Consejería de empresa, economía social y autónomos - Otras disposiciones (BORM nº 2023-185)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos

4904 Resolución de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera por la que se otorga a la empresa Fotovoltaica Hoyasol S.L., la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica de alta tensión de distribución denominada "instalaciones interconexión con red de distribución para evacuación de planta "FV Hoyasol"" y el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la línea aérea/subterránea de alta tensión a 20 KV y centro de seccionamiento telemandado, de conexión con la red de distribución en el término municipal de Lorca.

Visto el expediente 4E22ATE33691, en el cual constan y le son de aplicación los siguientes:

Antecedentes de hecho.

Primero: La empresa Fotovoltaica Hoyasol S.L. con C.I.F. B-42906438 y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Puente La Alberca, n.º 8 Bajo - C.P. 30800 Lorca (Murcia), presentó solicitud el 08 de diciembre de 2022, al objeto de que por esta Dirección General se otorgue la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, y el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión de distribución denominada "instalaciones interconexión con red de distribución para evacuación de planta "FV Hoyasol"", situada en el Polígono 111, parcelas 282, 284, 253, 252, 352, 9021, 354, 357, 356, 9008, 375, 470; Polígono 112, parcelas 9006, 30, 29, 28, en el término municipal de Lorca, para lo cual aportó proyecto suscrito por técnico competente, que incluye la relación concreta e individualizada de bienes y derechos de necesaria expropiación, la afección a fincas de propiedad privada derivadas de la construcción de las citadas instalaciones, y separatas técnicas de los cruces y paralelismos con los bienes afectados de diversas administraciones, organismos y empresas de servicios públicos y de interés general, con la finalidad de evacuación de energía eléctrica a la red de distribución.

Segundo: La solicitud presentada se realiza al amparo de lo dispuesto en los Títulos IV y IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los capítulos I, II, y V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que es de aplicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Orden de 25 de abril de 2001, de la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, por la que se establecen procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de tensión superior a 1 KV.

Tercero: Mediante anuncios publicados en el B.O.R.M. nº 38 de 16 de febrero de 2023, en el diario de La Verdad de 21 de febrero de 2022,? en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lorca y en el Portal de Transparencia de la Región de Murcia, ha sido sometida a información pública la solicitud durante un plazo de 30 días, en la que se incluyó la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por la servidumbre de paso, no teniéndose constancia de que se hayan presentado alegaciones por parte de los propietarios de los bienes afectados ni por otros particulares.

Cuarto: Mediante oficios de esta Dirección General de fecha 23 de enero de 2023 se remitió separata técnica del proyecto de afecciones a bienes y derechos de las siguientes administraciones, organismos y empresas de servicios públicos y de interés general, solicitando informe sobre su conformidad u oposición a la autorización solicitada: Ayuntamiento de Lorca y CHS no teniendo constancia de haber recibido respuesta por parte de dichas administraciones, organismos y empresas de servicios públicos y de interés general consultadas.

Quinto: La empresa solicitante tiene atribuidas las funciones de productor de energía eléctrica, conforme a lo establecido en el título IV de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; tiene acreditada su capacidad legal, técnica y económica-financiera para la realización del proyecto, requerida en el artículo 121 del Real Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre; y la instalación proyectada está considerada como producción, transformación y evacuación de energía eléctrica a la red de distribución.

Sexto: Con fecha 12 de julio de 2023 por el Servicio de Energía se ha emitido informe técnico favorable a la autorización solicitada, en base a que la instalación cumple con los reglamentos que le son de aplicación.

Séptimo. Con fecha 14 de julio de 2023, se ha emitido propuesta de resolución favorable del Jefe de Servicio de Energía.

A los citados antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho.

Primero: Esta Dirección General es competente en materia de energías renovables, eficiencia y certificación energética, ahorro energético, planificación y política energética, control y supervisión del cumplimiento de la legislación en materia industrial, energética y de minas en el ámbito / territorial de la Región de Murcia, de acuerdo a lo establecido en el Decreto n.º 9/2001, de 26 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, Decreto de la Presidencia n.º 2/2023, de 17 de enero, de reorganización de la Administración Regional, modificado por Decreto de la Presidencia n.º 20/2023, de 20 de enero, por el que se modifica el Decreto n.º 2/2023, de 17 de enero, de Reorganización de la Administración Regional y Decreto n.º 7/2023, de 23 de enero, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos.

