Consejería de medio ambiente, mar menor, universidades - e investigación - universidad de murcia - Autoridades y personal (BORM 2023-30)

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades

e Investigación

Universidad de Murcia

655 Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-147/2023) de fecha 2 de febrero de 2023, por la que se convocan concursos públicos para la provisión de plazas de personal Docente e Investigador Contratado en Ciencias de la Salud.

La Universidad de Murcia, convoca concursos públicos para la provisión de plazas de Profesores Asociados en Ciencias de la Salud, de acuerdo con el Concierto suscrito entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad de Murcia, que se detallan en el Anexo que se adjunta a la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes

Bases de la convocatoria:

1.- Normas generales.

Los concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades y en las disposiciones dictadas en su desarrollo, por el Real Decreto 1558/1986 de 28 de junio, que estableció las bases generales del Régimen de Conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias, por el Decreto 85/2004, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Murcia, por el II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el Concierto entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad de Murcia para la formación de alumnos que cursen titulaciones sanitarias y para el desarrollo de la investigación en el ámbito de las Ciencias de la Salud de fecha 23 de marzo de 2016 (BORM 18/04/2016), por la Normativa para la contratación de profesorado en régimen laboral con carácter temporal, aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia de 22 de septiembre de 2004; Resolución del Secretario General de la Universidad de Murcia por la que se dictan instrucciones sobre tramitación electrónica de convocatorias de plazas de personal de fecha 8 de septiembre de 2017; y, en lo no previsto en las señaladas disposiciones, por la legislación vigente que le sea de aplicación. Con carácter general se tramitará independientemente cada uno de los concursos convocados.

2.- Requisitos de admisibilidad.

Para su admisión al proceso selectivo, las personas interesadas han de reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el o la cónyuge de las personas de nacionalidad española o que sean naturales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Asimismo, podrán participar personas extranjeras que, no estando incluidas en los párrafos anteriores, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de los documentos que les habiliten a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) Tener un conocimiento adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada. A tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba específica que lo acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que estén en posesión del diploma español como lengua extranjera (nivel B2 o C2) regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedido por la administración educativa competente. A tal efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado.

e) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido o sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

f) Estar en posesión de la titulación exigida en cada caso, pudiendo requerirse una titulación universitaria concreta si así se establece en la descripción de la plaza. Para las plazas del Área de conocimiento Enfermería, estar en posesión del Título de Diplomado en Enfermería o Graduado en Enfermería.

g) Estar en posesión del título de especialista sanitario exigido.

h) Pertenecer a la plantilla del Hospital o Centro de Salud y servicio asistencial que se indican.

La concurrencia de los requisitos de admisibilidad deberá producirse dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Los documentos acreditativos de los requisitos que estén redactados en idioma diferente al castellano deberán ir acompañados de la correspondiente traducción jurada.

3.- Presentación telemática de solicitudes y currículos.

3.1.- La solicitud de participación en los concursos convocados se ha de efectuar mediante la cumplimentación de formulario integrado en aplicación Web de la Universidad de Murcia.

Para presentar solicitud de participación, las personas interesadas deben cumplimentar el formulario Web de la solicitud, que se ha establecido específicamente para la plaza y categoría correspondiente, disponible en la Oficina Virtual CONVOCUM PDI. URL: https://convocum.um.es.

Al acceder a la oficina virtual del PDI, apartado "convocatorias vigentes", se mostrará un panel informativo con las instrucciones, en el que se indica -paso a paso- cómo se debe cumplimentar y presentar la solicitud.

3.2.- La presentación y registro de la solicitud se realizará por vía telemática a través de la propia aplicación web "CONVOCUM PDI", previa validación de los datos y mediante firma electrónica a través de la pasarela de firma de la Universidad de Murcia utilizando cualquiera de los distintos medios al efecto (certificado electrónico, cuenta UM, etc.)

3.3.- Documentación justificativa de los méritos alegados en el currículo.

Los méritos alegados en el currículo se presentarán necesariamente a través de la página Web en formato PDF.

3.4.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

3.5.- Las tasas de los derechos de participación por cada una de las plazas a las que se concurse son las siguientes:

Tasa General: 23,34 euros.

Tasa Carné Joven: 18,67 euros.

Estarán exentos de la tasa los aspirantes que acrediten la condición de discapacitado con un grado igual o superior al treinta y tres por ciento (33%).

