RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2024, del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria para la concesión de Ayudas a la Excelencia, cofinanciadas por el Banco Santander, dirigidas a los estudiantes que cursen por primera vez un máster universitario en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2024-2025.

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos, de 28 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria para la concesión de Ayudas a la Excelencia, cofinanciadas por el Banco Santander, dirigidas a los estudiantes que cursen por primera vez un Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2024-2025.

BDNS: 771881

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Dicha ayuda irá destinada a estudiantes de Máster Universitario matriculados, como mínimo, de 60 ECTS en el curso académico 2024-2025, en la Universidad Rey Juan Carlos.

Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma:

Requisitos generales:

Para ser beneficiario de estas ayudas, los estudiantes tienen que estar matriculados, por primera vez, de un Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2024-2025 y deberán reunir los requisitos que se detallan a continuación:

a) Ser estudiante de nuevo ingreso en Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos. Para ser beneficiario de estas ayudas, el estudiantado tiene que estar matriculados, por primera vez, de 60 créditos ECTS en un Máster Universitario en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2024-2025. El estudiantado que solicite reconocimiento académico de créditos en el curso académico 2024-2025 deberán tener en cuenta que los créditos reconocidos no se computan como créditos matriculados en dicho curso académico.

b) Haber finalizado, en el momento de formalizar su solicitud, los estudios que le hayan dado acceso al Máster universitario en el que se encuentre matriculado el o la estudiante. El estudiantado que haya accedido a través de acceso condicionado no podrá concurrir a las ayudas objeto de esta convocatoria salvo que haya finalizado dichos estudios dentro del plazo de presentación de solicitudes.

c) Solo podrán concurrir a esta convocatoria los estudiantes que se encuentren matriculados en centros propios de la Universidad Rey Juan Carlos.

d) Poseer nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea. El estudiantado extranjero no comunitarios deberán acreditar la condición de residente legal en España y, por tanto, quedan excluidos el estudiantado que se encuentre en situación de estancia por estudios (permiso de residencia por estudios).

e) Haber formalizado y estar al corriente de pago de la matrícula de, al menos, 60 créditos ECTS, en el inicio de estudios universitarios conducentes a título de Máster universitario durante el curso académico 2024-2025 en la Universidad Rey Juan Carlos. No se concederán ayudas para Títulos Propios de la Universidad Rey Juan Carlos con cargo a esta convocatoria.

f) En el caso de simultaneidad de dos másteres universitarios solo se concederá la ayuda para uno de los dos másteres en los que se encuentre matriculado el estudiante.

g) En el caso de que se concediera la ayuda para cursar un Doble Máster Universitario la cuantía sería la misma que para los másteres universitarios convencionales.

h) Para poder concurrir a las ayudas objeto de esta convocatoria, el estudiantado deberá acreditar, como mínimo, una nota media de expediente académico de 7,5 puntos o superior en la titulación universitaria que le haya dado acceso a los estudios de Máster Universitario. La nota media se calcula mediante el sistema de calificación de 0 a 10 que se establece en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En el caso particular de estudiantes que dispongan de un título de Doble Grado, solo se tendrá en cuenta la nota media de expediente del título de Grado que haya dado acceso al Máster universitario; si las dos titulaciones del Doble Grado dan acceso al Máster Universitario, se tendrá en cuenta la nota media más alta.

i) En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Los requisitos anteriormente mencionados deberán mantenerse durante el período inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.

(Requisitos Económicos u otros requisitos que se tengan que cumplir):

a) Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

b) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.

c) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria podrá determinar la revocación de la subvención concedida y el reintegro de las cantidades percibidas.

En caso de impago de su matrícula por parte del beneficiario, o en el caso de ocultación o falsedad de los datos que hubieran servido de base para la concesión de la ayuda, la Comisión evaluadora revisará la adjudicación de la ayuda, resolviendo su revocación y exigiendo el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, cualquiera que sea el momento en que hubiera sido disfrutada.

Segundo

Objeto

El objeto de la presente convocatoria es fomentar, en régimen de concurrencia competitiva, la excelencia en los estudios mediante la concesión de ayudas a los 75 estudiantes con los mejores expedientes académicos en la titulación de acceso a los estudios de Máster Universitario de la Universidad Rey Juan Carlos para el curso académico 2024-2025.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-oficial/anuncio/12371/

Cuarto

Cuantía

Se concederán 75 ayudas, cada una de ellas con una dotación económica de 2.000 euros. La dotación total de las ayudas ascenderá a 150.000 euros, que se consignarán a la aplicación presupuestaria 30.VC.PO.EM. 422A 483.00 de la Escuela de Másteres Oficiales para el ejercicio presupuestario 2024.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá abierto hasta el día 27 de septiembre de 2024. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en este epígrafe.

Todos los solicitantes tendrán que cumplimentar la solicitud y adjuntar la documentación requerida a través de la plataforma de becas del Banco Santander:

www.santanderopenacademy.com

Sexto

Otros datos

Se deberá presentar la documentación exigida en el epígrafe 7 de las Bases Reguladoras a través de la plataforma de becas del Banco Santander ( www.santanderopenacademy.com ).

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión Evaluadora.

Los criterios de baremación serán los que figuran en el epígrafe 11 de las bases reguladoras de la convocatoria.

Los candidatos seleccionados en la Resolución de adjudicación dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, tras la publicación de esta en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos, para cursar su aceptación a través de la plataforma de becas del Banco Santander ( www.becas-santander.com ). El candidato que no formule la aceptación expresa en el plazo señalado dará a entender que renuncia a la ayuda concedida, cediendo su puesto en el orden de puntuación obtenido por los estudiantes de acuerdo lo establecido en el epígrafe 11.b).

Octavo

Resolución y recursos

El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Contra la Resolución del Rector, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, o ser impugnada directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de las Resolución Definitiva de la convocatoria, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Móstoles, a 28 de junio de 2024.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/10.648/24)

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