Con el objeto de facilitar el cumplimiento de los fines institucionales y lograr una mayor agilidad y eficacia, el Pleno del Consejo Social, al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 16.3 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid,
ACUERDA
Delegar en la Comisión de Servicios y Actividades del Consejo Social la competencia para informar con carácter previo la oferta de titulaciones de formación permanente de la Universidad de Alcalá.
Esta delegación comprenderá la emisión de informe previo sobre la aprobación o supresión de cada uno de los títulos de formación permanente propuestos por la Universidad de Alcalá, y tendrá una duración de cuatro años.
La presente delegación deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y entrará en vigor el día siguiente a su publicación.
En todos los actos y resoluciones que se dicten en el ejercicio de esta delegación de competencia deberá hacerse constar expresamente la circunstancia de que han sido conferidos mediante la presente resolución.
En Alcalá de Henares, a 25 de junio de 2024.—La Presidenta en funciones del Consejo Social, Ana Isabel González Herrera.
(03/11.246/24)