Decreto de Alcaldía-Presidencia:
Considerando la aprobación plenaria el día 5 de julio de 2023, de la propuesta de esta Alcaldía-Presidencia sobre el régimen de retribuciones de órganos de gobierno y demás miembros de la Corporación.
Disponiendo el artículo 13.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales: "El Pleno corporativo, a propuesta del presidente, determinará, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el presupuesto, la relación de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad.
El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos solo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquel, en cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno en la siguiente sesión ordinaria".
Con fecha 25 de junio de 2024 y número de registro de entrada 15541, el portavoz del grupo PSOE, D. Óscar Blanco Hortet, presenta escrito en el que comunica que, a fecha 30 de junio de 2024, D.a Montserrat Concepción García Montalvo dejará de ser la persona liberada con una dedicación del 60% por parte del grupo municipal socialista, pasando a ostentar esa condición la concejala D.a Laura Hernández Orden, desde el 1 de julio de 2024.
Y en base a las restantes atribuciones que me confiere la legislación vigente vengo a resolver:
Primero.—Cesar a D.a Montserrat Concepción García Montalvo, concejal del grupo PSOE, como cargo en régimen de dedicación parcial, con fecha 30 de junio de 2024.
Segundo.—Designar a D.a Laura Hernández Orden como cargo en régimen de dedicación parcial del 60%, con una retribución de 25.115,72 euros anuales, con efectos desde el día 1 de julio de 2024.
Tercero.—Comunicar las respectivas baja y alta en el régimen general de la Seguridad Social de conformidad con el artículo 75.1 y 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Cuarto.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, se notificará a los interesados y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncio municipales, sin perjuicio de su efectividad desde el día de su firma a y de los efectos previstos de forma concreta para cada uno de los interesados.
Aranjuez, a 1 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Gómez Herrero.
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