Consejo de gobierno - Otras disposiciones (BORM 2023-73)
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejo de Gobierno
1941 | Decreto n.º 77/2023, de 23 de marzo, de modificación del Decreto n.º 239/2021, de 18 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Librilla, para la concesión directa de una subvención para la ejecución de obras de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio. |
El Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 20 de noviembre de 2021 (BORM n.º 269), publicó el Decreto n.º 239/2021, de 18 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Librilla para la ejecución de obras de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio.
Mediante el Convenio suscrito en fecha 14 de diciembre de 2021, se formalizó la concesión de la mencionada subvención.
El artículo 1 del Decreto n.º 239/2021, de 18 de noviembre, establece que la subvención va destinada para ejecutar actuaciones de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio.
El Ayuntamiento de Librilla solicita la ampliación del plazo de ejecución de las obras y de justificación de la subvención, alegando que no ha podido finalizar hasta la fecha la redacción del proyecto de las obras subvencionadas, ni remitirlo a la Dirección General de Carreteras para su informe de acuerdo con lo exigido en la cláusula cuarta del referido Convenio, dado que no cuenta con personal en plantilla competente para la redacción de este tipo de proyectos, teniendo que proceder a la contratación de estos trabajos con profesionales externos, con la consiguiente demora en plazos de entrega.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Fomento e Infraestructuras, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de marzo de 2023,
Dispongo:
Artículo único. La modificación del apartado 2 del artículo 8 del citado Decreto n.º 239/2021, que queda redactado así:
2.- El plazo máximo de ejecución de las obras y justificación de la subvención se extenderá hasta el 23 de noviembre de 2023.
Disposición final única.- Eficacia y publicidad.
El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".
Dado en Murcia, a 23 de marzo de 2023. El Presidente, Fernando López Miras. El Consejero de Fomento e Infraestructuras, José Ramón Díez de Revenga Albacete.
NPE: A-290323-1942