Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Navalafuente de 25 de junio del 2024, se aprobó por mayoría absoluta de número legal de miembros de la Corporación 7 votos a favor y 2 en contra, el expediente de modificación de crédito en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo al remanente de Tesorería expediente 280/2024.
En cumplimiento de cuanto disponen los artículos 169 y 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público por el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID durante los cuales quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes por los motivos legalmente establecidos mediante escrito dirigido al Pleno del Ayuntamiento. En aplicación del acuerdo citado y los fundamentos jurídicos señalados, la modificación presupuestaria se considerara definitivamente aprobada si durante el mencionado plazo no se presentasen reclamaciones.
En Navalafuente, a 27 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Javier Rubio de Gregorio.
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