Consejería de educación, formación profesional y empleo - Autoridades y personal (BORM nº 2023-171)

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo

4595 Orden de 21 de julio de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se declara que han superado la fase de prácticas los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 24 de febrero de 2022, y se aprueba el expediente del proceso selectivo.

La Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de 12 de febrero de 2019, establece las bases reguladoras de los procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, excepto en los cuerpos de Catedráticos y en el Cuerpo de Inspectores de Educación; y la composición de la lista de interinidad derivada de dichos procedimientos, en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Por Orden de 24 de febrero de 2022 se convocaron procedimientos selectivos para el ingreso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros, a celebrar en el año 2022, y la elaboración de la lista de interinos para el curso 2022-2023.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la citada Orden de 12 de febrero de 2019, las comisiones de selección elevaron la propuesta de aspirantes seleccionados a la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación, que dictó Resolución de 19 de julio de 2022, declarando aprobadas dichas listas.

Por Orden de 20 de septiembre de 2022 de la Consejería de Educación, se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocados por Orden de 24 de febrero de 2022.

Con fechas 31 de mayo, 22 de junio y 26 de junio de 2023 se publican resoluciones por las que se modifica la Resolución de 19 de julio de 2022, por la que se declaran aprobadas las listas de aspirantes seleccionados de los procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Maestros convocados por orden de 24 de febrero de 2022, corregida de errores en la misma fecha.

Desarrollado todo el proceso que marcaba la referida Orden de 12 de febrero de 2019 y concluida la fase de prácticas prevista en su capítulo VI del título II, la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación, una vez comprobado que todos los aspirantes declarados aptos reúnen los requisitos generales y específicos establecidos en la convocatoria, ha elevado al Consejero de Educación Formación Profesional y Empleo las actas de evaluación y procede examinar el expediente del citado procedimiento selectivo y resolver en consecuencia.

En su virtud,

Dispongo:


Primero. Declarar aptos en la fase de prácticas por haber sido evaluados positivamente por la comisión calificadora, a los aspirantes que se relacionan en el anexo I.


Segundo.- Declarar no aptos en la realización de la fase de prácticas a los aspirantes relacionados en el anexo II, por haber sido evaluados negativamente por la comisión calificadora, perdiendo todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera de conformidad con el artículo 70.2 de la Orden de 12 de febrero de 2019.


Tercero.- Relacionar en el anexo III a aquellos aspirantes que no han finalizado la fase de prácticas por causas sobrevenidas.


Cuarto.- Relacionar en el anexo IV a los aspirantes que han resultado seleccionados con motivo de recurso, tal como queda recogido en las tres resoluciones de 31 de mayo, 22 de junio y 26 de junio de 2023 mencionadas anteriormente. Al no haber solicitado aplazamiento de la realización de la fase de prácticas, dichos aspirantes realizarán las prácticas durante el curso 2023/2024.


Quinto.- Aquellos aspirantes a los que hace mención el apartado tercero, y que no han obtenido un destino definitivo, y a los que hace mención el apartado cuarto, quedarán obligados a participar en los sucesivos concursos de traslados que se convoquen para el cuerpo para el que han sido seleccionados, hasta la obtención de un destino en centros directamente gestionados por la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El destino que pudiera corresponderles estará condicionado, en su caso, a la superación de la fase de prácticas y a su posterior nombramiento como funcionarios de carrera. Asimismo, para los aspirantes a los que hace mención el apartado tercero que ya hayan obtenido un destino definitivo, dicho destino quedará condicionado a la superación de la fase de prácticas y a su posterior nombramiento como funcionarios de carrera.


Sexto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 2 de marzo), concluida la fase de prácticas y comprobado, por la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación que todos los aspirantes declarados aptos en la misma reúnen los requisitos generales y específicos establecidos en la Orden de 12 de febrero de 2019 que regula las bases de la convocatoria, se declara aprobado el expediente del proceso selectivo.


Séptimo.- Por el Ministerio de Educación y Formación Profesional se procederá, oportunamente, al nombramiento como funcionarios de carrera del cuerpo correspondiente, con efectos de 1 de septiembre de 2023, a los aspirantes relacionados en el anexo I a la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 21 de julio de 2023. El Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo (en funciones. Art 29 de la Ley 6/2004 de 28 de diciembre del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia), Víctor Javier Marín Navarro.


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