PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 71/2000, DE 27 DE ABRIL, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE CREA LA MEDALLA INTERNACIONAL DE LAS ARTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

La Medalla Internacional de las Artes de la Comunidad de Madrid, creada en virtud del Decreto 71/2000, de 27 de abril, es un galardón con el que se busca reconocer la trayectoria y la obra de intelectuales y artistas cuya labor incida de manera relevante en la realidad sociocultural madrileña. Tal y como se recoge en la parte expositiva de dicho decreto, una de las manifestaciones tradicionales de la actividad de fomento de las Administraciones Públicas es la concesión de premios, condecoraciones y otras figuras afines, con el objeto de simbolizar y dar una dimensión pública al reconocimiento de los méritos y trayectorias, vitales y profesionales, de aquellas personas, entidades o instituciones que hayan destacado en la cultura, la ciencia, el servicio público o en aquel sector de actividad que se pretenda fomentar. En su origen, la Medalla Internacional de las Artes fue creada con carácter honorífico. Posteriormente, el Decreto 13/2004, de 5 de febrero, prevé en su artículo tercero la dotación económica para la Medalla Internacional de Las Artes de la Comunidad de Madrid. (BOCM 20 de febrero de 2004). Así, dicho precepto establece que la concesión de la Medalla se acompañará de un premio cuya dotación económica será de 60.000 euros. Añade que, en caso de otorgarse a título póstumo, el Consejo de Gobierno destinará la dotación económica a cualquier fin dirigido a honrar la memoria del premiado. Por último, dispone que la financiación del premio se realizará por la Consejería competente en materia de cultura con cargo a los créditos dotados a tal fin en las correspondientes Leyes anuales de Presupuestos. En el momento actual, se estima necesario recuperar la naturaleza de la Medalla Internacional de las Artes, según fue concebida originalmente, subrayando su carácter exclusivamente honorífico. Por consiguiente, la finalidad del proyecto de decreto objeto del presente trámite de audiencia e información públicas se limita al restablecimiento del carácter honorífico del citado galardón. Esta actuación se enmarca dentro de las medidas puestas en marcha por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a través de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, con el fin de racionalizar el gasto y optimizar los recursos económicos para la realización de programas culturales, en un contexto de homogeneización de los galardones que concede esta Consejería.
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