Segundo: Al presente expediente le es de aplicación: la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que es de aplicación en virtud de lo dispuesto en el art. 2.1 de la Orden de 25 de abril de 2001, de la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, por la que se establecen procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de tensión superior a 1 KV; la Ley de 16 de diciembre de 1954 de expropiación forzosa; el Decreto de 24 de abril de 1957 que aprueba su Reglamento; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por R.D. 223/2008, de 15 de febrero; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23; el Decreto 47/2003 de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia; los reglamentos técnicos específicos, normas técnicas de aplicación y otras disposiciones concordantes.

Tercero: Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplido los preceptos establecidos en el Título VII del citado RD 1955/2000, que no se han presentado alegaciones durante el periodo a que ha sido sometido a información pública el expediente por parte de los propietarios afectados ni por otros particulares; que la instalación eléctrica proyectada cumple las prescripciones técnicas reglamentarias; y que además está calificada como de distribución de energía eléctrica, la cual está declarada de utilidad pública conforme a lo establecido en la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, y su finalidad es la de evacuación de energía eléctrica a la red de distribución, que está considerado como servicio de interés económico general por la citada Ley 24/2013; es por lo que se informa favorablemente la construcción de la instalación eléctrica.

Cuarto: Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, así como la propuesta formulada por el Servicio de Energía, esta Dirección General la considera conforme y emite la siguiente:

Resolución.

Primero: Otorgar a la empresa Fotovoltaica Hoyasol S.L., la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica de alta tensión de distribución denominada instalaciones interconexión con red de distribución para evacuación de planta "FV Hoyasol", situada en el término municipal de Lorca, cuya finalidad es la evacuación de energía eléctrica a la red de distribución.

Segundo: Otorgar la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica antes mencionada, cuyas características principales son las siguientes:

a) Características técnicas:

Centro de seccionamiento (cesión a compañía distribuidora).

Tipo: Exterior prefabricado compacto.

Número de centros de seccionamiento: Uno.

Tensión nominal: 20 KV.

Número de celdas por centro de seccionamiento: 4 (3 celdas de línea motorizadas y una celda de protección de SSAA) TELE.

Otras características:


Línea eléctrica Aéreo/Subterránea de conexión de la instalación a la red de distribución (cesión a la compañía distribuidora).

Tramo 1:

Tipo: Subterránea.

N.º circuitos: Uno.

Tensión de suministro: 20 KV.

Origen: Sala de Celdas de la STR "Purias".

Final: Apoyo N.º 1 (entronque A/S).

Longitud total conductor: 28 metros.

Conductor: Tipo HEPRZ1 12/20 KV 3(1x240 mm²) Al.

Longitud canalización: 9 metros.


Tramo 2:

Tipo: Aéreo.

N.º circuitos: Uno.

Tensión de suministro: 20 KV.

Origen: Apoyo N.º 1 (entronque A/S).

Final: Apoyo N.º 15 (doble entronque A/S).

Longitud total conductor: 2.104 metros.

Conductor: tipo 100-Al1/17-ST1A.

Aisladores: Composite tipo U70YB20P

Apoyos: Metálicos de celosía


Tramo 3:

Tipo: Subterránea

Nº circuitos: Uno (entrada y salida al C.S.)

Tensión de suministro: 20 KV.

Origen: Apoyo Nº15 (doble entronque A/S).

Final: Celdas de líneas del nuevo Centro de Seccionamiento (C.S.).

Longitud total conductor: 46 metros (2x23 metros).

Conductor: Tipo HEPRZ1 12/20 kV 3(1x240 mm²) Al.

Longitud canalización: 6 metros.


Tramo 4:

Tipo: Aéreo.

Nº circuitos: Uno

Tensión de suministro: 20 KV.

Origen: Apoyo N.º 15.

Final: Apoyo n.º 18 a intercalar en LAMT existente denominada L/Águilas 20 KV.

Longitud total conductor: 256 metros.

