San pedro del pinatar - Administración local (BORM 2023-69)

IV. Administración Local

San Pedro del Pinatar

1843 Exposición pública del padrón de tasas por la ocupación de la vía pública por mercadillo semanal del segundo trimestre de 2023.

La Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar,

Hace saber, Que el padrón de la tasa por la Ocupación de la vía pública por mercadillo semanal segundo trimestre de 2023, ha sido aprobado en la JGL del 9 de marzo de 2023.

Que el mismo estará a disposición de los interesados por plazo de un mes a contar desde el día en que se inicie el periodo voluntario de pago, en el Negociado de Gestión Tributaria, mediante atención personalizada, debiendo los interesados acreditar tal condición, a efectos de facilitarles el acceso a la información correspondiente, por tratarse de datos protegidos de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal.

Contra los mismos, los interesados podrán interponer el recurso de reposición regulado en los artículos 108 de la Ley 7/85, de 28 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante la Alcaldesa en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública.

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de sus deudas, en periodo voluntario, durante los días hábiles comprendidos entre:

Del 23 de marzo al 25 de mayo de 2023, ambos inclusive.

Los contribuyentes podrán realizar el pago en las Entidades colaboradoras indicadas en el documento de ingreso.

Los obligados al pago podrán domiciliar las deudas a las que se refiere este anuncio en cuentas abiertas en entidades de crédito. Para ello deberán presentar la solicitud de domiciliación en el registro general del Excmo. Ayuntamiento dirigido al Negociado de Gestión Tributaria.

Expedición de duplicados: Podrán solicitar un duplicado del documento, en caso de no haberlo recibido en Gestión Tributaria o en la página web del Excmo. Ayuntamiento: Trámites: Recibos-Gestión de Tributos Municipales o mediante correo electrónico adjuntando copia del DNI a la siguiente dirección rentas@sanpedrodelpinatar.es.

Transcurrido el periodo indicado se iniciará el periodo ejecutivo, procediéndose al cobro de las cuotas no satisfechas con los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley General Tributaria, intereses de demora y las costas del procedimiento, con los efectos señalados en el artículo 161 de la citada Ley.

La publicación de este edicto surtirá los efectos de la publicación colectiva conforme al artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y artículo 24 del RD 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.

San Pedro del Pinatar, 9 de marzo de 2023. La Alcaldesa, Visitación Martínez Martínez.

NPE: A-240323-1843


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