Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca - Otras disposiciones (BORM nº 2023-176)

Resolución provisional de concesión de ayuda a las inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca

4721 Resolución provisional de concesión de ayuda a las inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios.

Vistos los expedientes de concesión de la línea de ayuda convocada mediante Orden de 15 de febrero de 2023 (BORM 40, de 18/02/2023) de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del programa de desarrollo rural de la Región de Murcia 2014-2022, regulada por la Orden de 27 de diciembre de 2022 (BORM 301, de 31/12/2022) de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes:

Primero.- Conforme al artículo 11 de las bases reguladoras de las ayudas, "El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de modo que se realizará una comparación de las Características del Solicitante y los Planes de Inversión presentados, a fin de establecer un orden de prelación entre los mismos, de acuerdo con los criterios de valoración y priorización establecidos en el Anexo I de esta Orden. Se elaborará una lista provisional con los Planes de Inversión priorizados con la puntuación obtenida de mayor a menor. [...]. En el supuesto de que dos o más solicitudes obtengan la misma puntuación, se priorizará de la siguiente manera:

a. En primer lugar, las solicitudes con mayor puntuación en la suma de los siguientes criterios:

i. Digitalización (Implantación de Industria 4.0)

ii. Eficiencia en la gestión de Residuos y/o hídrica

iii. Eficiencia en la gestión energética

iv. Valorización de subproductos de la agroindustria

b. En segundo lugar, las que alcancen mayor puntación en el global de las Características del Plan de Inversión.

c. En tercer lugar, las que alcancen mayor puntación en el global de las Características del solicitante.

d. Por último, se ordenarán por la cuantía de la ayuda elegible desde el menor importe al mayor (por tanto, se prioriza los importes de menor presupuesto)".

Segundo.- En cumplimiento del artículo 10 y siguientes de las Bases reguladoras, y tras efectuarse los controles administrativos de las solicitudes, la Jefa de Servicio de Industria y Promoción Agroalimentaria emitió informe preevaluatorio de control para la aprobación en fase de concesión del listado de expedientes para la ayuda a las inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios, presentado ante la Autoridad de Gestión del PDR, de fecha 7 de julio de 2023, con código seguro de verificación, donde se indica, en su Anexo II, los solicitantes que cumplían los requisitos y condiciones exigidos por la normativa reguladora de las ayudas para ser beneficiario de las mismas, y cuyas solicitudes debían ser sometidas a evaluación y baremación. Así mismo, en su Anexo I, ser relacionan los solicitantes no admitidos o excluidos.

Tercero.- La Comisión Evaluadora de las solicitudes, en aplicación de los criterios establecidos en el Anexo I de las bases reguladoras, ha establecido el orden de prelación de las solicitudes, incluyendo en su Anexo I la relación de solicitantes propuestos como beneficiarios, en su Anexo II la relación de solicitantes que superan la puntuación mínima pero por falta de crédito disponible no obtienen ayuda y en su Anexo III la relación de solicitantes que no alcanzan la puntuación mínima de 80 puntos.

En virtud de todo lo anterior, y en cumplimiento de lo dispuesto en Orden de 15 de febrero de 2023 (BORM 40, de 18/02/2023) de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del programa de desarrollo rural de la Región de Murcia 2014-2022, regulada por la Orden de 27 de diciembre de 2022 (BORM 301, de 31/12/2022) de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias,


Dispongo:

Primero.- Conceder las ayudas convocadas en el año 2023 para el periodo 2023-2025, a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II.

Segundo.- Relacionar el listado de las solicitudes de ayuda archivadas en el control administrativo (Anexo I) por no haber cumplido con los requerimientos necesarios establecidos en las bases reguladoras de la ayuda.

Tercero.- Relacionar el listado de las solicitudes de ayuda que superan la puntuación mínima pero por falta de crédito disponible no obtienen ayuda (Anexo III).

Cuarto.- Relacionar el listado de las solicitudes de ayuda que no alcanzan la puntuación mínima de 80 puntos (Anexo IV).

Quinto.- De conformidad con el artículo 12 de las bases reguladoras de las ayudas, se concede a los interesados trámite de audiencia, por un plazo de DIEZ días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de esta propuesta provisional, para presentar alegaciones. La presentación de las alegaciones se realizará mediante escrito dirigido al Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca mediante acceso a la sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), de acuerdo con el artículo 14.3) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual se ha habilitado el correspondiente trámite on-line mediante el procedimiento1255 (https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1255&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288). Para su cumplimentación se requerirá certificado digital o DNI electrónico.

Murcia, 28 de julio de 2023. La Directora General de Agricultura, Industria Alimentaria y Cooperativismo Agrario, María Remedios García Poveda.

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NPE: A-010823-4721


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