ORDEN de 3 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación en 70.000 euros del crédito disponible destinado a dar cobertura financiera a la convocatoria para el año 2024 de subvenciones en materia de concesión de ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden de 13 de abril de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, se convocan ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid para el año 2024. En el apartado tercero de la mencionada Orden se determina que para el año 2024 se ha previsto una dotación económica de 300.000 euros, de acuerdo con los objetivos y disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el programa 431A "Comercio", partida 79000 "Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica".

La Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en materia de concesión de ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid, establece en el apartado 2 del artículo 3, la posibilidad de incrementar la cuantía que se destine a cada convocatoria, en los términos del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 65 de la ley 15/2023 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el 2024, quedando condicionada la efectividad de la ampliación a la existencia de crédito disponible.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el 20 de mayo de 2024, se constata que el crédito presupuestario autorizado inicialmente es insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas que cumplen los requisitos fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, por lo que se considera necesaria la aprobación de una ampliación de crédito, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente en el Programa 431A, suconcepto79000, proyecto n.o 2024/000486 " Recursos órdenes de ayudas".

La convocatoria de subvenciones para el comercio ambulante en la Comunidad de Madrid para el año 2024, se encuentra pendiente de resolución, conforme establece el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente y, teniendo en cuenta el expediente de ampliación de crédito tramitado al efecto,

RESUELVO

Primero

Ampliación del crédito presupuestario

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria aprobada por Orden de 13 de abril de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid para el año 2024, se amplía en 70.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, por lo que la cuantía final destinada a las subvenciones convocadas para el año 2024 es de 370.000 euros, imputados al subconcepto 79000, proyecto n.o 2024/000483 "Ayudas al comercio ambulante", Centro Gestor 120130000, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.

2. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Efectos

Esta Orden produce efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de julio de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

(03/11.013/24)

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