Consejería de transparencia, participación y cooperación - Otras disposiciones (BORM nº 2023-166)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación

4475 Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación por la que se aprueba la Carta de Servicios del Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) "Maestro Sixto López Navarro" de la localidad de Fortuna.

Las Cartas de Servicios son documentos que constituyen el instrumento de la Administración Pública de la Región de Murcia y sus organismos públicos y demás entidades de derecho público, para informar a los ciudadanos sobre los servicios que tienen encomendados, los compromisos de calidad en su prestación, así como de los derechos de los ciudadanos y usuarios en relación con estos servicios.

Otra de las finalidades de las Cartas de Servicios es la de impulsar las iniciativas de mejora en los órganos directivos de la Administración Pública Regional, y controlar el grado de cumplimiento, por parte de éstos, de los compromisos de calidad en la prestación de los servicios públicos, a través de los indicadores asociados a los compromisos expresados, de forma que permita establecer mejoras en los mismos mediante las revisiones oportunas.

En la Administración Pública de la Región de Murcia, se han ido desarrollando diferentes instrumentos normativos reguladores de las Cartas de Servicios. Por un lado, la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública, en su artículo 17.2, recoge la obligación que tienen todos los órganos de las consejerías de la Administración Regional y sus Organismos Públicos, de disponer al menos, de un documento en el que expliciten sus compromisos de eficacia, eficiencia y calidad, expresados mediante la elaboración de la correspondiente Carta de Servicios.

En virtud de lo expuesto, mediante Comunicación Interior n.º 173115/2023, de fecha 04.07.2023, por el Servicio de Evaluación y Calidad Educativa de la D. G. de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación, de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, se ha remitido documentación al objeto de aprobar la Carta de Servicios del Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) "Maestro Sixto López Navarro" de la localidad de Fortuna, remitiendo documentación al efecto, que ha sido informado favorablemente por la Inspección General de Servicios, según establece la Orden de 6 de marzo de 2003 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones en relación a la implantación de las cartas de servicios en la Administración Pública de la Región de Murcia y la Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa, por la que se dictan instrucciones para la elaboración de Cartas de Servicios y Acuerdos de Nivel de Servicio en los órganos directivos de la Administración Pública de la Región de Murcia, así como para su seguimiento y control.

Por lo que respecta a su aprobación, la misma corresponde al titular de la Secretaría General de la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación, según lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto nº 3/2023, de 23 de enero, por el que se establecen los órganos directivos de la citada Consejería, en consonancia con lo establecido en el Decreto del Presidente n.º 3/2023, de 23 de enero, de reorganización de la Administración Regional.

En consecuencia, visto a su vez lo preceptuado en el artículo 6.1 de la citada Orden de 6 de marzo de 2003 de la Consejería de Economía y Hacienda y en el artículo 17 de la referida Ley 14/2013, de 26 de diciembre,

Resuelvo:

Primero.- Aprobar la Carta de Servicios del Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) "Maestro Sixto López Navarro" de la localidad de Fortuna, cuyo texto se recoge en el Anexo.

Segundo.- Quien ostente la titularidad de la Dirección del mencionado centro docente, será responsable del control ordinario y periódico del cumplimiento de los compromisos contenidos en la presente Carta de Servicios y de su evaluación y revisión periódica.

De todo ello se dará cuenta a la Secretaría General de la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación, para que por la Inspección General de Servicios, se realice la evaluación de resultados y de los métodos de control de los compromisos de calidad utilizados y recogidos en la presente Carta de Servicios, así como el establecimiento y revisión en su caso, de las medidas correctoras que correspondan.

A tal efecto, quien ostente la titularidad de la Dirección del referido centro docente, deberá remitir, en el último trimestre de cada año natural, un Informe de control y autoevaluación del último curso escolar recién terminado, a la Secretaría General de la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación, para su examen y seguimiento por la Inspección General de Servicios.

Este informe deberá referirse expresamente a:

-Diagnóstico de la prestación de los servicios realizados, con indicación de los datos utilizados que sirvan de fundamento.

-Grado de cumplimiento de los compromisos e indicadores de calidad asociados.

-Grado de satisfacción del ciudadano, quejas y sugerencias recibidas y medidas adoptadas para su resolución.

-Medidas correctoras aplicadas.

- Actualizaciones o modificaciones realizadas.

-Innovaciones y mejoras previstas.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrán presentar cuanta información y datos le sean requeridos por la Inspección General de Servicios a este respecto.

Tercero.- Ordenar la realización de los trámites necesarios para su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia así como su divulgación en la web corporativa www.carm.es, en la Red intranet de la CARM (RICA) y en el Portal de Transparencia.

Murcia 7 de julio? de 2023. El Secretario General de la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación, José David Hernández González.

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