Consejería de medio ambiente, mar menor, universidades e investigación - Otras disposiciones (BORM 2023-94)
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación
2518 | Orden de 10 de abril de 2023 de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, por la que se aprueba la oferta de plazas universitarias de nuevo ingreso a enseñanzas universitarias oficiales de grado de las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena para el curso 2023/2024. |
El apartado 3 del artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificado por la disposición final segunda de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que:
«Corresponde al Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria, establecer las normas básicas para la admisión de los estudiantes que soliciten ingresar en los centros universitarios, siempre con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y en todo caso de acuerdo con lo indicado en el artículo 38 y las disposiciones adicionales trigésima tercera y trigésima sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.»
El artículo 43, apartado 1, de la referida Ley Orgánica dispone que las Comunidades Autónomas efectuarán la programación de la oferta de enseñanzas de las Universidades públicas de su competencia y sus distintos centros, de acuerdo con ellas y conforme a los procedimientos que establezcan.
El Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se regula la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, tiene por objeto establecer los requisitos de acceso y la normativa básica relativa a los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, de acuerdo con los criterios establecidos en los artículos 38 y 69 y las disposiciones adicionales trigésima tercera y trigésima sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
El artículo 6 de este Real Decreto establece que el Gobierno, en virtud del artículo 44 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, previo acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria podrá, para poder cumplir las exigencias derivadas de directivas comunitarias o de convenios internacionales, o bien por motivos de interés general igualmente acordados en la Conferencia General de Política Universitaria, establecer límites máximos de admisión de estudiantes en los estudios de que se trate. Estos límites máximos de plazas afectarán al conjunto de las Universidades públicas y privadas.
Así mismo, el artículo 7.2 del mismo Real Decreto dispone que la Conferencia General de Política Universitaria velará por garantizar el derecho de los estudiantes a concurrir a distintas Universidades. A tal fin, antes del 30 de abril de cada año, la Conferencia General de Política Universitaria hará público el número máximo de plazas que para cada titulación y centro ofrecen cada una de las Universidades públicas para el siguiente curso académico. Dichas plazas serán propuestas por las Universidades y deberán contar con la aprobación previa de la Administración educativa que corresponda.
Por otra parte, el artículo 24 del Decreto n.º 4/2010, de 29 de enero, por el que se desarrolla en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, dispone que las universidades públicas de la Región de Murcia deberán proponer, antes del 30 de abril de cada año, la oferta de plazas de nuevo ingreso para cada titulación y centro universitario, que será aprobada por la Consejería competente en materia de Universidades. Igualmente, señala que las fechas para solicitar plaza en las Universidades públicas de la Región de Murcia se acordarán anualmente con las Universidades, dentro de las fechas límites que sean establecidas por la Administración estatal.
Por Decreto 108/2000, de 28 de julio, se creó la Comisión Coordinadora del Distrito Único Universitario de la Región de Murcia, encargada de la organización y coordinación del proceso de admisión de alumnos en las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Según el artículo 2 de la citada norma, correspondía a dicha Comisión Coordinadora, las funciones del proceso de admisión, definición del modelo de actuación y propuesta a la Consejería de Educación y Universidades de las normas de gestión del proceso de admisión, las fases y los modelos de solicitud.
Si bien tras la reforma operada por el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, deben entenderse superadas al menos en su mayor parte, las funciones relativas a la organización del proceso, pero no las funciones de coordinación de la citada Comisión Coordinadora prevista en el Decreto 108/2000, de 28 de julio, al amparo del artículo 3.2 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio.
La Universidad de Murcia y Politécnica de Cartagena han realizado la propuesta de plazas de nuevo ingreso a estudios de Grado para el curso 2023/2024, cuya propuesta ha sido informada por la Comisión Coordinadora del Distrito Único Universitario de la Región de Murcia, en su reunión de 23 de marzo de 2023.
En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Universidades e Investigación,
Dispongo:
Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta Orden es la aprobación de la oferta de plazas de nuevo ingreso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de la Universidad de Murcia y Politécnica de Cartagena, para el curso 2023/2024.
