Los alcázares - Administración local (BORM nº 2023-170)

IV. Administración Local

Los Alcázares

4590 Expediente 8908/2023. Delegación genérica de atribuciones en las áreas de Urbanismo e Industria.

Por la Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución N.º 2023-2250 de fecha 26 de junio de 2023, se adoptaron los siguiente acuerdos:

Primero. Operar a favor del miembro de la Junta de Gobierno Local, D.ª María Carmen Guevara Cambronero una delegación genérica de la competencia sancionadora en materia de tráfico y seguridad vial, al igual que la competencia sancionadora por infracción de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana y de las ordenanzas municipales; así como de las atribuciones de gestión y resolución de los asuntos de las áreas de Urbanismo e Industria.

Segundo. La delegación genérica de competencias a favor de la citada Concejal comportará la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros respecto a los asuntos relativos a las materias arriba indicadas; comportando así mismo, respecto de las áreas de Urbanismo e Industria tanto la facultad de dirección de las mismas como su gestión. Enunciándose a título meramente ejemplificativo, no limitativo:

Área de Urbanismo: Otorgamiento de licencias de obra mayor y menor, otorgamiento de licencias de primera y segunda ocupación, licencias de segregación y división de fincas, expedición de cédulas urbanísticas, devoluciones de fianza y cualesquiera otras atribuciones de naturaleza urbanísticas, así como la competencia sancionadora por infracción de la normativa aplicable en materia urbanística.

Área de Industria: Otorgamiento de licencias de actividad, cambios de titularidad, autorización de instalaciones temporales y cualesquiera otras atribuciones en materia de industria, así como la competencia sancionadora por infracción de la normativa aplicable en materia de protección ambiental, instalaciones temporales e industria.

Asimismo, la Concejal delegada ostentará la competencia de resolver los recursos de reposición contra los actos dictados por ella.

Tercero. El ejercicio de las competencias se someterá al régimen general previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, cesando la delegación cuando así lo resuelva esta Alcaldía-Presidencia y, en todo caso, a la finalización del mandato.

Cuarto. Disponer que esta Alcaldía-Presidencia podrá avocar para sí, mediante acuerdo motivado y contra el que no cabe recurso, el conocimiento y decisión de los asuntos delegados cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Quinto. La Concejal delegada queda obligada a informar a esta Alcaldía-Presidencia, a posteriori de la gestión y disposiciones que dicte y, previamente de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el Art. 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Lo que se hace público de conformidad con lo contenido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

En Los Alcázares (Murcia), 27 de junio de 2023. La Secretaria, Ana Belén Saura Sánchez. El Alcalde-Presidente, Mario Ginés Pérez Cervera.

NPE: A-250723-4590


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