Consejería de presidencia, turismo, cultura, juventud, deportes y portavocía - Otras disposiciones (BORM nº 2023-156)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía

4253 Contrato-programa suscrito entre la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía y la Fundación Mariano Ruiz-Funes.

Reunidos:

De una parte, el Excmo. Sr. Marcos Ortuño Soto, en representación de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía (en funciones), en virtud de su nombramiento efectuado por Decreto del Presidente número 11/2023, de 17 de enero.

De otra parte, en representación de la Fundación Mariano Ruiz-Funes, el Director de la misma don Pedro Luis Salazar Quereda, por designación del Patronato en su reunión de 21 de julio de 2016, conforme a lo previsto en el artículo 22 de los Estatutos y facultado para este acto por acuerdo de dicho órgano de 27 de diciembre de 2022.

Los comparecientes, en la representación en que intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente contrato-programa, y a tal efecto,

Manifiestan:

Primero.- La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establece en su Disposición Adicional Sexta que anualmente deberá suscribirse un contrato-programa entre cada consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los objetivos a alcanzar y los recursos que se ponen a su disposición, con expresión de indicadores que permitan medir su grado de consecución.

El artículo 14 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, faculta a la consejería competente en materia de hacienda para dictar instrucciones de obligado cumplimiento para los entes del sector público regional, en relación con los contratos-programa.

La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023, establece en su Disposición adicional trigésima octava, referente a los contratos-programa que

"Durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda".

Segundo.- La Fundación Mariano Ruiz-Funes se constituyó mediante escritura pública de 15 de abril de 1991, y se rige por la normativa estatal y regional en materia de fundaciones, sus estatutos y por las normas y disposiciones que, en interpretación y desarrollo de los mismos, establezca el Patronato. Conforme al artículo 2 de los estatutos tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

Tercero.- El contrato-programa, como herramienta que ha de guiar la actuación y la gestión de los responsables de la Fundación Mariano Ruiz-Funes y que se dirige hacia la consecución de una serie de prioridades definidas y objetivos de la misma, consta de diez cláusulas y de dos anexos, referidos a los objetivos, las obligaciones y los derechos de la Fundación Mariano Ruiz-Funes, el plan anual de actuación, y la planificación estratégica y la financiación, estableciendo también los plazos para alcanzar los objetivos y los indicadores para su evaluación.

El texto del presente contrato-programa fue aprobado por el patronato de la Fundación en su reunión celebrada el día 27 de diciembre de 2022.

En base a lo expuesto, ambas partes acuerdan las siguientes:

Cláusulas:

Primera.- Objeto del contrato-programa.

Es objeto del presente contrato-programa dar cumplimiento a la obligación legal establecida en la disposición adicional trigésima octava de La Ley 12/2022 de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023, de suscribir dicho documento entre las entidades dependientes de la Administración Pública Regional y la Consejería a la que estén adscritas.

Segunda.- Objetivos del contrato-programa y prioridades generales para el ejercicio 2022.

Los objetivos o áreas estratégicas de este contrato-programa están directamente relacionados con los recogidos en los Presupuestos de la Fundación y en el Plan de Actuación para 2023, aprobado por su Patronato en sesión de 27 de diciembre de 2022 y recogido en el anexo del citado contrato.

Tales objetivos o áreas, con sus líneas de actuación, son los que se indican a continuación:

A1.- ÁREA DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA

- REVISTA JURÍDICA DE LA REGIÓN DE MURCIA

A2.- ÁREA DE DIVULGACIÓN JURÍDICA

- CONFERENCIAS, MESAS REDONDAS, WEBINARS Y OTRAS ACTIVIDADES DIVULGATIVAS; ESPECIALMENTE, LA CONTINUACIÓN DE LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO.

A3.- ÁREA DE REDES SOCIALES y PÁGINA WEB

- FORTALECIMIENTO DE LA PRESENCIA DE LA FUNDACIÓN EN REDES SOCIALES

- ACTUALIZACIÓN Y MEJORA DEL BUSCADOR DE CRITERIOS DE PREVISIBILIDAD DE LAS DECISIONES JUDICIALES

- MANTENIMIENTO DE LA PÁGINA WEB E INCORPORACIÓN DE NUEVOS CONTENIDOS

Tercera.- Competencias de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía y fines de la Fundación Mariano Ruiz-Funes

Las competencias de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía para la formalización de este contrato-programa derivan de lo establecido en el artículo 4 Decreto del Presidente nº 2/2023, de 17 de enero, de reorganización de la Administración Regional.