Artículo 2. Oferta de plazas de nuevo ingreso de la Universidad de Murcia para el curso 2023/2024.
Se aprueba la siguiente oferta de plazas de nuevo ingreso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de la Universidad de Murcia.
TITULACIÓN | CENTRO | PLAZAS |
Enseñanzas de Grado | ||
Grado en Administración y Dirección de Empresas | Facultad de Economía y Empresa | 360 |
Grado en Bellas Artes | Facultad de Bellas Artes | 100 |
Grado en Biología | Facultad de Biología | 90 |
Grado en Bioquímica | Facultad de Química | 80 |
Grado en Biotecnología | Facultad de Biología | 60* |
Grado en Ciencia e Ingeniería de Datos | Facultad de Informática | 40 |
Grado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos | Facultad de Veterinaria | 60 |
Grado en Ciencia y Tecnología Geográficas | Facultad de Letras | 40 |
Grado en Ciencias Ambientales | Facultad de Biología | 60 |
Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte | Facultad de Ciencias del Deporte | 100 |
Grado en Ciencias Políticas, Gobierno y Administración Pública | Facultad de Derecho | 60 |
Grado en Comunicación Audiovisual | Facultad de Comunicación y Documentación | 60 |
Grado en Criminología | Facultad de Derecho | 55 |
Grado en Derecho | Facultad de Derecho | 370 |
Grado en Economía | Facultad de Economía y Empresa | 140 |
Grado en Educación Infantil | Facultad de Educación | 140 |
Grado en Educación Infantil (ISEN) | ISEN Formación Universitaria | 80 |
Grado en Educación Primaria | Facultad de Educación | 280 |
Grado en Educación Primaria (ISEN) | ISEN Formación Universitaria | 100 |
Grado en Educación Social | Facultad de Educación | 140* |
Grado en Enfermería (Murcia) | Facultad de Enfermería | 180 |
Grado en Enfermería (Cartagena) | Escuela Universitaria de Enfermería de Cartagena | 50 |
Grado en Enfermería (Lorca) | Facultad de Ciencias Sociosanitarias (Lorca) | 70 |
Grado en Estudios de Comunicación y Medios/Bachelor in Communication and Media Studies | Facultad de Comunicación y Documentación | 30 |
Grado en Estudios Franceses | Facultad de Letras | 60 |
Grado en Estudios Ingleses | Facultad de Letras | 160* |
Grado en Farmacia | Facultad de Medicina | 60* |
Grado en Filología Clásica | Facultad de Letras | 60 |
Grado en Filosofía | Facultad de Filosofía | 60 |
Grado en Física | Facultad de Química | 60 |
Grado en Fisioterapia | Facultad de Medicina | 80 |
Grado en Gestión de Información y Contenidos Digitales | Facultad de Comunicación y Documentación | 60* |
Grado en Historia | Facultad de Letras | 140 |
Grado en Historia del Arte | Facultad de Letras | 80 |
Grado en Ingeniería Informática | Facultad de Informática | 240 |
Grado en Ingeniería Química | Facultad de Química | 65 |
Grado en Lengua y Literatura Españolas | Facultad de Letras | 80 |
Grado en Logopedia | Facultad de Psicología | 100 |
Grado en Marketing | Facultad de Economía y Empresa | 70 |
Grado en Matemáticas | Facultad de Matemáticas | 70* |
Grado en Medicina | Facultad de Medicina | 220 |
Grado en Nutrición Humana y Dietética (Lorca) | Facultad de Ciencias Sociosanitarias (Lorca) | 61 |
Grado en Odontología | Facultad de Medicina | 45 |
Grado en Óptica y Optometría | Facultad de Óptica y Optometría | 70 |
Grado en Pedagogía | Facultad de Educación | 80 |
Grado en Periodismo | Facultad de Comunicación y Documentación | 60 |
Grado en Psicología | Facultad de Psicología | 210* |
Grado en Publicidad y Relaciones Públicas | Facultad de Comunicación y Documentación | 60 |
Grado en Química | Facultad de Química | 65 |
Grado en Relaciones Internacionales | Facultad de Turismo | 240 |
Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos | Facultad de Ciencias del Trabajo | 210 |
Grado en Seguridad (ISEN) | ISEN Formación Universitaria | 140 |
Grado en Sociología | Facultad de Economía y Empresa | 70 |
Grado en Terapia Ocupacional | Facultad de Ciencias Sociosanitarias (Lorca) | 40* |
Grado en Trabajo Social | Facultad de Trabajo Social | 150 |
Grado en Traducción e Interpretación | Facultad de Letras | 110 |
Grado en Turismo | Facultad de Turismo | 300 |
Grado en Veterinaria | Facultad de Veterinaria | 90 |
?Enseñanzas de Dobles Grados | ||
Grado en Administración y Dirección de Empresas y Grado en Derecho | Facultad de Derecho | 90 |
Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y Grado en Nutrición Humana y Dietética | Facultad de Ciencias Sociosanitarias (Lorca) | 20 |
