Bullas - Administración local (BORM nº 2023-253)

IV. Administración Local

Bullas

6247 Aprobación definitiva modificación del presupuesto n.º 14/2023 mediante crédito extraordinario.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 14 de septiembre de 2023, sobre modificación del presupuesto n.º 14/2023, mediante crédito extraordinario, como sigue a continuación:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación Descripción Importe
Progr. Económica

342

61901
Ejecución de sentencia nº 415/2023 referente a la liquidación del contrato de gestión de servicio deportivo municipal de la Rafa. Obras e instalaciones, equipamiento y mobiliario
96.112,77
011 352 Intereses de demora 50.000,00
16210 22799 Recogida de residuos sólidos 54.000,00

323

62200
Adecuación de espacio para comedor escolar en el CEIP Obispos García Ródenas
15.000,00

323

21200
Reparación mant. y conserv. Centros de enseñanza
30.000,00
TOTAL 245.112,77

2.º FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:

Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos

Aplicación Descripción Importe
Progr. Económica

929

50000
Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria. 43.261,00
TOTAL 43.261,00

Con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales

Aplicación Descripción Importe
Concepto
870.00 Remanente de tesorería para gastos generales 201.851,77
TOTAL

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Bullas, 23 de octubre de 2023. La Alcaldesa, María Dolores Muñoz Valverde.

NPE: A-021123-6247


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