Consejo de gobierno - Otras disposiciones (BORM 2023-105)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

2800 Decreto n.º 129/2023, de 4 de mayo, por el que se aprueba la modificación de la declaración del bien de interés cultural, con categoría de Monumento, Iglesia de San Francisco de Lorca, pasando a denominarse Iglesia y Convento de San Francisco, delimitando el bien y su entorno de protección, así como la relación de bienes muebles que se consideran parte del bien de interés cultural.

El artículo 10.Uno.14 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural, histórico, arqueológico, monumental, artístico, paisajístico y científico de interés para la Región.

La iglesia de San Francisco de Lorca fue declarada Monumento Histórico-Artístico por Real Decreto 1747/1982, de 28 de mayo (BOE n.º 181, de 30 de julio 1982). Por aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración de Bien de Interés Cultural, asumida por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.

A fin de adecuar la protección del bien a las prescripciones determinadas por la citada ley, a petición de la Fundación Paso Azul de Lorca la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 6 de julio de 2021, incoó procedimiento de modificación de la declaración del bien de interés cultural, con categoría de monumento, iglesia de San Francisco de Lorca, publicada en el BORM número 168 de 23 de julio de 2021, expediente administrativo DBC 000045/2019.

En la tramitación del expediente emitió informe favorable a la pretendida modificación La Real Academia de Bellas Artes de Santa María de la Arrixaca.

De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se han cumplimentado los trámites preceptivos de información pública (BORM número 260, de 10 de noviembre de 2022) para que todas aquellas personas o entidades interesadas, durante el plazo de 20 días hábiles, pudieran formular las alegaciones que estimasen oportunas. Posteriormente se ha concedido trámite de audiencia al Ayuntamiento y a los interesados. Durante estos trámites no se ha presentado ningún escrito de alegaciones por parte de los interesados en el procedimiento.

En consecuencia, terminada la instrucción del procedimiento, la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía considera que procede modificar la declaración del bien de interés cultural, con categoría de monumento, iglesia y Convento de San Francisco, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la Ley 4/2007.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el apartado 36 del artículo 22 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en relación con el artículo 13 y 21 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia y previa deliberación de sus miembros, a propuesta del Consejero de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en su sesión del día 4 de mayo de 2023,


Dispone:

Aprobar la modificación de la declaración del bien de interés cultural, con categoría de Monumento, iglesia de San Francisco de Lorca, pasando a denominarse iglesia y convento de San Francisco, según delimitación del bien y su entorno de protección, así como la relación de bienes muebles que se consideran parte del bien de interés cultural, que constan en el anexo y documentación y planos que figuran en su expediente.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Murcia, a 4 de mayo de 2023. El Presidente, Fernando López Miras. El C?onsejero de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, Marcos Ortuño Soto.



Anexo al Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se por el que se aprueba la modificación de la declaración del bien de interés cultural, con categoría de Monumento, Iglesia de San Francisco de Lorca, estableciendo la delimitación del bien y su entorno y relación de bienes muebles vinculados con el mismo


Identificación del bien:

Denominación: Iglesia y Convento de San Francisco

NIC: 22833/2009

N.º Inventario: 24094

Tipo: Inmueble

Subtipo: Arquitectura Religiosa.

Localización: Dirección: C/ Nogalte, 1, de Lorca


El bien de interés cultural queda definido por la iglesia del convento de San Francisco (NIC 24658/2009), claustro del antiguo convento de San Francisco (NIC 24659/2009), escalera del antiguo convento de San Francisco /NIC 22835/2009), y dependencias anexas del antiguo edificio conventual. Todo ello según planos y coordenadas.

De la anterior delimitación se deriva, por tanto, la propuesta de cambio en la denominación del BIC, puesto que al considerar parte integrante del mismo las dependencias del antiguo convento, la denominación más correcta debe ser la de bien de interés cultural iglesia y convento de San Francisco de Lorca.

Relación de bienes muebles integrantes del bien de interés cultural Iglesia de San Francisco de Lorca

Se considera que se debe señalar como bienes muebles vinculados los retablos presentes en la iglesia, datados en su mayoría en los siglos XVII y XVIII, cuando la iglesia experimenta una importante intervención, elevando la nueva cubierta, agrandando el crucero y con la paulatina ejecución del importante conjunto de retablos.