La Fundación Mariano Ruiz-Funes, constituida mediante escritura pública el 15 de abril de 1991, cumple de conformidad con el artículo 6 de sus estatutos los siguientes fines:

1. La edición y publicación de la Jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la Audiencia Provincial de Murcia y de los demás Tribunales y Juzgados de la Región, así como la edición de otras publicaciones de carácter jurídico, y, entre ellas, la denominada "Revista Jurídica de la Región de Murcia".

2. El fomento del estudio del Derecho y la publicación de los trabajos relacionados con las materias jurídicas que aquella encargue o se pongan a su disposición.

No obstante, conforme a dicho precepto "El Patronato tendrá plena libertad para determinar las actividades de la Fundación, tendentes a la consecución de aquellos objetivos concretos que, a juicio de aquél y dentro del cumplimiento de sus fines, sean los más adecuados o convenientes en cada momento".

Cuarta.- Obligaciones de la Fundación Mariano Ruiz-Funes.

Son obligaciones de la Fundación Mariano Ruiz-Funes las siguientes:

a).- Conocer y estar informado de la evolución de los costes de mercado en régimen de libre competencia para la adquisición de recursos, bienes y servicios que se requieran para cumplir sus objetivos, adecuando los precios de licitación de los contratos a los más eficientes que predominen en el mercado.

b).- Llevar a cabo todas las actuaciones formales y materiales que se requieran para la adquisición de bienes, recursos y servicios necesarios para la ejecución de los Planes Anuales de Actuación y Planificación Estratégica (PAAPE), con estricta sujeción a la normativa aplicable en materia de contratación y en particular conforme a los principios de publicidad y concurrencia.

c).- Asegurarse, comprometer y reservar la financiación necesaria, de carácter limitativo, para ejecutar los planes anuales de actuación y planificación estratégica (PAAPE) correspondientes, suspendiendo la ejecución de los proyectos en curso cuando la previsión de financiación se vea interrumpida, suspendida o reducida o los costes excedan de los inicialmente calculados.

d).- La contratación de personal propio, en su caso, se realizará con observación estricta de la normativa vigente en la materia.

e).- Hacer el seguimiento de los objetivos de los Planes Anuales de Actuación y Planificación Estratégica (PAAPE), elaborar de forma veraz y fidedigna los indicadores de ejecución de objetivos y facilitarlos a la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía.

f).- Cumplir diligentemente y en el menor plazo posible, las peticiones de información y/o documentación que se reciban de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía o de la consejería competente en materia de hacienda o función pública.

g).- Actuar con total transparencia en sus relaciones con todos y con la consejería firmante, facilitando sin reservas la totalidad de la documentación, información, datos, estadísticas, cuentas y cuantos datos y documentos le sean requeridos.

h).- Desarrollar e implantar una página web corporativa del ente, en la que se publiquen, además de los contratos-programa, instrucciones de contratación, convocatorias de selección de personal de cualquier categoría y modalidad, así como las adjudicaciones de contratos, memorias y cuentas anuales y todas las actuaciones realizadas por el ente en el marco de su contrato-programa.

Las obligaciones del ente constituyen recíprocamente el marco de derechos de la consejería de adscripción.

Quinta.- Derechos de la Fundación Mariano Ruiz-Funes.

La Fundación Mariano Ruiz-Funes ostenta frente a la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía un conjunto de derechos cuyo ejercicio efectivo debe facilitar la ejecución de su objeto social. Entre otros, podemos señalar:

a).- Disponer de un interlocutor en la Consejería citada que represente un cauce abierto y permanente de consulta y aclaraciones sobre el modo de ejecutar el contrato-programa y los diferentes planes anuales de actuación y planificación estratégica del ente. El interlocutor será la Secretaría General de la Consejería de adscripción.

b).- Recibir de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes y Portavocía, en los plazos y bajo el calendario que se pueda establecer, los fondos económicos presupuestados y comprometidos para atender el cumplimiento en plazo, de las obligaciones económicas derivadas del contrato-programa y de las del ente.

c).- Ser informado y conocer las directrices fijadas por la Consejería firmante con antelación suficiente para llevarlas a cabo o incluirlas en el contrato-programa correspondiente.

d).- Ser asistido, informado y asesorado por los servicios técnicos, jurídicos, económicos e informáticos de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía en todos los proyectos en los que el ente solicite su asistencia.

e).- Tener acceso a los sistemas informáticos de soporte corporativo de la consejería de adscripción, al correo corporativo y a los sistemas y planes de formación de sus empleados.