Grado en Criminología y Grado en Seguridad | Facultad de Derecho | 25 |
Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria | Facultad de Educación | 70 |
Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria ISEN | ISEN Formación Universitaria | 40 |
Grado en Educación Primaria y Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte | Facultad de Educación | 70 |
Grado en Matemáticas y Grado en Física | Facultad de Matemáticas | 20 |
Grado en Matemáticas y Grado en Ingeniería Informática | Facultad de Matemáticas | 40 |
Grado en Química y Grado en Ingeniería Química | Facultad de Química | 20 |
* Pendiente de modificación del título. Supera el 10% de plazas autorizadas en la Memoria de verificación.
Artículo 3. Oferta de plazas de nuevo ingreso de la Universidad Politécnica de Cartagena para el curso 2023/2024.
Se aprueba la siguiente oferta de plazas de nuevo ingreso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de la Universidad Politécnica de Cartagena.
TITULACIÓN | CENTRO | PLAZAS |
Enseñanzas de Grado | ||
Grado en Administración y Dirección de Empresas | Facultad de Ciencias de la Empresa | 160 |
Grado en Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Naval y Oceánica | 50 |
Grado en Ciencia e Ingeniería de Datos | Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación | 40 |
Grado en Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo del Producto | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 25 |
Grado en Fundamentos de Arquitectura | Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación | 75 |
Grado en Ingeniería Agroalimentaria y de Sistemas Biológicos | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica | 60 |
Grado en Ingeniería Biomédica | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 25 |
Grado en Ingeniería Civil | Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos y de Ingeniería de Minas | 45 |
Grado en Ingeniería de Edificación | Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación | 40 |
Grado en Ingeniería en Organización Industrial | Centro Universitario de la Defensa | Sin determinar* |
Grado en Ingeniería de Recursos Minerales y Energía | Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos y de Ingeniería de Minas | 45 |
Grado en Ingeniería Eléctrica | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 50 |
Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 75 |
Grado en Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación | Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación | 60 |
Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 60 |
Grado en Ingeniería Mecánica | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 100 |
Grado en Ingeniería Química Industrial | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 50 |
Grado en Ingeniería Telemática | Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación | 60 |
Grado en Turismo | Facultad de Ciencias de la Empresa | 50 |
Enseñanzas de Dobles Grados | ||
Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática y Grado en Ingeniería Biomédica. | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 15 |
Grado en Ingeniería Mecánica y Grado en Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo del Producto | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 15 |
Programa Académico de Recorrido Sucesivo **
Programa de Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos | Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos y de Ingeniería de Minas | 15 |
Programa de Ingeniero/a Industrial | Escuela Técnica Superior de Ingeniería Industrial | 20 |
(*) Las plazas ofertadas para estudiantes de nuevo ingreso en el Grado de Organización Industrial vendrán determinadas por el Real Decreto de provisión de plazas en las Fuerzas Armadas.
(**) Según la disposición adicional novena del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, que contemplan la realización de un Grado y un Máster vinculado, de manera sucesiva, como formación completa de ambos ciclos.
Disposición final única. Eficacia y publicidad.
La presente Orden producirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo a lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Murcia, 10 de abril de 2023. El Consejero de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, Juan María Vázquez Rojas.
NPE: A-250423-2518