En el apartado 10.3 de la base décima de la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros, se establece que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos anunciando la exposición de la relación de los aspirantes que han superado dicho procedimiento selectivo, distribuidos por especialidades, con indicación del número de orden obtenido en el procedimiento, de acuerdo con la puntuación alcanzada, así como la puntuación global.
Acreditada la necesidad de interés público de finalizar los procedimientos selectivos en el mes de julio, para que el profesorado esté incorporado al centro asignado el día 1 de septiembre y favorecer de esta forma el buen funcionamiento de los centros educativos como elemento inherente al derecho a la educación, esta Dirección General de Recursos Humanos acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia en la presente Resolución.
En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General,
RESUELVE
Primero
Lista de seleccionados en el procedimiento selectivo
Ordenar la publicación, a partir del día 26 de julio de 2024, por las Comisiones de Selección, del listado de aspirantes al Cuerpo de Maestros que han superado el procedimiento selectivo, con indicación de la puntuación total que han obtenido y que se incluyen en el Anexo de esta Resolución.
Segundo
Lugares de exposición
Dicho Anexo se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-estabilizacion-m... . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal "personal +educación" ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: "Funcionarios Docentes", "Procesos selectivos", "Estabilización", "Concurso oposición de estabilización de Maestros".
Las listas definitivas se mantendrán expuestas el tiempo estipulado en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para poder interponer el recurso de alzada.
Tercero
Aspirantes seleccionados en el proceso selectivo convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización) y en el proceso selectivo convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024 (reposición)
A los aspirantes seleccionados, tanto por el procedimiento convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización), como por el procedimiento convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024 (reposición), se les asignará plaza de oficio, destino provisional y nombramiento como funcionario en prácticas en función de la puntuación y orden obtenido en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024 por ser éste el criterio a seguir en la adjudicación de destinos. En este caso, renunciarán a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización).
No obstante lo anterior, si desearan optar por el ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 (estabilización), deberán comunicarlo en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, presentando el formulario de solicitud genérica que puede encontrar en el portal de la comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/prestacion-social/formulario-solicitud-gen... , e indicando en el Asunto: "opción por procedimiento estabilización", en Destinatario: "Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial" y en Consejería: "Consejería de Educación, Ciencia y Universidades".
En este caso, renunciarán a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en el procedimiento convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024.
Cuarto
Aspirantes que superan la fase de oposición y concurso para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, por ésta y por otra u otras Administraciones Educativas
Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por ésta y otra u otras Administraciones Educativas, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, deberán optar por el ingreso en una de ellas, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos renunciando a todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.
Para ello, podrán presentar el formulario de solicitud genérica referido en el apartado tercero de esta Resolución.
Quinto
Presentación de documentos por los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de aspirantes que han resultado seleccionados, éstos deberán remitir a la Dirección General de Recursos Humanos, de forma electrónica, la documentación a la que se alude en la base undécima de dicha Resolución, exceptuando los documentos que el aspirante haya aportado junto con la solicitud para ser admitido al concurso-oposición, o dio el consentimiento para su tratamiento por la Administración.
En aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, la presentación de esta documentación, se realizará exclusivamente de forma telemática, en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, al que se podrá acceder a través del portal de la Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid/registro-electronico-general-comunidad-madrid ).
5.1. Efectos de la no presentación de la documentación o de la carencia de requisitos.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base tercera de la Resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
A los seleccionados en el procedimiento selectivo, la Administración les podrá requerir que aporten los originales de cuanta documentación hayan presentado para acreditar tanto los requisitos como los méritos exigidos o baremados, con la finalidad de cotejar dichos originales con la documentación presentada. En el caso de que, como consecuencia de esta comprobación, se desprenda que no posee alguno de ellos, supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo, decayendo de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el mismo.
Sexto
Elección de Centro para la realización de la fase de prácticas y obligatoriedad de participación en concurso de traslados
Los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024 (reposición), tendrán prioridad en la asignación de centro para la realización de la fase de prácticas frente a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022. Por tal motivo, a los aspirantes que han superado ambos procedimientos, se les asignará centro de destino de oficio, en función de la puntuación y orden obtenido en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024 (reposición), salvo que manifiesten lo contrario de conformidad con el apartado tercero de esta Resolución.
Asimismo, la asignación de destino para efectuar la fase de prácticas se realizará en la forma y plazos establecidos en la Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la asignación de puestos docentes de inicio de curso 2024/2025, a los funcionarios de carrera sin destino, a los pendientes de la realización de la fase de prácticas, y a los aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad, en los centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Los destinos obtenidos para la realización del período de prácticas tendrán carácter provisional. Todos los aspirantes que superen el proceso selectivo estarán obligados a obtener su primer destino como funcionarios de carrera, en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Para ello, deberán participar, con carácter forzoso, hasta su obtención, en todos los concursos de traslados que convoque esta Administración educativa, en la forma que se determine en las respectivas convocatorias, de acuerdo con la base decimotercera de la citada Resolución de 19 de diciembre de 2022.
Séptimo
Medidas e instrucciones de desarrollo
Por la Dirección General de Recursos Humanos se adoptarán cuantas medidas e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta Resolución.
Octavo
Recursos contra la lista de seleccionados
Contra las listas a las que se alude en el apartado primero, los interesados podrán interponerse recurso de alzada ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 23 de julio de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.
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