Valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento, entre cuyas funciones se encuentran:

- La homologación, que consiste en la asignación de un código identificativo que permita la inclusión del curso en el registro de cursos de formación y perfeccionamiento.

La valoración básica y específica, que consiste en asignar una puntación al correspondiente curso, de acuerdo con los criterios establecidos, así como un coeficiente que procede aplicar a dicha puntuación por razón de las áreas funcionales en que se clasifiquen los puestos de trabajo.

Asimismo, y de acuerdo con el baremo aplicable a los concursos de traslados, en estos se podrán alegar y acreditar otros méritos tales como jornadas, seminarios y similares; docencia en cursos de formación, y otras actividades formativas cuya valoración es competencia de la Comisión de Valoración de cada concurso.

En consecuencia, y con el fin de dar cumplimiento a las normas de provisión de puestos de trabajo, con arreglo a las cuales los únicos cursos de formación que se tendrán en cuenta en las convocatorias de concursos de traslados serán los homologados por la Comisión de Homologación, de acuerdo con la valoración básica y específica que esta Comisión les asigne, procede dictar resolución estableciendo los plazos para que las personas interesadas en participar en las convocatorias de concursos de traslados de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios convocados por la Universidad de Murcia puedan solicitar la homologación de sus cursos de formación y perfeccionamiento.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas al Rector de la Universidad de Murcia al amparo de lo previsto en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en el artículo 42 de los Estatutos de la Universidad de Murcia.

Resuelvo:

1.º La apertura de un plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para que las personas empleadas públicas que se hallen interesadas en participar en las convocatorias de concursos de traslados realizadas por esta Universidad procedan a la presentación de solicitudes de homologación y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento que no figuren incluidos en el Catálogo General de Cursos Homologados, que se encuentra disponible para su consulta en la siguiente dirección electrónica:

https://www.um.es/documents/2188455/16387843/Cat%C3%A1lgo+cursos+2023.pdf/852dde77-5be4-5583-9876-82adb56ef94e?t=1690371665870

2.º Las solicitudes se formularán a través del Registro Electrónico de la Universidad de Murcia, en la URL https://sede.um.es/registro2/catalogo.seam, mediante la presentación de instancia básica a la que se habrá de acompañar, debidamente cumplimentado y suscrito por la persona interesada, el modelo que se adjunta como anexo de esta resolución, que se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:

https://www.um.es/documents/2188455/16387843/14+modelo+de+solicitud-homologacion+ACCION+FORMATIVA.pdf/36540688-82f6-4901-afa1-34b32bf99b8e

3.º A la solicitud se han de acompañar todos los documentos que permitan valorar adecuadamente el curso. La solicitud podrá ser desestimada si la documentación justificativa aportada resultara insuficiente para aplicar los criterios de valoración establecidos en el apartado 2.5 de las normas de provisión de puestos de trabajo aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia en sesión de 23 de mayo de 2003.

4.º Las solicitudes de homologación presentadas con anterioridad a la publicación de la presente resolución y que conciernan a cursos o acciones de formación que no figuren incluidas en el Catálogo General de Cursos Homologados serán tenidas en cuenta por la Comisión de Homologación, que procederá a su pertinente resolución.

De conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, la presente resolución es susceptible de recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Murcia, en el plazo de un mes, o, directamente, de recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en su caso interpuesto.

Murcia, 27 de octubre de 2023. El Rector, José Luján Alcaraz.

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NPE: A-111123-6447


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