Mula - Administración local (BORM 2023-72)

IV. Administración Local

Mula

1913 Aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan Parcial El Arreaque de Mula.

El Pleno de la corporación, en sesión ordinaria celebrada día 1 de marzo de 2023, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación definitiva de modificación puntual Plan Parcial El Arreaque de Mula, que a continuación se transcribe

Visto que se ha emitido informe, de 14 de febrero de este año, por el Ingeniero de Caminos municipal, en relación a la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial El Arreaque de Mula, relativa entre otros aspectos a la eliminación de determinadas manzanas para agruparlas en una manzana de superficie netamente superior, eliminación de viales y desviación de servicios sin que se aumente edificabilidad.

Visto que el informe del Técnico municipal es favorable a la aprobación definitiva, una vez que el Pleno de la Corporación aprobó inicialmente la Modificación con fecha 23 de diciembre de 2021, se sometió a información pública y la Dirección General de Territorio y Vivienda de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia emitió informe favorable con fecha 1 de julio de 2022.

Visto que el informe del Ingeni?ero de Caminos municipal define el contenido de la modificación.

Visto el texto normativo, que indica:

NORMA URBANÍSTICA MODIFICADA PROPUESTA

a) Ordenanzas Reguladoras

El documento de Ordenanzas Reguladores del Parcial Industrial Ctra. de Yéchar "El Arreaque" aprobado, que tiene por objeto la reglamentación de la edificación y usos del suelo en el ámbito del Plan Parcial, No se modifica, por lo que permanece vigente.

La única salvedad es el cuadro de parcelaciones aparece la nueva parcela Mnz- 15(b) y desaparece la Mnz-16 y Mnz-18.

El texto en la Ordenanza reguladora quedaría:

"Apartado 4.2.3. Parcelaciones

El Plan Parcial establece una parcelación básica, grafiada en el plano correspondiente, que desglosa las distintas unidades completas de edificación o grupos.

Se recogen en el siguiente cuadro:

MANZANA SUPERFICIE PARCELA TIPO
1 8.784 m² B
2 10.280 m² B
3 14.238 m² C
4 20.180 m² C
5 24.220 m² C
6 32.300 m² C
7 20.180 m² C
8 24.220 m² C
MANZANA SUPERFICIE PARCELA TIPO
9 31.052 m² C/D
10 8.768 m² B
11 20.180 m² C
12 24.220 m² C
13 27.301 m² C/D
14 20.180 m² C
15 (b) 89.217 m² D
17 7.498 m² A
19 12.293 m² B
20 3.656 m² B
21 17.456 m² B
22 15.064 m² B
23-a 4.680 m² B
23-b 4.552 m² D

Solamente podrán realizarse parcelaciones que cumplan con su ordenanza correspondiente".

En cuanto a la Norma Urbanística de Edificación, a la parcela Mnz-15(b) propuesta le es de aplicación la misma que a la Mnz-15 modificada, esto es, la correspondiente a la Tipo D "INDUSTRIAL AISLADA EXTENSIVA", que a continuación se reproduce:

Tipo D.- INDUSTRIAL EXTENSIVA. Edificación Abierta y Aislada.

ORDENACIÓN Edificación de tipo industrial abierta y aislada.
Alineaciones y rasantes de linderos de calle señaladas en planos.
VOLUMEN Limitación de altura y ocupación de parcela.
Altura total máx. 1 planta/9 m. Se permite entreplanta del 15% de superficie de parcela
Parcela mínima 4000 m²
Ocupación máxima 58% en parcela 9-8; 60% en parcela 16-4; 63% en parcela 9-7; 64% en parcela 9-5 y 9-6; 65% en manzana 15 y parcela 13-6 (de superficie de parcela)
Edificabilidad máx. 0,73 m²/m² en parcela 9-8; 0,75 m²/m² en parcela 16-4; 0,78 m²/m² en parcela 9-7; 0,79 m²/m² en parcelas 9-5 y 9-6; 0,80 m²/m² en manzana 15 y parcela 13-6 (de superficie de parcela)
Retranqueos 7 m. a fachadas y 5 m. a resto de linderos.
Vuelos Libre. La separación a linderos se medirá desde línea de vuelos.
USOS
Uso preferente Industrial y comercial en todas sus categorías.
Usos tolerados Residencia. Máximo 1 viv/parcela.
Se permitirán ciertas Industrias especialmente contaminantes (áridos, mármoles, productos químicos, cementeras, fabricación de hormigón, etc.) siempre y cuando las medidas anticontaminantes que se les exijan por los servicios técnicos municipales y los organismos competentes de la Comunidad Autónoma, no se sobrepase el 10% de las industrias asentadas en el sector y se localicen en áreas especialmente ocultas y fuera de los vientos reinantes.
Usos prohibidos Actividades relacionadas con la ganadería comprendidas en los epígrafes del 1 al 9 del Anexo II de la Ley de Protección de Medioambiente de la Región de Murcia 1/1995.
ESTÉTICA Tratamiento adecuado de fachadas.

Por todo lo expuesto, el Pleno con el voto favorable por unanimidad de sus miembros, acuerda:

1.º- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial El Arreaque de Mula, relativa a los aspectos consignados en los informes indicados, en los términos recogidos en el informe del Ingeniero de Caminos municipal de 14 de febrero de 2023, asimismo recogidos en el Antecedente Tercero de este informe

2.º- Remitir el expediente completo a la Dirección General de Territorio y Vivienda de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia para su archivo.

3.º- Publicar en el BORM y notificar el presente acuerdo a Hida Alimentación, S.A.

Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BORM, ante el mismo órgano que lo dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BORM, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Mula, 15 de marzo de 2023. El Alcalde-Presidente, Juan Jesús Moreno García.

NPE: A-280323-1913


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