Consejería de presidencia, turismo, cultura, juventud, deportes y portavocía - Otras disposiciones (BORM 2023-94)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía

2511 Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural por la que se declara la caducidad del procedimiento incoado para la declaración de bien inventariado a favor de las Escuelas Graduadas de Mazarrón y archivo del expediente administrativo.

Don J. S. G., con fecha de entrada en la Administración Regional 3 de febrero de 2020, solicita la incoación de procedimiento para la declaración como bien inventariado a favor de las Escuelas Graduadas de Mazarrón.

A la vista del informe del Servicio de Patrimonio Histórico, de 2 de noviembre de 2020, la Dirección General de Bienes Culturales dicta Resolución de incoación de procedimiento para la declaración de Bien Inventariado a favor de las Escuelas Graduadas de Mazarrón con fecha 10 de noviembre de 2020.

El procedimiento de declaración de bien inventariado a favor de las Escuelas Graduadas de Mazarrón se considera iniciado de forma presunta el 3 de marzo de 2020 transcurrido el plazo previsto en el artículo 29.1 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.

El artículo 29, apartado 5, de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia establece el plazo de un año para la resolución y notificación de los procedimientos de declaración como bien inventariado. Transcurrido el mismo sin haberse dictado la resolución que ponga fin al procedimiento y la notificación correspondiente se producirá la caducidad del procedimiento.

Vista la documentación que consta en el expediente DBC 000005/2020, relativo al procedimiento de declaración de bien de inventariado a favor de las Escuelas Graduadas, y pasado el plazo máximo legalmente establecido sin haberse dictado y notificado a los interesados la resolución final del procedimiento de declaración como bien inventariado, se entiende producida la caducidad del mismo.

En virtud de lo que antecede, a propuesta del Servicio de Patrimonio Histórico, y de conformidad con Decreto n.º 4/2023, de 23 de enero, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía y el artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Resuelvo:

Declarar la caducidad del procedimiento para la declaración como bien inventariado a favor de las Escuelas Graduadas de Mazarrón, y archivo del expediente administrativo DBC 000005/2020.

Que esta resolución se notifique a las personas interesadas y al Ayuntamiento afectado, y se publique en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejo de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, según lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

En Murcia, 5 de abril de 2023. El Director General de Patrimonio Cultural, Pablo Braquehais Desmonts.

NPE: A-250423-2511


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