Yecla - Administración local (BORM 2023-47)

IV. Administración Local

Yecla

1175 Convocatoria y bases específicas de los procesos selectivos del Excmo. Ayuntamiento de Yecla para la cobertura, mediante concurso de méritos, de plazas de personal laboral fijo, incluidas en los procesos extraordinarios de estabilización de empleo temporal previstos en la D.A. 6.ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (Expte. 325263E).

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2023, aprobó la convocatoria de procesos de selección de personal para la cobertura, como personal laboral fijo, mediante el sistema de Concurso de Méritos, de diversas plazas vacantes en la plantilla de personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, a las que resulta de aplicación la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Dicha convocatoria se regirá por las siguientes

Bases específicas

Primera.- Objeto de la convocatoria de las plazas vacantes de personal laboral fijo.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria de procesos de selección de personal la cobertura, como personal laboral fijo, mediante el sistema de Concurso de Méritos, de diversas plazas vacantes en la plantilla de personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, a las que resulta de aplicación la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, que permite la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, de acuerdo con lo previsto en el art 61.6 y 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público, por el sistema de Concurso, de aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el art. 2.1 de dicha ley, hubieran estado ocupadas con carácter temporal, de forma ininterrumpida, con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Dichas plazas de personal laboral fijo aparecen incluidas en la Oferta de Empleo Público aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 10 de mayo de 2022, modificada mediante acuerdo de dicho órgano municipal adoptado en sesión celebrada el 12 de julio de 2022, para la articulación de los procesos de estabilización de empleo temporal.

La referida Oferta de Empleo Público fue publicada en el B.O.R.M. Núm. 118, de 24 de mayo de 2022 y la modificación en el B.O.R.M. Núm. 176, de 1 de agosto de 2022.

1.2. La relación y número de plazas de personal laboral fijo convocadas, y su equivalencia con el correspondiente Grupo/Subgrupo del personal funcionario de carrera, son las que a continuación se relacionan:

NÚM. PLAZAS DENOMINACIÓN PLAZA EQUIVALENCIA GRUPO/SUBGRUPO FUNCIONARIOS
1 Psicólogo/a A/A1
2 Trabajador/a Social A/A2
1 Educador/a Social A/A2
1 Fisioterapeuta A/A2
2 Agente de Empleo y Desarrollo Local A/A2
1 Profesor/a Escuela Municipal Bellas Artes (½ jornada) C/C1
15 Técnico/a Educación Infantil (30 horas) C/C1
1 Ordenanza-Telefonista C/C2
1 Auxiliar de Biblioteca C/C2
1 Conductor-Operario C/C2
2 Peón-Operario A.P. sin requisito de titulación
5 Conserje-Operario A.P. sin requisito de titulación
4 Limpiador/a A.P. sin requisito de titulación

Segunda.- Normativa aplicable.

Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en:

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal previstos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 8 de noviembre de 2022, y publicadas en el B.O.R.M. Núm. 276, de 29 de noviembre de 2022.

Las presentes Bases Específicas.

La normativa contenida en la Base General Segunda de las anteriormente citadas Bases Generales.

Tercera.- Publicación de la convocatoria.

Se regirá por lo dispuesto en la Base Tercera de las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal previstos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021.

Cuarta.- Requisitos de los aspirantes.

4.1. Los/as aspirantes habrán de reunir los requisitos generales relacionados en la Base Quinta de las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal previstos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021.

4.2. Además de dichos requisitos, los aspirantes tendrán que estar en posesión de las titulaciones que a continuación se detallan, en función de la plaza a la que se opte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público:


NÚM. PLAZAS DENOMINACIÓN PLAZA EQUIVALENCIA GRUPO/SUBGRUPO FUNCIONARIOS TITULACIÓN EXIGIDA
1 Psicólogo/a A/A1 Licenciatura/Grado en Psicología
2 Trabajador/a Social A/A2 Diplomatura/Grado en Trabajo Social
1 Educador/a Social A/A2 Diplomatura/Grado en Educación Social o habilitación para el ejercicio como Educador/a Social por el Colegio profesional correspondiente
NÚM. PLAZAS DENOMINACIÓN PLAZA EQUIVALENCIA GRUPO/SUBGRUPO FUNCIONARIOS TITULACIÓN EXIGIDA
1 Fisioterapeuta A/A2 Diplomatura/Grado en Fisioterapia o título o habilitación para el ejercicio como Fisioterapeuta
2 Agente de Empleo y Desarrollo Local A/A2 Título universitario de Grado o equivalente
1 Profesor/a Escuela Municipal Bellas Artes (½ jornada) C/C1 Título de Bachiller o Técnico o equivalente
15 Técnico/a Educación Infantil (30 horas) C/C1 Título de Grado en Educación Infantil, Técnico Superior de Educación Infantil, Técnico Especialista en Jardín de Infancia, Maestro con especialidad en Educación Infantil, Profesor de EGB especialista en Preescolar, o equivalente
1 Ordenanza-Telefonista C/C2 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente
1 Auxiliar de Biblioteca C/C2 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente
1 Conductor-Operario C/C2 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente
2 Peón-Operario A.P. sin requisito de titulación No se exige titulación mínima
5 Conserje-Operario A.P. sin requisito de titulación No se exige titulación mínima
4 Limpiador/a A.P. sin requisito de titulación No se exige titulación mínima


4.3. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, los aspirantes deberán estar en posesión de la correspondiente credencial o convalidación oficial que acredite la homologación.

4.4. En su caso, la equivalencia entre la titulación exigida en las presentes Bases Específicas y en la convocatoria de los distintos procesos selectivos, y la aportada por los aspirantes, deberá ser acreditada por los mismos a través de certificación expedida a tales efectos por la Administración competente.

Quinta.- Solicitudes.

5.1. Se estará a lo dispuesto en la Base Sexta de las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal previstos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, en la que se hace mención, entre otros particulares, a la forma de presentación de las mismas, documentos que deberán a acompañar a la solicitud, pago de tasas por derecho de examen (en función de la categoría de personal laboral a la que se opta) y plazo de presentación.

5.2. En documento ANEXO a estas Bases se contiene el modelo oficial de solicitud para participar en los distintos procesos selectivos que se convocan.

Tal como se indica en la Base General Sexta, apartado 6.1, dicho modelo será facilitado en el Servicio de Información del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, pudiéndose obtener también a través de Internet, en la web municipal https://www.yecla.es/ (en la siguiente dirección, que sustituye a la citada en dicha Base General, al haber sido recientemente modificada: SERVICIOS/Empleo Público Local/Convocatorias de Empleo Público).

Sexta.- Sistema de selección.

A través del sistema de Concurso de méritos.

Séptima.- Formación de Bolsas de Empleo.

No se prevé la formación de Bolsas de Empleo como consecuencia de la tramitación de los distintos procesos selectivos.

Octava.- Admisión de aspirantes, Órgano de Selección, Comienzo del proceso selectivo, Méritos a valorar y puntuación asignada, Calificación final del Concurso, Contratación como personal laboral fijo, Adjudicación de destinos, Adaptación de puestos, Publicaciones, Incidencias y Recursos.

Se estará a lo dispuesto en las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal previstos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021 (Bases Generales Séptima a Decimosexta y Base General Decimooctava).

Novena. Vigencia.

9.1. La vigencia de las presentes Bases Específicas tendrá carácter indefinido hasta ser sustituidas total o parcialmente.

9.2. Las presentes Bases Específicas serán de aplicación a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Lo que se hace público a los efectos oportunos

Yecla, 8 de febrero de 2023. La Alcaldesa, M.ª Remedios Lajara Domínguez.

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