BDNS (Identif.): 776441
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index y en la página web de la Comunidad de Madrid: http://www.comunidad.madrid
Primero
Objeto
1. Se convocan subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados para el año 2024.
2. Objeto de financiación en esta convocatoria serán los programas de formación sectoriales del catálogo de especialidades formativas, impartidos en modalidad teleformación.
3. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva respetando los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como el de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Segundo
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente orden las entidades de formación públicas o privadas, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, que impartan las especialidades formativas solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
Tercero
Régimen jurídico
Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación ("Boletín Oficial del Estado" número 78, de 1 de abril de 2019).
Cuarto
Cuantía
El importe inicialmente previsto para los programas de formación sectoriales en modalidad teleformación se eleva a 5.100.000 euros, que serán financiados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Quinto
Presentación de la solicitud de subvención
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 10 de septiembre 2024, inclusive. Por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará el texto íntegro de la orden de convocatoria en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Madrid, a 19 de julio de 2024.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
(03/12.198/24)