Bullas - Administración local (BORM nº 2023-253)
IV. Administración Local
Bullas
6247 | Aprobación definitiva modificación del presupuesto n.º 14/2023 mediante crédito extraordinario. |
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 14 de septiembre de 2023, sobre modificación del presupuesto n.º 14/2023, mediante crédito extraordinario, como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
342 | 61901 | Ejecución de sentencia nº 415/2023 referente a la liquidación del contrato de gestión de servicio deportivo municipal de la Rafa. Obras e instalaciones, equipamiento y mobiliario | 96.112,77 |
011 | 352 | Intereses de demora | 50.000,00 |
16210 | 22799 | Recogida de residuos sólidos | 54.000,00 |
323 | 62200 | Adecuación de espacio para comedor escolar en el CEIP Obispos García Ródenas | 15.000,00 |
323 | 21200 | Reparación mant. y conserv. Centros de enseñanza | 30.000,00 |
TOTAL | 245.112,77 |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
929 | 50000 | Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria. | 43.261,00 |
TOTAL | 43.261,00 |
Con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales
Aplicación | Descripción | Importe | |
Concepto | |||
870.00 | Remanente de tesorería para gastos generales | 201.851,77 | |
TOTAL |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Bullas, 23 de octubre de 2023. La Alcaldesa, María Dolores Muñoz Valverde.
NPE: A-021123-6247