Consejería de presidencia, turismo, cultura, juventud, deportes y portavocía - Otras disposiciones (BORM 2023-88)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía

2361 Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento de declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial, a favor de La Almadraba de La Azohía de Cartagena.

Con fecha de entrada en la Administración Regional 26 de junio de 2020, el Grupo Municipal MC Cartagena solicita la incoación de expediente para la declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial, a favor de La Almadraba de La Azohía de Cartagena, a la que adjunta la moción declaración como BIC de la Almadraba presentada al Pleno del Ayuntamiento de Cartagena de fecha 25 de junio de 2020.

Con fecha de entrada en la Administración Regional 25 de julio de 2020 se recibe escrito del Ayuntamiento de Cartagena remitiendo acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Cartagena de fecha 25 de junio de 2020 por el que se aprobó la moción del Grupo Municipal MC Cartagena.

Visto el artículo 13, apartado 2, de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, que establece que se considerará incoado el procedimiento de declaración como bien de interés cultural si transcurrido el plazo de seis meses desde la solicitud del inicio del citado procedimiento no se hubiera acordado y notificado el mismo.

Visto el informe del Servicio de Patrimonio Histórico, de 10 de marzo de 2023, favorable a la incoación del procedimiento para la clasificación como bien integrante del patrimonio cultural de la Región de Murcia con la categoría de bien de interés cultural de carácter inmaterial y en el que se justifica el sobresaliente valor cultural del bien establecidos en el artículo 2 y 3 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia.

Considerando lo que dispone el artículo 13 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto de Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia n.º 4/2023, de 23 de enero, por el que se establecen Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía,


Resuelvo:

1) Declarar expresamente iniciado el procedimiento de declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial, a favor de La Almadraba de La Azohía de Cartagena, cuya identificación y justificación figuran en el anexo de esta resolución (expediente administrativo número DBC 000011/2020), por el transcurso del plazo previsto en el apartado 2 del artículo 13 de la anteriormente mencionada Ley 4/2007.

2) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, determinar la aplicación provisional del mismo régimen de protección previsto para los bienes declarados de interés cultural al bien afectado por esta resolución de incoación.

3) Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 13.5 de la Ley 4/2007, esta resolución deberá ser notificada a los interesados, a los efectos oportunos, y publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, según lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.2 de la Ley 4/2007.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

En Murcia, a 31 de marzo de 2023. El Director General de Patrimonio Cultural, Pablo Braquehais Desmonts.

Anexo

Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento de declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial, a favor de La Almadraba de La Azohía de Cartagena

1.- Denominación y localización:

NIC: 27215/2009

Denominación/Título: La Almadraba (La Azohía)

Tipo: Inmaterial

Localización: Punta de La Azohía. La almadraba se cala en el Golfo de Mazarrón entre la Punta de la Azohía y Cabo Falcón.

Municipio: Cartagena

Entidad Local Menor: La Azohía

2.- Ámbito:

Conocimientos, tradicionales sobre actividades productivas, procesos y técnicas.

3.- Datos históricos:

La almadraba es un arte de pesca muy selectivo que hoy se encuentra casi extinguido en el Mediterráneo. Ha sido practicado desde hace más de 3000 años por íberos, fenicios, cartagineses, griegos y romanos y que ha perdurado hasta nuestros días siguiendo en funcionamiento las almadrabas del Atlántico español como las de Barbate o Zahara de los Atunes, la Almadraba de la Azohía es la última de la costa mediterránea. En la Región de Murcia existían las de Cabo Cope, Calabardina, Escombreras y Cabo de Palos.

La zona del Golfo de Mazarrón fue muy apreciada por las factorías de salazón a partir de las pesquerías fenicias que desde el siglo V a.C., se prodigaban en la costa, esta actividad se prolongó durante todo el imperio Romano.

