Consejería de salud - servicio murciano de salud - Autoridades y personal (BORM nº 2023-114)

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Salud

Servicio Murciano de Salud

3101 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se declaran de difícil cobertura determinadas plazas de carácter asistencial de la Red de Salud Mental de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 bis de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.

La salud mental requiere una atención sanitaria especializada que mejore la calidad de vida de las personas que padecen enfermedades que afectan a la misma mediante su normalización e integración social. Tras la pandemia las necesidades asistenciales en esta materia se han visto incrementadas, especialmente en el colectivo infanto-juvenil en el que una atención temprana puede influir poderosamente en el bienestar inmediato y futuro de la persona.

La Red de Salud Mental de la Región de Murcia está constituida, además de por unidades de hospitalización, por diecinueve Centros de Salud Mental, distribuidos entre las nueve Áreas de Salud, que ofrecen una atención integral a las personas que padecen problemas de salud mental con servicios diferenciados que atienden, por un lado, a la población adulta y, por otro, a la población infantil y adolescente.

En los Centros de Salud Mental de Lorca y Águilas, ubicados en el Área III, las plazas de psiquiatría acumulan un déficit estructural en su provisión. Con la finalidad de facilitar la cobertura de las mismas para proporcionar a los pacientes la asistencia sanitaria requerida y la continuidad en la misma, vista la propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y el informe de la Dirección General de Recursos Humanos, tras su negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad de 29 de marzo de 2023 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud

Resuelvo:

Primero. Declarar como de difícil cobertura las plazas de la opción Psiquiatría, de la categoría de Facultativo Sanitario Especialista, de los Centros de Salud Mental de Lorca y Águilas por un período de dos años.

Esta calificación de los puestos como de difícil cobertura podrá ser revisada en cualquier momento si dejan de concurrir las circunstancias que originan este reconocimiento y podrá prorrogarse, previa comprobación de los requisitos exigibles, si se mantuvieran las condiciones que la motivan.

Segundo. La prestación de servicios en estas plazas, mientras mantengan la consideración de difícil cobertura, conllevara la aplicación de las medidas de incentivación a las que se refiere el artículo 45 ter de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, relativas a la flexibilidad horaria, a la prioridad en las actividades formativas y a la valoración adicional del tiempo trabajado en los procesos de selección y provisión y en la carrera profesional en los términos que en el citado artículo se establecen.

Tercero. De igual manera, el personal que preste servicios en estos puestos de trabajo tendrá derecho a los incentivos económicos establecidos para el desempeño de los mismos.

Cuarto. Los Centros de Salud Mental de Lorca y Águilas, a los que están adscritos los puestos, tendrán prioridad en los proyectos piloto o de investigación que puedan mejorar y facilitar las condiciones de trabajo y la prestación asistencial en los mismos.

Quinto. La presente Resolución, que será objeto de publicación en el portal sanitario Murciasalud, en la siguiente dirección https://www.murciasalud.es., entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Murcia, 26 de abril de 2023. El Director Gerente, Francisco José Ponce Lorenzo.

NPE: A-190523-3101


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