Consejería de política social, familias e igualdad - Otras disposiciones (BORM nº 2023-243)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Social, Familias e Igualdad

6005 Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito el 29 de noviembre de 2019, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Fortuna para la prestación del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual en situación de dependencia.

Resolución

Vista la "Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito el 29 de noviembre de 2019, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Fortuna para la prestación del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual en situación de dependencia", y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional,

Resuelvo:

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto de "Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito el 29 de noviembre de 2019, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Fortuna para la prestación del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual en situación de dependencia", suscrito por la Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Fortuna y por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en fecha 29 de septiembre de 2023 y por el Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Fortuna, en calidad de Fedatario, en fecha 2 de octubre de 2023.

Murcia, a 5 de octubre de 2023.? El Secretario General, Leopoldo Olmo Fernández-Delgado.


Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito el 29 de noviembre de 2019, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Fortuna para la prestación del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual en situación de dependencia

De una parte, la Excma. Sra. D.ª Concepción Ruiz Caballero, Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, actuando en nombre y representación de la citada Consejería, por su nombramiento mediante Decreto del Presidente n.º 33/2023, de 14 de septiembre, y en virtud de la competencia que tiene atribuida como tal por los artículos 7 y 16.2.a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y autorizada la celebración de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 de septiembre de 2023.

De otra, la Excma. Sra. D.ª Catalina Herrero López, Alcaldesa del Ayuntamiento de Fortuna, en representación de dicha entidad, con N.I.F. P3002000B, en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 15 de septiembre de 2023, asistida por D. José García Aparicio, Secretario de dicha corporación, como fedatario para la formalización de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, de conformidad con lo dispuesto por el art.3.2.i) del Real Decreto n.º 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Manifiestan

Primero: Que con fecha 29 de noviembre de 2019 se suscribe convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), y el Ayuntamiento de Fortuna, a fin de que dicha entidad local preste el servicio de centro de día a personas con discapacidad intelectual con grados III, II y I de dependencia en el centro de día sito en carretera de Archena, paraje de Machuca s/n, 30620 Fortuna.

De acuerdo con la cláusula primera del convenio, el número de plazas a convenir será de 45.

Segundo: Que en la Cláusula Undécima del citado convenio se establece lo siguiente:

"El presente convenio extenderá su vigencia desde 1 de diciembre de 2019 hasta 30 de noviembre de 2023.

De conformidad con lo dispuesto en el número 2.º del apartado h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga.

Asimismo, a propuesta del IMAS o de la Entidad Local, y previo acuerdo de las partes, se podrá modificar mediante adenda al presente convenio la tipología y el número de plazas, los importes máximos de financiación y el número y tipo de profesionales que presten el servicio, así como los demás términos del presente convenio, por cualquier situación imprevista sobrevenida.

Tanto las prórrogas como las modificaciones estarán supeditadas, en cualquier caso, a la existencia de crédito al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en cada uno de los correspondientes ejercicios de vigencia del presente convenio."

Tercero: Que a través de la correspondiente adenda de modificación, suscrita con fecha 26 de abril de 2021 se incorpora al convenio de colaboración suscrito con fecha 29 de noviembre de 2019, una nueva cláusula Tercera Bis relativa a las condiciones excepcionales de prestación del servicio y de financiación con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y se modifican cláusulas ya existentes del citado convenio, en concreto la cláusula Octava A) en su apartado 1) relativo al Importe máximo de la plaza ocupada y cláusula Octava C) Cuantía del convenio.

Que conforme a esta modificación, los importes máximos vigentes por plaza ocupada y día, cuando su titular esté recibiendo la prestación objeto de este convenio, son los siguientes:

Importe/día
Plaza ocupada por personas con grado de dependencia III, II y I 52,91
Plaza ocupada por personas con grado de dependencia III, II y I, y diagnóstico de trastorno de espectro autista 74,23
Plaza ocupada por personas con necesidades de apoyo permanente 63,34

Que en el total de plazas conveniadas, de acuerdo con la cláusula octava C), se incluyen 32 plazas ocupadas por personas con grado de dependencia III, II y I, 10 plazas para personas con necesidades de apoyo permanente y 3 plazas para personas con grado de dependencia III, II y I y diagnóstico de trastorno de espectro autista.

Cuarto: Que las circunstancias que sirvieron de base para la suscripción del citado convenio han sufrido variaciones, ya que conforme a las características de las personas usuarias del servicio en la actualidad y las que se encuentran en lista de espera, resulta necesario incrementar el número de plazas para personas con diagnóstico de espectro autista, manteniendo el mismo número de plazas conveniadas. Por ello, procede volver a valorar el crédito necesario para que la entidad local preste el servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual en situación de dependencia en el municipio de Fortuna.

Quinto: Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, artículos 5 a 8, y estando las partes conformes con la suscripción de la presente adenda

Acuerdan

Primero.- La presente adenda tiene por objeto modificar la asignación de plazas del convenio de colaboración suscrito en su día, manteniendo el número de plazas conveniadas establecido en la Cláusula Primera del citado convenio, en el sentido de incrementar en 3 el número de plazas ocupadas por personas con grado de dependencia III, II y I y diagnóstico de espectro autista y en 1 el número de plazas ocupadas por personas con necesidades de apoyo permanente, de manera que se reduce en 4 el número de plazas ocupadas por personas con grado de dependencia III, II y I, con efectos desde 1 de octubre de 2023 (salvo firma posterior) hasta 30 de noviembre de 2023.

Segundo.- En consecuencia, la presente adenda modifica el coste total máximo del convenio, establecido en la Cláusula Octava C) que ya fue objeto de modificación a través de la adenda suscrita con fecha 26 de abril de 2021, con un incremento máximo de tres mil ciento noventa y ocho con setenta y siete céntimos (3.198,77 €), según el siguiente detalle:

Ejercicio
(Período)
N.º plazas Nº días Incremento importe plaza/día Incremento coste servicio Aportación estimada personas usuarias Incremento coste anualidad
2023
(De 1/10/2023 a
30/11/2023)
1 43 10,43 € 448,49 € - 448,49 €
2023
(De 1/10/2023 a
30/11/2023)
3 43 21.32 € 2.750,28 € 2.750,28 €
Total 3.198,77 € - 3.198,77 €

La aportación económica que deba efectuar el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 51.02.00 313F.260.06, código de proyecto 41330.

Tercero.- En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen en mantenerlas vigentes en todos sus extremos.

Y en señal de plena conformidad se procede a suscribir la presente adenda por la Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Fortuna y por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en fecha 29 de septiembre de 2023 y por el Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Fortuna, en calidad de Fedatario, en fecha 2 de octubre de 2023.

Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Concepción Ruiz Caballero. Por el Ayuntamiento de Fortuna la Alcaldesa, Catalina Herrero López. En calidad de fedatario, el Secretario, José García Aparicio.

NPE: A-201023-6005


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