Según los indicios, esta actividad se mantuvo, al menos parcialmente, durante la época musulmana pero tras la conquista cristiana todo cambió. La inseguridad general producida por los piratas berberiscos generó el éxodo de la población hacia el interior. Sin embargo, la pesca del atún rojo a gran escala en la almadraba hace que los pescadores de Cartagena se arriesguen a llegar todos los años a la Azohía. Para la protección de la almadraba, en el siglo XVI se levantó la torre de Santa Elena, armada con dos cañones para la defensa y situada en la punta de la Azohía, un lugar estratégico para el avistamiento y posterior destrucción de las galeotas berberiscas. Con el mismo fin, se levantaron las torres defensivas de Cabo Cope, Mazarrón y Cabo de Palos.

Al ocupar zona marítima, la almadraba precisa concesiones administrativas, que se han ido dando a lo largo del tiempo, durante la primera mitad del siglo XX, fueron varias empresas las que la explotaron hasta que en 1946 se hicieron con la concesión los Hermanos Paredes, creando la empresa Almadraba de la Azohía S.L., entre 1946 y 1970 Juan Paredes Fernández fue comprando las acciones a sus hermanos y al fallecer, la explotación la llevó su viuda Josefina Gil González para pasar desde 1980 a sus hijos Juan, Juliana y María José Paredes Gil. En 1986 se crea la sociedad Almadraba de la Azohía S.A. con la citada empresa, se ha respetado la tradición de este arte de pesca milenario. https://almadrabalaazohia.com/.

De esta forma La Almadraba de La Azohía perdura a través de los años y la tradición ha ido pasando de padres a hijos. Tres generaciones son ya las que la familia Paredes lleva al servicio de una de las artes de pesca más antiguas incluyendo su manipulación, envase y comercialización, siendo la única que tiene también una lonja de primera venta para la subasta de la pesca del día.

4.- Descripción:

La de la Azohía es una almadraba de derecho, aunque en realidad por su tamaño es una almadrabeta en la que se pescan bonitos, albacoretas, melvas y lechas. Trabajan a diario de febrero a julio 14 pescadores en 8 barcos de diferente tamaño. Salen desde el muelle de La Azohía para dirigirse a la almadraba que se encuentra calada durante el período de captura.

El arte de la almadraba consiste en un laberinto o cerco de redes de gran tamaño con forma rectangular y con un trozo de red auxiliar que une el cuerpo de la almadraba con la costa, que se dispone perpendicularmente a la misma y que recibe el nombre de rabera de tierra. Con las mismas características que la anterior encontramos la rabera de fuera, que se encuentra en la parte exterior del cuerpo de la almadraba. En los extremos de la rabera de fuera existen redes especiales supletorias denominadas legítimas que sirven para forzar a los peces a cambiar su rumbo y de esta forma introducirse entre las redes.

A ambos lados de las raberas se encuentra el cuerpo de la almadraba que está constituido por una abertura principal de forma triangular y dispuesta en cuña denominada boca, que permite la entrada de los peces pero no su salida. La cámara en la que entran se llama cuadro hasta llegar al copo que es la única en la que hay una red en el fondo del mar llamada jarcia, que es la que permite que cuando el pescado es aglomerado por los barcos, se levanta para su recogida, de esta forma, cuando se avista que ha entrado un gran número de peces en el copo se lleva a cabo la pesca o levantada con ayuda de varias embarcaciones denominadas: la testa, el batell y las de acopejar (recoger el pescado del copo).

La testa se coloca al final del copo, el batell, que es donde va el capitán de la almadraba y el que ejecuta las órdenes, se coloca a la altura del mojarcio, un cable que separa el cuadro del copo, y las restantes a los lados.

En el copo esperan barcos, pescadores y buzos, que izan las jarcias con sus propias manos durante la levantada. El pescado se manipula con cuidado, evitando los golpes. En el cortometraje titulado "Los Almadrabos" de Pablo Almansa y producido por Columbares, se puede visualizar este arte de pesca al tiempo que se pone en valor la actividad de los almadrabos, se trata del primer corto documental que se hace de la última almadraba que atesora el Mediterráneo español. El corto fue financiado por GALPEMUR (Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia) https://www.youtube.com/watch?v=R-tDoL0TIHM

ELEMENTOS DE LA ALMADRABA Y ESPACIO TEMPORAL.