Conductor: tipo 100-Al1/17-ST1A.

Aisladores: Composite tipo U70YB20P.

Apoyos: Metálicos de celosía.


b) Finalidad de la instalación: Evacuación de energía eléctrica a la red de distribución.

c) Calificación de la instalación: Distribución de energía eléctrica (extensionamiento de red).

d) Término/s municipal/es afectado/s: Murcia.

e) Presupuesto de ejecución total de la instalación: 101.831,31 €.

f) Autor del proyecto: D. Teófilo Antonio Martín Jiménez.

Tercero: Reconocer, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión de distribución que se autoriza, a los efectos señalados en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y Capítulo V del Título VII del R.D. 1955/2000 citado, que llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectado, relacionados en el anuncio de información pública a los que se hace referencia en el antecedente sexto, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Cuarto: Esta autorización está sometida a las condiciones especiales siguientes:

1.º Las obras se ajustarán al proyecto presentado y aprobado. En caso de introducir variaciones tanto en su trazado como en las modificaciones de sus características, se deberá solicitar la autorización administrativa y aprobación de dicha modificación, presentado el correspondiente anexo al proyecto, suscrito por técnico competente, para su aprobación, con anterioridad a su ejecución.

2.º Esta autorización se concede sin perjuicio de derechos de terceros y es independiente de las autorizaciones, licencias y permisos de otras administraciones, organismos o entidades públicas necesarios para la legal realización de las obras y las instalaciones autorizadas.

3.º Las instalaciones proyectadas se ejecutarán cumpliendo las prescripciones técnicas establecidas en el vigente Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, aprobado por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, así como el vigente Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por R.D. 223/2008, de 15 de febrero, y demás disposiciones aplicables.

4.º El plazo máximo para la ejecución de las instalaciones que se autorizan será de dieciocho meses a partir de la disposición de todas las autorizaciones, licencias, permisos e informes preceptivos para su legal construcción, así como de la fecha real de ocupación de las fincas que han de ser afectadas.

5.º Los servicios técnicos de inspección de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera podrán realizar, tanto durante las obras como una vez acabadas, los comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con la verificación del cumplimiento de las prescripciones técnicas que reglamentariamente le son de aplicación.

6.º El inicio de las obras será comunicado, con carácter previo, por la empresa de producción a esta Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera, así como las incidencias más relevantes durante su ejecución.

7.º Una vez finalizada la ejecución de las obras, la empresa de producción solicitará a esta Dirección General la Autorización de Explotación y Acta de Puesta en Servicio, aportando el Certificado de Dirección Técnica facultativa, suscrito por técnico titulado competente, en modelo oficial aprobado, que acredite que la instalación ejecutada se ajusta al proyecto y anexos, en su caso, autorizados y aprobados, así como el resto de documentación que sea preceptiva según las disposiciones legales aplicables.

8.º Esta Dirección General podrá dejar sin efecto la presente autorización cuando observe el incumplimiento de alguna de las condiciones impuestas.

Quinto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que es de aplicación en virtud de lo regulado en el artículo 2.1 de la Orden de 25 de abril de 2001, de la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, por la que se establecen procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de tensión superior a 1 KV, esta Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Sexto: Notifíquese a la empresa solicitante, a las Administraciones, organismos y empresas de servicio público y de interés general que hayan informado el expediente, a los particulares con bienes y derechos afectados por la instalación autorizada, y a los interesados en el expediente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empresa, Economía Social y Autónomos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Murcia, 20 de julio de 2023. El Director General de Energía y Actividad Industrial y Minera, Horacio Sánchez Navarro.

NPE: A-110823-4904


Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
4337 {"title":"Consejería de empresa, economía social y autónomos - Otras disposiciones (BORM nº 2023-185)","published_date":"2023-08-11","region":"murcia","region_text":"Murcia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia","id":"4337"} murcia A-110823-4904,Autorizaciones/Solicitudes - Instalaciones eléctricas,BORM,BORM 2023 nº 185,Consejería de empresa, economía social y autónomos,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/murcia/boa/2023-08-11/4337-consejeria-empresa-economia-social-autonomos-otras-disposiciones-borm-n-2023-185 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.