La liquidación de tasas y abono se realiza a través de la Oficina virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM), disponible en la dirección electrónica https://convocum.um.es/, por cualquiera de las siguientes formas:

a) Banca electrónica con cargo a cuenta en una de las siguientes entidades bancarias:

- Banco Sabadell.

- CaixaBank

- Cajamar.

- Banco Santander.

b) Tpv virtual (Tarjeta de crédito)

c) En los cajeros de las indicadas entidades.

d) Pago en ventanilla a través de alguna de las entidades indicadas, previa presentación del recibo unificado que se obtendrá desde la oficina virtual.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Se entenderá como defecto no subsanable no haber realizado el pago dentro del plazo de presentación de solicitudes.

A efectos de incidencias técnicas informáticas podrán ponerse en contacto en el teléfono 868884222 y para consultas en relación con la convocatoria y presentación de solicitudes en los teléfonos 868883659-3569.


3.6.- Requisitos y documentación justificativa:

Al firmar y presentar la solicitud, la persona aspirante declara bajo su responsabilidad que reúne los requisitos precisos para su admisión en la plaza y categoría a la que concursa, comprometiéndose a acreditarlo documentalmente si fuera requerida para ello en cualquier momento del proceso selectivo.

Asimismo, la aplicación informática le ofrecerá la posibilidad de agregar dicha documentación justificativa. En el presente proceso selectivo de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas se entiende otorgado su consentimiento para la consulta de los datos correspondientes al DNI y Títulos Oficiales Universitarios que obren en poder de otras entidades públicas, salvo oposición expresa manifestada en la solicitud de participación, siendo necesario entonces agregarla por el interesado.

a) Documentación acreditativa de la identidad:

I. Personas de nacionalidad española:

Copia del DNI en el supuesto de oposición a que se consulte por la Universidad de Murcia la información atinente al DNI.

II. Nacionales de otros Estados de la Unión Europea:

Copia del documento que acredite su nacionalidad o pasaporte, así como, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o de estar a cargo de la persona nacional de otro Estado con la que se tenga dicho vínculo. Asimismo, se ha de presentar declaración jurada o promesa de tal persona de que no existe separación de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el o la aspirante viven a sus expensas o están a su cargo.

III. Personas que no sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea:

Copia de la tarjeta de residencia en vigor, que acredite su situación de legalidad y acceso sin limitaciones al mercado laboral.

b) Documentación acreditativa de requisitos académicos:

En caso de título oficial español, copia del título académico exigido en el supuesto de oposición a que se consulte por la Universidad de Murcia la información atinente al título. En el supuesto de que el título se hallara en trámite de expedición deberá presentarse como documento sustitutorio una certificación de la universidad correspondiente, que se ajustará al modelo establecido en la base novena de la resolución de la Secretaría de Estado de Universidades de 26 de junio de 1989 (BOE de 18 de julio) o artículo 14 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de Títulos universitarios oficiales.

En el supuesto de título no español, se presentará copia de la credencial de homologación del título exigido. Si se tratara de titulaciones expedidas por Estados de la Unión Europea, se acreditará la homologación o se presentará la credencial del reconocimiento del título para ejercer la profesión de profesor universitario.

c) Copia del Título de Especialista exigido, en el supuesto de oposición a que se consulte por la Universidad de Murcia la información atinente al título.

d) Certificado de servicios actualizado, indicando pertenecer al Servicio asistencial del Hospital o Centro de Salud exigido en la convocatoria, emitido por el Servicio Murciano de Salud.

e) Documentación acreditativa de beneficios sobre las tasas aplicables.

Las personas aspirantes que se hallen exentas del pago de los derechos de tasas por razón de discapacidad deberán aportar copia del certificado acreditativo de la misma, expedido por el órgano competente de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma que corresponda.

Las personas aspirantes con derecho a reducción de tasa por razón por carné joven deberán aportar copia del mismo.

f) Documentación acreditativa del nivel de idioma español.

En los casos en los que fuere de aplicación el apartado d) de la base 2, se habrá de acompañar copia del diploma o de la certificación correspondiente.

3.7.- Justificación de méritos.

Los méritos evaluables que aleguen las personas aspirantes en su solicitud deberán acreditarse documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes de la forma indicada en la base 3.3 de la convocatoria.

La Comisión de Selección no valorará aquellos méritos que, siendo alegados en la solicitud, no hayan sido debidamente justificados.