Lo más importante de la estructura de la almadraba son sus elementos: anclas y anclotes de gran tamaño, flotadores, boyas, cadenas y cables. Gracias a todos estos elementos se mantiene en posición una red de tan grandes dimensiones.

Las labores de tierra, según el gerente Juan Paredes, consisten en amontonar en el muelle la estructura superficial de las redes y comenzar con su montaje. El comienzo es lo más laborioso para ellos, ya que durante desde febrero y durante un mes y medio tienen que montar al completo la estructura que cada año es desarmada al finalizar la temporada de pesca, aproximadamente en agosto, la estructura está formada por muchos metros de rollos de cables de acero que pesan aproximadamente ochenta kilos, boyas, redes de pesca de 200 metros de longitud y las anclas.

Los cables, las redes y las boyas se tienen que extender en el muelle y los alrededores, allí se unen, las boyas pueden llegar a ser casi 200 y los cables abarcan casi mil kilómetros también se reparan las roturas de las redes. Para mantener las redes en posición vertical, recordemos que son de grandes dimensiones, las cadenas, cables, boyas, anclas, anclotes etc deben estar en perfecto estado.

La operación de calado de la almadraba se produce el primer lunes de febrero y tarda en montarse entre 30 o 40 días. En ella colaboran mas de 15 personas, montar la estructura es tal vez el trabajo mas duro de toda la actividad de la almadraba. Primero se colocan las anclas y las boyas transportadas con grandes barcazas, seguidamente los cables principales y, por último, las redes que cierran el área de la almadraba. El calamento se realiza entre finales de marzo y primeros de abril. La temporada de pesca es de mayo a julio aproximadamente.

Una vez finalizada la temporada de pesca, se retira toda la estructura y se cubren de alquitrán las redes y los cables. De igual manera, las anclas y anclotes (impregnadas de numerosos organismos epifitos) se colocan en tierra junto al muelle de la Azohía.

En general, las almadrabas tienen dos variedades de pesca: la denominada, pesca de paso o de ida, cuando el pescado no ha desovado (que es la que se utiliza en la Azohía); y la pesca de retorno o de vuelta, cuando el pescado ha desovado.

Las redes tienen aperturas de gran tamaño, con el fin de que no queden atrapados peces pequeños, en todo caso, si al levantar la red, se encuentra algún pez que está protegido o no sea comercializable, hecho que se ha dado en numerosas ocasiones, es liberado.

Tras la captura, el proceso de selección y envasado se lleva a cabo manualmente en el mismo barco, como se hacía antaño. Algunas de las especies más frecuentes en la zona son el atún rojo, el bonito, la melva, la albacoreta y la caballa, que son depositados en cajas de madera y transportados a la lonja, donde se cubren de nieve para que se conserven perfectamente.

https://almadrabalaazohia.com/?p=4554

PARTES INTEGRANTES

- Muelle de la Azohía

Construido para depositar los materiales y las piezas de los cañones que se encuentran en la batería de Castillitos cuya construcción fue aprobada en 1926 en el programa de dotación de un cinturón defensivo para el puerto de Cartagena durante la dictadura de Primo de Rivera. Para su transporte fue necesaria la presencia de la Grúa Sansón auxiliada por el Remolcador «El Gaditano».

- Anclas para mantener las redes de la almadraba.

JUSTIFICACIÓN

Según el Plan nacional Patrimonio Inmaterial, del Ministerio de Cultura, en la valoración del citado patrimonio cultural se considerarán los criterios que le hagan merecedores de procurar su salvaguarda y la Almadraba de la Azohía cumple con los siguientes:

- Protagonismo ineludible de la comunidad.

- Continuidad de la manifestación a lo largo de los siglos.

- Es una actividad laboral específica que se transmite de generación en generación.

- Las labores propias se organizan tradicionalmente y los participantes en este tipo de pesca tradicional.

- La comunidad protagonista se siente altamente implicada y reconoce la importancia de la actividad.

- La pesca de la almadraba tiene un marco espacial propio, de gran importancia medio ambiental e interés paisajístico que se demuestra por las numerosas figuras de protección que posee tanto en la zona marítima como terrestre.

