Por el señor alcalde-presidente, mediante decretos y en uso de las atribuciones que la LBRL (artículo 21.3) le otorga, resolvió delegar la celebración de los siguientes matrimonios:
— Decreto n.o 2024/993, matrimonio entre don D. T. G. y doña P. R. F., a celebrar el día 21 de mayo de 2024 por doña Miriam Galán Camisón.
— Decreto n.o 2024/1528, matrimonio entre don D. C. O. y doña M. B. O., a celebrar el día 12 de julio de 2024 por doña Miriam Galán Camisón.
— Decreto n.o 2024/1542, matrimonio entre don A. B. P. y doña M. M. C., a celebrar el 24 de julio de 2024 por doña Miriam Galán Camisón.
— Decreto n.o 2024/1452, matrimonio entre don I. M. L. y doña M. del R. E. G., a celebrar el 24 de junio de 2024 por don Juan Antonio Rodríguez de Blas.
— Decreto n.o2024/1453, matrimonio entre don J. M. S. J. y doña. M.a T. C. S., a celebrar el 28 de junio de 2024 por don Juan Antonio Rodríguez de Blas.
— Decreto n.o 2024/1592, matrimonio entre don A. M. L. y doña N. C. M. a celebrar el 2 de agosto de 2024 por don Juan Antonio Rodríguez de Blas.
— Decreto n.o 2024/1540, matrimonio entre don D. B. G. y doña A. M.a V. L., a celebrar el 29 de julio de 2024 por don Roberto Lázaro Moreno-Cid.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo, a 9 de julio de 2024.—El alcalde en funciones, Juan Fernando Corrales Duarte.
(02/11.241/24)