Si lo considera necesario para la valoración de los méritos, la Comisión de Selección podrá requerir la presentación de los documentos justificativos originales o de fotocopia compulsada de los mismos o autenticada por otro medio admisible.

4.- Listas de personas aspirantes admitidas y excluidas.

4.1.- Dentro de los diez días hábiles siguientes al de finalización del plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM) -dirección electrónica https://sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam, apartado "Oposiciones y concursos, Personal Docente e Investigador"- y en la Oficina Virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM PDI) -dirección electrónica https://convocum.um.es/- la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en la correspondiente plaza, con indicación de las causas de exclusión. Dicha resolución concederá un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación, para la presentación de reclamaciones y para la subsanación de defectos de acreditación de requisitos de admisibilidad.

Los aspirantes excluidos presentarán las subsanaciones en PDF a través de la aplicación web "CONVOCUM", página principal Módulo "Portal del solicitante" mediante firma electrónica a través de la pasarela de firma de la Universidad de Murcia utilizando los distintos medios al efecto (certificado electrónico, cuenta UM, etc.). Las reclamaciones por omisión de las listas provisionales de admitidos y excluidos se realizarán a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Murcia, sita en el Campus de Espinardo, Edificio Rector Soler, planta baja, y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Murcia o por cualquiera de los procedimientos y por los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.2.- Una vez finalizado el plazo de reclamaciones o subsanaciones presentadas y resueltas las mismas, el Rector dictará Resolución aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en los lugares indicados en el punto anterior.

4.3.- No procederá la devolución de derechos de participación en los supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada.

5.- Comisiones de Selección.

5.1.- Cada concurso será resuelto por una Comisión de Selección que tendrá la composición que establezca el Rectorado a propuesta de la Comisión Mixta del Concierto entre el Servicio Murciano de Salud - Universidad de Murcia.

La configuración de las comisiones se ajustará al principio de composición equilibrada que contempla la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que establece como criterio de actuación la obligación de promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.

Se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.

5.2.- Las actuaciones de la Comisión de Selección se someterán, en lo no previsto en la convocatoria, a las disposiciones contenidas para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las Comisiones de Selección, tendrán su sede en el Vicerrectorado de Profesorado de la Universidad de Murcia.

5.3.- Los miembros de las Comisiones de Selección se publicarán en la Resolución definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.2. de la convocatoria.

5.4.- Las sucesivas actuaciones en relación con esta convocatoria se publicarán en los lugares indicados en la base 4.1.

6.- Publicaciones.

A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cualesquiera comunicaciones ulteriores a las que dé lugar la presente convocatoria y que deban ser notificadas a las personas interesadas se efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM), https://sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam, sustituyendo a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

7.- Baremos.

7.1 El Baremo para profesores asociados en Ciencias de la Salud se ajustarán a los criterios generales de evaluación aprobados en Consejo de Gobierno de 6 de noviembre de 2020, y se mantendrá expuesto en la página web: https://www.um.es/web/pdi/impresos.

7.2 De conformidad con el apartado 4 del artículo 29 del II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los procesos selectivos se favorecerá a las personas con discapacidad, en condiciones de desempeñar la plaza certificada por el IMAS, mediante la aplicación del coeficiente 1.05 en los distintos baremos.


8.- Procedimiento de Selección.

El procedimiento de selección consistirá exclusivamente en la valoración de los méritos alegados y acreditados por los concursantes, en aplicación del Baremo correspondiente. En el supuesto de que el número de aspirantes admitidos sea igual o inferior al de plazas convocadas en la respectiva especialidad y servicio asistencial, no será necesario aplicar el baremo. Las plazas podrán quedar desiertas a juicio de la Comisión, si ningún concursante reúne méritos suficientes.

9.- Resolución del concurso.

9.1.- La Comisión resolverá el concurso y elevará al Rector la correspondiente propuesta de contratación a favor del concursante o, en su caso, de los concursantes mejor valorados. En todo caso, hará público el resultado del proceso selectivo en los lugares indicados en la base 6.

9.2.- La comunicación del resultado del concurso a los aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta efectuada por la Comisión en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM).

10.- Tipo de contrato y características del mismo.

10.1 El contrato a formalizar por los aspirantes seleccionados será de naturaleza laboral y se encuentra regulado por los artículos 48 y 53 y disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica de Universidades, así como por la cláusula décima del Concierto entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad de Murcia de fecha 23 de marzo de 2016 (BORM 18/04/2016).

