En la intervención de esta Mancomunidad y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 de la Ley 2/2004, de 5 de marzo, Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público, a efectos de reclamaciones, el presupuesto general de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, junto con su plantilla de personal, todo ello para el ejercicio 2024, aprobado inicialmente por la Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, en sesión ordinaria celebrada el 24 de julio de 2024.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 de la Ley 2/2004 citada a que se ha hecho referencia y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
c) Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
Mejorada del Campo, a 24 de julio de 2024.—La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz.
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