ADENDA de 14 de junio de 2024, de prórroga y modificación del convenio de colaboración en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad Agrupacoros Madrid.

REUNIDOS

De una parte, D. David Cervera Olivares, Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, nombrado por Decreto 198/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la Consejería efectuada por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

De otra parte, Dña. Lara Villar Gutiérrez, en calidad de Presidenta de Agrupacoros Madrid, mediante escritura de elevación a público de acuerdos sociales de concesión de poderes, otorgada ante el Notario del Colegio de Madrid, D. Ricardo Nieto Aldea, en fecha 24 de octubre de 2013, con el número 482 de su protocolo.

Actuando en el ejercicio de sus cargos y con la representación que ostentan, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica para suscribir esta adenda de prórroga y modificación, y, en su virtud,

EXPONEN

Primero

La Comunidad de Madrid y la entidad Agrupacoros Madrid suscribieron el día 29 de junio de 2020 un convenio de colaboración en materia de formación de los docentes no universitarios.

Segundo

Hasta la fecha, se han cumplido los objetivos propuestos en la firma del convenio.

Tercero

En la cláusula octava del convenio se establece que tendrá una vigencia de cuatro años desde la fecha de la última firma del mismo, pudiendo prorrogarse, en cualquier momento antes de la finalización del plazo indicado, por un período equivalente por acuerdo unánime de las partes.

Cuarto

Con la finalidad de actualizar la cláusula en materia de protección de datos para hacer constar en la misma la normativa vigente, así como los responsables de tratamiento de los datos personales, se procede a dar nueva redacción a la cláusula séptima del convenio.

Quinto

Ambas partes expresan su voluntad de continuar desarrollando una actuación conjunta en el ámbito expresado y acuerdan suscribir una adenda de prórroga y modificación, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del convenio de colaboración en materia de formación de los docentes no universitarios entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad Agrupacoros Madrid, ambas partes acuerdan la prórroga del convenio de colaboración por cuatro años adicionales, extendiendo su vigencia desde el 29 de junio de 2024 hasta el 28 de junio de 2028.

Segunda

Se modifica la cláusula séptima del convenio suscrito el 29 de junio de 2020, quedando su redacción de la siguiente manera:

"Séptima

Datos personales

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo. En especial, las partes intervinientes informan a las personas firmantes que los datos personales que faciliten en virtud del mismo, o que pudieran proporcionar con posterioridad, serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones descritas en el convenio. Este tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y resulta imprescindible para formalizar y cumplir el convenio, manteniéndose durante el plazo legalmente exigible para atender las posibles responsabilidades derivadas del mismo.

Cada una de las partes, ostenta la condición de responsable respecto del tratamiento de información personal que realice en el desarrollo de las actividades derivadas del presente convenio, así también el supuesto de que para el cumplimiento, seguimiento y ejecución de las actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de datos personales de terceras personas, comprometiéndose a cumplir la limitación de la finalidad, minimización y confidencialidad de los datos personales, así como de la obligación de informar del tratamiento de sus datos personales.

En todo caso se obligan a cumplir y comunicar a la otra, si fuere necesario, sus políticas de privacidad y cualesquiera otras informaciones relevantes, particularmente en materia de seguridad.

Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, cumpliendo diligentemente el deber de guarda y custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a que se tenga acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no autorizados.

Los datos de contacto no se comunicarán a ningún destinario salvo para el cumplimiento de una obligación legal.

Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido al responsable correspondiente, en los términos previstos en la legislación de protección de datos.

En la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, dirigiendo la solicitud a la Delegación de Protección de datos a través de registro presencial o telemático, preferentemente a través de medios electrónicos accediendo al formulario para el ejercicio de derechos que se encuentra en la web de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/prestacion-social/ejercicio-derechos-prote... . En dicho formulario se indicarán, entre otros datos, el derecho a ejercer, así como el responsable del tratamiento de los datos personales.

En el caso de Agrupacoros Madrid podrán hacerlo dirigiendo su solicitud a través de: agrupacorosmadrid@gmail.com

Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos ( www.aepd.es ), en su caso, de las autoridades autonómicas de protección de datos (Delegación de protección de datos de la Consejería).

Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

En caso de ser necesario las partes se obligan a suscribir cuantos documentos procedan conforme a derecho, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa sobre protección de datos".

Tercera

Sin perjuicio de la modificación prevista en la cláusula anterior, se mantienen en vigor el resto de cláusulas del convenio de colaboración suscrito con fecha 29 de junio de 2020 entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación y Juventud (actualmente Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la entidad Agrupacoros Madrid.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben la presente adenda de prórroga y modificación del convenio de colaboración, en la fecha de firma del titular de la Consejería.

Madrid, a 14 de junio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid: El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 14 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, David Cervera Olivares.—Por la Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Madrid: La Presidenta, Lara Villar Gutiérrez.

(03/10.190/24)

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