Los derechos del ente constituyen el marco de obligaciones de la citada Consejería.

Sexta.- Recursos con que cuenta la Fundación Mariano Ruiz-Funes

a) Medios personales: carece de medios propios.

b) Medios materiales: carece de medios propios

c) Recursos económicos: la Fundación Mariano Ruiz-Funes cuenta con los recursos económicos recogidos en el Anexo II de este documento.

Séptima.- Plan anual de actuación y planificación estratégica (PAAPE).

El plan anual de actuación y planificación estratégica es el instrumento guía de la actividad operativa cotidiana de la Fundación Mariano Ruiz-Funes, se recoge de forma detallada en el anexo I, y sus áreas estratégicas (objetivos) y líneas de actuación (actividades) constan en el mismo.

Octava.- Evaluación del cumplimiento de objetivos.

Con carácter trimestral, la Fundación Mariano Ruiz-Funes remitirá a la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía un informe de evaluación relativo al cumplimiento de los objetivos contenidos en este contrato-programa, dando cuenta al Patronato en la primera reunión subsiguiente del mismo, sin perjuicio de la remisión a la Intervención General de los informes de seguimiento que resulten exigibles conforme a la legislación vigente, y en particular conforme al Decreto n.º 299/2017, de 20 de diciembre por el que se crea y regula el funcionamiento de la Central de Información de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Novena.- Financiación.

Se incluye como anexo II el cuadro de resumen de costes y financiación de las áreas incluidas en el plan anual de actuación y planificación estratégica (PAAPE), según la estructura económica de gastos e ingresos del presupuesto 2023 de la Fundación Mariano Ruiz-Funes.

Si durante la ejecución de la línea estratégica se produjese un aumento sobrevenido del coste o una minoración o paralización de los ingresos con los que se financia la misma, ésta deberá adaptarse en la forma en que proceda y sea menos gravosa o perjudicial para la finalidad de la línea a fin de restaurar el equilibrio económico, llegando incluso a su suspensión hasta que se restaure dicho equilibrio. Los objetivos e indicadores deberán adecuarse a las nuevas circunstancias.

De las circunstancias anteriores, la Fundación Mariano Ruiz-Funes debe informar a la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, debiendo adaptarse el contrato-programa, mediante una Addenda de modificación que será suscrita por las mismas partes que el contrato- programa. De igual modo se actuará cuando desaparezcan las circunstancias que motivan la suspensión o adaptación de la línea de actuación.

Cuando la iniciativa de tales modificaciones proceda de la propia Consejería de adscripción no será necesaria la emisión de informes jurídicos por parte de la Administración. No obstante, el Ente no podrá acometer nuevos proyectos o actuaciones carentes de dotación presupuestaria sin que previamente se tramite la solicitud de crédito oportuna, acompañando a la misma la propuesta de modificación del contrato-programa, antes de la solicitud de modificación del PAIF correspondiente.

Décima.- Publicidad y transparencia.

Una vez suscrito el presente contrato-programa será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Portal de la Transparencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto ambas partes firman el presente contrato-programa para el ejercicio 2023, rubricando cada uno de los folios y cada uno de sus anexos, en el lugar y fecha indicados, haciéndose constar que por parte de la Consejería firmante se procederá al registro y publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Dado en Murcia, a 27 de junio de 2023. El Consejero de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía en funciones, Marcos Ortuño Soto. El Director de la Fundación, Pedro Luis Salazar Quereda.

ANEXO I

FUNDACIÓN MARIANO RUIZ FUNES

PLAN ANUAL DE ACTUACIÓN Y PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA PARA EL EJERCICIO 2022

La actuación de la Fundación Mariano Ruiz-Funes se estructura en los siguientes objetivos o áreas estratégicas:

• A1.-Área de Investigación Jurídica

• A2.-Área de Divulgación Jurídica

• A3.-Área de Redes sociales y Página web

A1-ÁREA DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA

Dentro de éste área se desarrollarán actividades dirigidas al fomento de la investigación científica en las diversas disciplinas jurídicas. La Fundación cuenta para ello con un instrumento consolidado, la Revista Jurídica de la Región de Murcia, que ha alcanzado su número cincuenta y tres. En esta nueva etapa se mantendrá la edición electrónica de esta publicación y el refuerzo de sus contenidos con la creación de nuevas secciones.

