En el marco de lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como por el artículo 61.6 y 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el concurso excepcional de estabilización de empleo temporal de las plazas correspondientes a los cuerpos de la función pública docente, estará constituido por un Concurso de Méritos.
El artículo 143 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé la posibilidad de que las Administraciones cooperen al servicio del interés general, pudiendo acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias que mejor sirva a dicho principio de las relaciones interadministrativas, a través de la formalización de relaciones de cooperación en acuerdos de órganos de tal clase que requerirán la aceptación expresa de las partes. En virtud de ello el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla han adoptado el acuerdo de la Conferencia de Educación de 2 de noviembre de 2022 por el que se materializa la cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del concurso excepcional de méritos previsto en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a fin de llevar a cabo la cobertura por ese sistema de ingreso de las plazas definidas por las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 144.1 e) de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
En este escenario de colaboración coordinada entre CCAA, la Consejería de Educación y Empleo del Gobierno de La Rioja, traslada a la Comunidad de Madrid, Resolución del Consejero de Educación y Empleo por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por D.a Yolanda Lozano Cano DNI ***8573**, contra los listados definitivos de puntuación en los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización para el Ingreso mediante Concurso de Méritos a determinados cuerpos convocados por la Resolución 166/2022, de 15 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud,
En base a lo anterior, la puntuación definitiva de D.a Yolanda Lozano Cano en el baremo de méritos de los procedimientos selectivos de ingreso, por el sistema excepcional de Concurso de méritos, pasa a ser de 10,4452 puntos.
D.a Yolanda Lozano Cano consignó en la solicitud de participación en segundo lugar la Comunidad de Madrid. Una vez aplicados los criterios de desempate establecidos en las convocatorias realizadas por las comunidades firmantes del Acuerdo de Conferencia Sectorial de fecha 2 de noviembre de 2022, le corresponde adjudicación como seleccionada en esta Comunidad.
Por cuanto antecede, en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 21.e) del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General,
RESUELVE
Primero
Modificación de la lista de seleccionados de la especialidad de Tecnología
Incluir en la lista de definitiva de seleccionados del Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, publicados por Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, a D.a Yolanda Lozano Cano en la especialidad de Tecnología.
Con la puntuación reconocida en la estimación del recurso de alzada y aplicados los criterios de desempate, le corresponde la posición 17 bis en la lista de seleccionados de dicha especialidad.
Segundo
Asignación de destino provisional
Estando obligada a obtener un destino provisional, se asignará un destino en el procedimiento de inicio de curso para la obtención de destino provisional en el curso 2024-25.
Tercero
Nombramiento de funcionaria de carrera
Una vez revisada la documentación de seleccionados presentada por D.a Yolanda Lozano Cano, será propuesta al Ministerio de Educación y Formación Profesional, para su nombramiento como funcionaria de carrera con efectos de 1 de septiembre de 2023 y económicos de la toma de posesión.
Cuatro
Recurso
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la exposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 10 de julio de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.
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