María Pía Timón Tiemblo y Antonio Muñoz Carrión (2021) en Memoria e identidad de las comunidades portadoras en el desarrollo de buenas prácticas de salvaguardia del PCI, expone que "Las manifestaciones culturales inmateriales están estrechamente vinculadas con los sujetos portadores. La propia definición que se hace de patrimonio cultural inmaterial (PCI) en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco (2003) incluye como premisa para que pueda ser considerado como tal, que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, es decir sus portadores, reconozcan estas manifestaciones como parte integrante de su patrimonio cultural, lo que le otorga esa fuerte dimensión identitaria. Esta nueva concepción, aceptada internacionalmente desde hace casi dos décadas, coloca a los que hacen posible este tipo de patrimonio vivo del lado de los sujetos activos de su producción.

Estas comunidades van a ser las que mantengan, transmitan, reconozcan, valoren y salvaguarden dichas manifestaciones como titulares y transmisoras de las mismas. De ellas ha dependido y dependerá el cambio o la permanencia en el tiempo de estas prácticas. De ahí que el patrimonio cultural inmaterial además de vincularse, al igual que el resto de los patrimonios, con los bienes muebles, inmuebles y conocimientos, se encuentre estrechamente unido, además de con la dimensión identitaria, con la emocional de los sujetos portadores, así como con la voluntad colectiva de permanecer en el tiempo.

Los almadrabos de la Azohía, recrean, mantienen y son portadores del saber milenario que este tipo de pesca conlleva y lo transmiten de generación en generación. De hecho en la actualidad en esta actividad trabajan tanto mujeres como hombres. Los pescadores y el resto del equipo de la almadraba son personas que se han formado específicamente en este arte de pesca trabajando en él ya que es una actividad sumamente especializada. Con la normativa específica para poder faenar, tanto los barcos como la tripulación cuentan con las licencias y las titulaciones que se exigen para este tipo de actividad.

MEDIDAS DE SALVAGUARDA.

La zona donde se implanta la almadraba, está incluida en el BOE Núm. 216 de 8 de septiembre de 2017 el Ministerio De Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente aparece la Orden APM/844/2017, de 28 de agosto, por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso, y se definen su delimitación, zonas y usos.

En la actualidad, La Almadraba de la Azohía no tiene dificultades de perpetuación y transmisión, pero es importante que los conocimientos que atesoran los almadrabos, sean transmitidos a generaciones futuras mediante nuevas incorporaciones de personas interesadas en el oficio.

Es importante cualificar la profesión pesquera con el fin de que continúe la tradición. Las tasas que se cobran para la puesta de la red, deberían ser rebajadas con el fin de incentivar este arte de pesca.

Es necesaria la transmisión y difusión de los conocimientos del arte, entre las comunidades, asociaciones, organizaciones e instituciones, así mismo se deben dar a conocer las acciones y actividades desarrolladas o previstas, vinculadas con el bien.

La monitorización del estado del bien y de sus valores culturales, así como la comunicación de las situaciones de riesgo o de las amenazas a que pueda verse sometido.

A aquellas personas que no tengan la titulación pero ostenten el conocimiento del arte de la pesca de la almadraba, dentro del Plan Nacional de Patrimonio Inmaterial se ha propuesto el reconocimiento como maestros y maestras del bien protegido.

Recuperación de conocimientos, embarcaciones tradicionales y bienes materiales ligados a la historia de la Almadraba de la Azohía.

AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-180423-2361


Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
1827 {"title":"Consejería de presidencia, turismo, cultura, juventud, deportes y portavocía - Otras disposiciones (BORM 2023-88)","published_date":"2023-04-18","region":"murcia","region_text":"Murcia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia","id":"1827"} murcia A-180423-2361,BORM,BORM 2023 nº 88,Consejería de presidencia, turismo, cultura, juventud, deportes y portavocía,Declaración de Bien,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/murcia/boa/2023-04-18/1827-consejeria-presidencia-turismo-cultura-juventud-deportes-portavocia-otras-disposiciones-borm-2023-88 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.