De 1689 data la ejecución de la nueva Capilla Mayor, construyendo Ginés López el retablo entre 1693 y 1694.

Junto con los retablos se deben considerar bienes vinculados las imágenes escultóricas y pinturas presentes en ellos, así como aquellos elementos que específicamente se detallan vinculados a cada uno de ellos en las fichas de catalogación de cada retablo.

Entre las imágenes escultóricas se deben señalar la Inmaculada Concepción, obra de José López (1775), en el retablo mayor, la Virgen de la Paz, Virgen de los Dolores (José Capuz, 1942), Cristo Yacente (José Planes, 1945), Virgen Dolorosa (s. XIX), Virgen de las Victorias (s. XIX), Sagrado Corazón (González Moreno). Algunas de estas imágenes, aun no correspondiendo con las originales de los retablos en que se ubican, completan la lectura iconográfica original de los mismos, o bien incorporan elementos de carácter inmaterial fundamentales para entender el conjunto de la iglesia y su relación con el Paso Azul en ella establecido.

Junto a las imágenes escultóricas y retablos anteriormente referidos, se debe considerar como elemento mueble vinculado el óleo sobre lienzo Descendimiento de Cristo a los infiernos, obra de grandes dimensiones de Pedro Camacho Felices, realizada h. 1680, y ubicado en el crucero, lado del Evangelio, después de 1931.

Asimismo, otros elementos contribuyen al carácter del templo barroco, y como tales deben ser considerados bienes muebles vinculados al BIC:

- Órgano, atribuido a la escuela de Matías Salanova, h. 1740; ubicado sobre tribuna en coro alto.

- Soportes lampadarios, del s. XVIII, ubicados a los lados de la capilla mayor.

- Puertas laterales de la capilla mayor, datadas h. 1775.

Por tanto, se debe incorporar a la declaración del bien de interés cultural iglesia de San Francisco de Lorca el listado de bienes muebles derivado del inventario del Ministerio de Cultura. Dicho listado incorpora tanto bienes muebles, entendidos como tales, así como aquellos otros elementos que forman parte de retablos y estructuras arquitectónicas, susceptibles de ser separados del conjunto en el que se inscriben.


Listado de bienes muebles derivado del inventario del Ministerio de Cultura:

NIC Identif. Ayuntam. // Otros identif. Denominación
2572/2009 Codigo: 3732/00/ Cod. Minist. 3254.0 Retablo de la capilla del Corazón de Jesús
2789/2009 Codigo: 3730/00/ Cod. Minist. 3252.0 Retablo de la capilla del Ecce-Homo
2681/2009 Codigo: 3735/00/ Cod. Minist. 3255.00 Retablo de la capilla de la Virgen del Carmen
2432/2009 Codigo: 3737/00/ Cod. Minist. 3257.0 Retablo de Nuestra Señora de las Victorias
2873/2009 Codigo: 3717/00/ Cod. Minist. 3248.0.0 Retablo de la Dolorosa
3178/2009 Codigo: 3710/00/ Cod. Minist. 3247.00 Retablo de la Sangre de Cristo
2769/2009 Codigo: 3736/00/ Cod. Minist. 3256.00 Retablo de Nuestra Señora de la Soledad
2959/2009 Codigo: 3727/00/ Cod. Minist. 3251.00 Retablo mayor de San Francisco
2301/2009 Codigo: 3731/00/ Cod. Minist. 3253.0 Retablo de la Capilla de San Rafael
2542/2009 Codigo: 3740/00/ Cod. Minist. 3259.0 Retablo de la Dolorosa
3267/2009 Codigo: 3723/00/ Cod. Minist. 3250.0 Retablo de San Antonio
3090/2009 Codigo: 3722/00/ Cod. Minist. 3249.0.0 Retablo de la Virgen de la Paz
2517/2009 Código: 3727/79/
Cód. Minist. 3251.148
Inmaculada de San Francisco
3047/2009 Código: 3717/36/
Cód. Minist. 3248.1.7
Virgen de los Dolores
2872/2009 Código: 3715
Cód. Minist. 3247.9
Cristo Yacente
3155/2009 Código: 3722/20/
Cód. Minist. 3249.1.17
Virgen de la Paz
3523/2009 Código: 3716/00/
Cód. Minist. 3247.12.0
Descendimiento de Cristo a los infiernos
2413/2009 Código: 3763/
Cód. Minist. 3280
Órgano
2653/2009 Código: 3750/
Cód. Minist. 3267
Brazos lampadarios
2332/2009 Código: 3756/
Cód. Minist. 3273
Puertas laterales presbiterio



Delimitación bien de interés cultural iglesia y convento de San Francisco de Lorca.

