Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D.a María Inmaculada Peiró Gómez, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresas del Sector de las Instalaciones y la Energía (AGREMIA) y teniendo en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2024/000248 en esta Oficina de Depósito de Estatutos, de 27 de junio de 2024, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjuntan certificaciones de los acuerdos de modificaciones estatutarias adoptados en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 25 de mayo de 2024. Asimismo se aporta el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifican los artículos 1, 6, 8, 15, 16, 17, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 30, 31, 32 y 33. Se modifica el título del capítulo IV y los artículos 34 y 35. Se suprime el actual artículo 36, por lo que se reenumeran todos los artículos siguientes de manera consecutiva a partir de ese número. Se modifican el nuevo artículo 36. Se modifica el título del capítulo V.
Se modifica el nuevo artículo 37, 38, 40, 43 y 50, por último se modifica la disposición final única de los Estatutos.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA
El depósito de la modificación del texto de la asociación empresarial Asociación de Empresas del Sector de las Instalaciones y la Energía (AGREMIA); así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de octubre de 2011).
Madrid, a 8 de julio de 2024.-La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
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