10.2 La duración del contrato será hasta 30 de septiembre de 2023, excepto en el supuesto de que en el anexo descriptivo concerniente al puesto específico del que se trate e incluido en la convocatoria señale una fecha, plazo o término determinados en relación con la duración del mismo, en cuyo caso se atenderá a tal determinación, y podrá ser renovado de acuerdo con lo establecido en el punto 4 de la cláusula décima del Concierto entre SMS-UMU de fecha 23 de marzo de 2016. No obstante, al finalizar cada curso académico, la Comisión Mixta del indicado Concierto, evaluará, de acuerdo con procedimientos objetivos, y oído el Departamento al que esté adscrita la plaza, el rendimiento asistencial y docente de los profesores asociados pudiendo proponer a la Universidad la resolución o no renovación del contrato en caso de evaluación desfavorable.

11.- Presentación de documentos para formalizar el contrato.

Concluido el proceso selectivo y realizada la propuesta de provisión por la Comisión de Selección, el Rector procederá a la formalización del contrato en régimen laboral, previa presentación por el aspirante de los siguientes documentos.

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad, solo si manifestó su oposición a su obtención por la Universidad, o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Copia compulsada del Título oficial exigido, sólo si manifestó su oposición a su obtención por la Universidad.

c) Copia compulsada del Título de especialista sanitario exigido, sólo si manifestó su oposición a su obtención por la Universidad.

d) Hoja de servicios actualizada, indicando pertenecer al Servicio asistencial del Hospital o Centro de Salud exigido en la convocatoria, emitido por el Servicio Murciano de Salud.

e) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

f) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

La documentación deberá presentarse en el plazo de 10 (diez) días desde la publicación de la propuesta de provisión, siendo dirigida a la Sección de Personal Docente e Investigador Contratado (plaboraldocente@um.es).

12.- Formalización del contrato de trabajo.

1. Con carácter general, el contrato habrá de formalizarse con arreglo a las siguientes condiciones:

a) Tiempo: Dentro del plazo de los 10 (diez) días siguientes al de la publicación de la propuesta de provisión.

b) Forma: El documento contractual será suscrito mediante firma electrónica, con arreglo a las condiciones específicas que se precisen en la comunicación prevista en la base 10.

c) No podrá formalizarse el contrato de trabajo mientras no se haya verificado la aportación a satisfacción de la totalidad de la documentación requerida a tal efecto.

2. En su caso, el anexo descriptivo concerniente al puesto específico del que se trate e incluido en la convocatoria podrá señalar una fecha, plazo o término determinados en relación con la formalización del contrato de trabajo, en cuyo caso se atenderá a tal determinación y no será de aplicación lo establecido en la letra a del apartado 1.

3. La falta de formalización del contrato en el tiempo establecido para ello con arreglo a las previsiones de esta base, si fuere por causa imputable a la persona interesada, comportará que esta decaiga en su derecho.

4. En su caso, el plazo previsto en la letra a del apartado 1 o el que señale el anexo del puesto podrá ser ampliado, en virtud de resolución y oído el director o directora del departamento al que está adscrita la plaza, a petición motivada y justificada de la candidata o candidato, siempre que hubiera sido formulada con anterioridad a la expiración de dicho plazo.

5. En los casos de renuncia o de concurrencia de cualquier otra causa que impida la contratación del candidato o candidata seleccionado podrá procederse a la contratación a favor del siguiente con mejor calificación.

13.- Listas de espera.

Con el resto de aspirantes, relacionados por orden decreciente de puntuación, se establecerá una lista de espera para futuras contrataciones, si durante los cursos académicos 2022/2023 o 2023/2024 fuera necesario para la docencia la cobertura de nuevas plazas con las mismas características que las definidas en la presente convocatoria. Previa consulta a los departamentos concernidos, se podrá contratar a la persona que ocupe el siguiente lugar en el orden de prelación resultante del concurso.

14.- Incompatibilidades.

13.1.- El personal docente e investigador objeto de esta convocatoria estará sujeto a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

13.2.- En el caso de los profesores contratados en las áreas relacionadas con las Ciencias de la Salud, se estará sujeto a lo dispuesto en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio y en el Concierto suscrito entre el Servicio Murciano de Salud y la Universidad de Murcia.

15.- Recursos.

De conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Murcia, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la notificación o publicación y sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en su caso interpuesto.

Murcia, 2 de febrero de 2023. El Rector, José Luján Alcaraz.

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