Coordenadas UTM ETRS89 de BIC

x y

614630.97 4170338.07

614625.99 4170322.10

614616.67 4170288.97

614631.08 4170278.88

614645.89 4170276.15

614651.84 4170275.05

614656.52 4170275.75

614617.05 4170288.95

614615.28 4170281.68

614627.43 4170279.70

614627.61 4170279.65

614698.07 4170267.51

614707.12 4170287.55

614720.45 4170315.94

614701.41 4170320.49

614664.88 4170275.02

614664.70 4170269.77

614678.52 4170267.76

614695.09 4170265.92

614672.97 4170335.03

614673.01 4170335.75

614630.97 4170338.07

614702.28 4170332.78

614690.36 4170334.77

614681.81 4170335.00

614678.94 4170334.70


Delimitación entorno de protección del bien de interés cultural iglesia y convento de San Francisco de Lorca.

Respecto al entorno de protección, siguiendo lo especificado en el artículo 42.1, Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, se propone la delimitación hasta ahora contemplada en el planeamiento municipal de Lorca, y que, en líneas generales, abarca las fincas delimitadoras de todos los frentes de fachada de aquellas calles y plazas que circundan el monumento, como manera de asegurar que aquellas actuaciones a desarrollar en dicho ámbito no desvirtúen los valores propios del BIC ni afecten a su contemplación.


Coordenadas UTM ETRS89

X Y

614665.31 4170228.78

614675.47 4170231.40

614675.37 4170231.85

614676.45 4170232.16

614644.67 4170239.48

614648.87 4170239.06

614652.89 4170238.67

614663.12 4170238.73

614699.50 4170243.70

614706.90 4170245.34

614708.91 4170244.23

614712.64 4170243.90

614675.73 4170234.16

614678.72 4170234.91

614682.13 4170229.51

614691.89 4170235.33

614729.61 4170241.85

614752.99 4170231.62

614759.59 4170238.49

614766.57 4170251.84

614713.13 4170240.91

614714.38 4170240.79

614716.92 4170240.56

614716.42 4170247.74

614777.30 4170281.30

614780.04 4170280.16

614787.06 4170295.39

614792.60 4170306.84

614770.13 4170259.51

614768.12 4170260.59

614767.29 4170260.96

614769.68 4170265.97

614727.40 4170352.95

614720.22 4170356.23

614717.73 4170357.53

614717.25 4170357.79

614790.31 4170307.93

614788.20 4170308.88

614732.27 4170336.55

614735.82 4170349.11

614672.98 4170353.13

614673.05 4170353.34

614666.98 4170354.33

614667.14 4170355.58

614704.14 4170362.77

614697.38 4170357.67

614689.56 4170360.95

614686.92 4170351.89

614646.50 4170361.21

614645.85 4170361.43

614632.25 4170378.55

614662.11 4170357.07

614662.05 4170357.10

614660.41 4170356.48

614660.41 4170356.48

614614.33 4170373.79

614613.74 4170371.76

614613.06 4170369.83

614612.50 4170368.09

614632.25 4170378.55

614618.39 4170384.11

614614.48 4170374.19

614599.99 4170365.68

614595.69 4170352.09

614597.52 4170351.52

614597.11 4170350.38

614608.92 4170369.55

614608.01 4170367.26

614604.04 4170368.66

614600.47 4170369.81

614574.79 4170302.62

614573.39 4170299.92

614573.14 4170299.16

614577.50 4170297.43

614596.12 4170347.62

614589.08 4170326.87

614577.30 4170322.91

614570.33 4170304.38

614574.15 4170278.83

614574.96 4170278.68

614575.78 4170278.58

614592.87 4170270.96

614574.31 4170287.52

614571.75 4170279.59

614572.57 4170279.28

614573.36 4170279.03

614620.51 4170244.52

614619.79 4170241.73

614627.47 4170240.45

614642.05 4170239.75

614606.11 4170259.33

614603.37 4170250.08

614619.69 4170245.63

614619.53 4170244.64

Todo ello según planos adjuntos

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