Cieza - Administración local (BORM 2023-60)
IV. Administración Local
Cieza
1523 | Plan Municipal de Inspección Tributaria de Cieza 2023. |
Mediante Resolución del concejal de Hacienda de fecha 13/02/2023 se acordó la aprobación del Plan de Inspección Tributaria para el ejercicio 2023.
El Plan de Inspección Tributaria es el instrumento básico de planificación, en el que se realiza la previsión cuantitativa y cualitativa de las actuaciones que en el ámbito del control tributario va a realizar la Inspección Tributaria durante el año.
El artículo 116 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que "La Administración Tributaria elaborará anualmente un plan de control tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen".
A su vez, el artículo 170.7 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, establece que "Los planes de inspección, los medios informáticos de tratamiento de información y los demás sistemas de selección de los obligados tributarios que vayan a ser objeto de actuaciones inspectoras tendrán carácter reservado, no serán objeto de publicidad o de comunicación ni se pondrán de manifiesto a los obligados tributarios ni a órganos ajenos a la aplicación de los tributos".
En cumplimiento del citado artículo 116 de la Ley General Tributaria y, con los límites establecidos en su Reglamento de desarrollo, se procede a hacer públicos los criterios generales que informan el Plan de Inspección Tributaria de Cieza para el ejercicio 2023.
CRITERIOS GENERALES DEL PLAN DE INSPECCIÓN TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE CIEZA PARA EL EJERCICIO 2023
Primero.- La Inspección Tributaria Municipal tiene encomendada la función de comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos o demás obligados tributarios con el fin de verificar el exacto cumplimiento de sus obligaciones y deberes tributarios con el ayuntamiento, procediendo, en su caso, a la regularización correspondiente.
Segundo.- El objetivo general de la inspección tributaria es incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos de todos los tributos municipales.
En consecuencia, el presente Plan de Inspección tiene como objetivo comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos de los tributos municipales, siendo de atención preferente los siguientes tributos: tasa por servicio de recogida de basuras, tasa que corresponda devengar por entrada y salida de vehículos a través de la vía pública, tasa por utilización privativa del dominio público con mesas y sillas, impuesto de construcciones, instalaciones y obras, tasa por utilización privativa del dominio público con voladizos y tasa por ocupación de la vía pública de empresas suministradoras de interés general.
Tercero.- Se podrán llevar a cabo actuaciones puntuales de inspección en los demás tributos propios del Ayuntamiento como resultado del conocimiento que, por diversas vías, se pueda tener de omisiones e incumplimientos de obligaciones tributarias.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, Pascual Lucas Díaz. En Cieza, 14 de febrero de 2023.
NPE: A-140323-1523