Consejería de empresa, economía social y autónomos - Otras disposiciones (BORM 2023-76)
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos
2053 | Extracto de la Orden de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos por la que se convocan subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas del sector comercio minorista para luchar contra la inflación. |
BDNS (Identif.): 685487
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/685487)
Primero. Beneficiarios
Personas trabajadoras autónomas adscritas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), pertenecientes al sector del comercio minorista, que hayan experimentado una caída de rendimientos netos entre los ejercicios 2022 y 2021, y con domicilio fiscal en la Región de Murcia.
Segundo. Objeto
Apoyar a las personas trabajadoras autónomas que desarrollan su actividad en el sector del comercio al por menor y que se han visto afectadas por las consecuencias económicas de la inflación, para el mantenimiento de su actividad.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 27 de marzo de 2023 del titular de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas de la Región de Murcia para luchar contra la inflación. (Suplemento n.º 7 del BORM n.º 71, de 27/03/2023).
Cuarto. Cuantía
El crédito disponible inicial es de 5.000.000,00 euros. La ayuda consistirá en una prestación económica única de 600,00 euros por solicitud.
Quinto. Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día de publicación del extracto de la convocatoria.
Sexto. Otros datos
El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones será el de concurrencia competitiva, hasta el límite del crédito presupuestario establecido en la convocatoria.
La ordenación de las solicitudes se realizará en función de los mayores porcentajes de caídas de rendimientos netos obtenidos durante el ejercicio 2022 en relación con el ejercicio 2021 conforme a las declaraciones responsables realizadas por los solicitantes, siempre que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la presente orden y en las bases reguladoras de la subvención.
Cuando dos solicitudes aleguen los mismos porcentajes de caída de rendimientos netos entre los ejercicios 2022 y 2021, éstas se ordenarán para su resolución por riguroso orden de entrada de la última documentación que complete cada expediente, y se atenderán por dicho orden en tanto no se hayan agotado las disponibilidades presupuestarias existentes.
Murcia, 30 de marzo de 2023. La Consejera de Empresa, Economía Social y Autónomos, María Valle Miguélez Santiago.
NPE: A-010423-2053