REVISTA JURÍDICA DE LA REGIÓN DE MURCIA

La Revista Jurídica de la Región de Murcia es una publicación periódica de carácter científico-técnico editada electrónicamente. En 2023, se prevé la publicación de un nuevo número que será difundido mediante su publicación en la página web de la Fundación.

Parámetro T (Temporal): 12 meses

Parámetro V (Volumen Cuantitativo): Nº publicaciones*nº beneficiarios: 1X3000=3000

Parámetro C (Calidad): Encuestas de satisfacción. Valoración.

A2-ÁREA DE DIVULGACIÓN JURÍDICA

La segunda área estratégica responde a uno de los objetivos principales de la Fundación consistente en facilitar la comprensión por el ciudadano de cuestiones que afectan directamente a sus derechos e intereses. Dentro de ella se incluirán las diversas actividades divulgativas programadas por la Fundación en función de las demandas de la sociedad para dar a conocer los temas que la actualidad jurídica vaya generando.

Las actividades aquí encuadradas pueden ir dirigidas a un grupo determinado de beneficiarios si bien, por lo general, se tratará de actuaciones dirigidas al conjunto de la sociedad civil.

Podrán consistir en ponencias, conferencias, mesas redondas, cursos, seminarios web o cualquier otra modalidad de actividad divulgativa que resulte idónea para favorecer el conocimiento de conceptos jurídicos clave en el entorno actual, buscando especialmente la transferencia de conocimiento desde las instituciones que actúan en el mundo jurídico hacia la sociedad.

En cualquier caso, con independencia de las actividades anteriormente citadas, se continuará con la realización de programas de radio de carácter divulgativo a través de la cadena pública regional OR.

Parámetro T (Temporal): 12 meses.

Parámetro V (Volumen Cuantitativo): Nº eventos *n.º asistentes: 3X250 = 250

Parámetro C (Calidad): Encuestas de satisfacción. Valoración

A3. ÁREA DE REDES SOCIALES Y PÁGINA WEB

A3.L1. FORTALECIMIENTO DE LA PRESENCIA DE LA FUNDACIÓN EN REDES SOCIALES

Mediante esta línea se trata de aumentar la presencia de la Fundación en Facebook y Twitter para llegar a un mayor número de beneficiarios

Parámetro T (Temporal): 12 meses

Parámetro V (Volumen Cuantitativo): Nº redes* nº suscriptores: 2X150=300

Parámetro C (Calidad): Encuestas de satisfacción. Valoración

A3.L2- MANTENIMIENTO DE LA PÁGINA WEB E INCORPORACIÓN DE NUEVOS CONTENIDOS

La página web debe ser revisada de forma continua para mantenerla plenamente actualizada, por lo que se recomienda una supervisión técnica permanente que incorpore las actualizaciones exigidas por los avances de los programas y buscadores de que se sirve. Por otra parte este instrumento de difusión debe ir incorporando las noticias que genere la realidad jurídica de nuestro entorno y las actividades de la Fundación a ella dedicadas para mantener su interés.

Parámetro T (Temporal): 12 meses

Parámetro V (Volumen Cuantitativo): Nº revisiones * mes: 1X12=12

Parámetro C (Calidad): Encuestas de satisfacción. Valoración

A3.L3.- ACTUALIZACIÓN Y MEJORA DEL BUSCADOR DE CRITERIOS DE PREVISIBILIDAD DE LAS DECISIONES JUDICIALES

La propia dinámica de las resoluciones judiciales marcará el ritmo de intervención en esta línea de actuación para actualizar sus contenidos. Si bien es difícil hacer una previsión, teniendo en cuenta la existencia de diversos órdenes jurisdiccionales, podría estimarse una media de uno por mes. No obstante, es preciso añadir que pueden existir otras intervenciones orientadas no solo a la actualización sino a la revisión del propio buscador, sea para su modificación sea para su enriquecimiento incorporando nuevos contenidos, según el ritmo marcado por la comisión de seguimiento del convenio suscrito con el Tribunal Superior de Justicia en 2018, que fue prorrogado en 2021 y se encuentra actualmente en vigor.

Parámetro T (Temporal): 12 meses:

Parámetro V (Volumen Cuantitativo): Nº intervenciones* mes: 1X12=12

Parámetro C (Calidad): Encuestas de satisfacción. Valoración

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