Los alcázares - Administración local (BORM nº 2023-170)

IV. Administración Local

Los Alcázares

4592 Expediente 8908/2023. Delegación genérica de atribuciones de gestión y resolución de los asuntos en materia de Hacienda.

Por la Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución N.º 2023-2264 de fecha 27 de junio de 2023, se adoptaron los siguiente acuerdos:

Primero. Operar a favor del miembro de la Junta de Gobierno Local, D. Eufemio Pacheco Rocamora una delegación genérica de atribuciones de gestión y resolución de la materia relativa a la autorización, disposición, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago, cuando estos se acumulen en un acto administrativo, de los siguientes gastos:

Justificación de los gastos que se efectúen a través del sistema de anticipo de caja fija (fase ADOP)

Pagos a justificar (fase ADOP)

La atención urgente de ejecución de sentencias judiciales (fase ADOP)

Las amortizaciones e intereses de préstamos, así como los intereses de demora y otros gastos financieros, como las comisiones bancarias, que se entenderán aprobados junto al correspondiente acto administrativo que de soporte a la operación (fase ADOP)

Los anticipos y préstamos reintegrables al personal del Ayuntamiento (fase ADOP)

Cuotas de la Seguridad Social (fase ADOP)

Asistencias a órganos colegiados (fase ADOP)

Nóminas de los empleados públicos (fase ADOP)

Deudas con el Estado y a la Comunidad Autónoma (fase ADOP)

Liquidaciones por anuncios en boletines oficiales (fase ADOP)

Asimismo se opera, a favor del citado miembro de la Junta de Gobierno Local, una delegación genérica de atribuciones de gestión y resolución de la materia relativa a la ordenación de los pagos del resto de las obligaciones.

Segundo. La delegación genérica de competencias a favor del citado Concejal al que anteriormente se ha hecho referencia, comportará tanto la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, respecto a los asuntos relativos a las materias arriba indicadas.

Asimismo, el Concejal delegado ostentará la competencia de resolver los recursos de reposición contra los actos dictados por él.

Tercero. El ejercicio de las competencias se someterá al régimen general previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, cesando la delegación cuando así lo resuelva esta Alcaldía-Presidencia y, en todo caso, a la finalización del mandato.

Cuarto. Disponer que esta Alcaldía-Presidencia podrá avocar para sí, mediante acuerdo motivado y contra el que no cabe recurso, el conocimiento y decisión de los asuntos delegados cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Quinto. El Concejal delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía-Presidencia, a posteriori de la gestión y disposiciones que dicte y, previamente de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el Art. 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Lo que se hace público de conformidad con lo contenido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

En Los Alcázares (Murcia), 28 de junio de 2023. La Secretaria, Ana Belén Saura Sánchez. El Alcalde-Presidente, Mario Ginés Pérez Cervera.

NPE: A-250723-4592


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