Campos del río - Administración local (BORM 2023-53)

IV. Administración Local

Campos del Río

1308 Resolución de Alcaldía n.º 55 de fecha 21 de febrero de 2023, por la que se aprueba la convocatoria y las bases para la creación de una bolsa de trabajo en la categoría de Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Campos del Río.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 55 de fecha 21 de febrero de 2023, por la que se aprueba la convocatoria y las bases para la creación de una bolsa de trabajo en la categoría de Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Campos del Río, ya sea mediante la formalización de contrato laboral, en las modalidades previstas en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, o mediante nombramiento como funcionario/a interino, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

El texto íntegro de las bases se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento http://camposdelrio.sedelectronica.es.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del este Ayuntamiento http://camposdelrio.sedelectronica.es.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Campos del Río, a 21 de febrero de 2023. La Alcaldesa, M.ª José Pérez Cerón.

NPE: A-060323-1308


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