Tribunal superior de justicia de murcia - sala de lo social - Administración de justicia (BORM nº 2023-209)
III. Administración de Justicia
Tribunal Superior de Justicia de Murcia
Sala de lo Social
5146 | Recurso de suplicación 66/2022. |
NIG: 30030 44 4 2019 0005004
Modelo: N81291
Tipo y n.º de recurso: Recurso suplicación 66/2022
Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 553/2019 Juzgado de lo Social número Tres de Murcia
Recurrente: Umivale Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 15
Abogado: Daniel Gómez Sanchidrian
Recurridos: Óscar Leonardo Encalada Granda, Miguel Ángel Sánchez Haro, Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social
Abogados: Julia Gabardo Hernández, Letrado de la Tesorería de la Seguridad Social, Letrado de la Seguridad Social
Doña María Ángeles Arteaga García, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia,
Hago saber: Que en el procedimiento recurso suplicación 66/2022, seguido a instancia de Umivale Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 15 contra Oscar Leonardo Encalada Granda, Miguel Ángel Sánchez Haro, Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre Seguridad Social, se ha dictado Sentencia número 404/2023, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Social de este Tribunal, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:
Desestima el recurso de suplicación interpuesto por Umivale Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 15, contra la sentencia número 130/2021 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 21 de mayo de 2021, dictada en proceso número 553/2019r; confirmándose la sentencia recurrida, con imposición a la parte recurrente de las costas procesales del recurso, fijándose en 600 euros el importe de los honorarios del Letrado de la parte contraria.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Miguel Ángel Sánchez Haro, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Murcia, a 22 de agosto de 2023. La Letrada de la Administración de Justicia.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
NPE: A-090923-5146