BDNS: 771287
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero
Beneficiarios
Alumnos matriculados en el último y penúltimo curso de Grado.
Segundo
Objeto
Promover la incorporación de aquellos/as alumnos/as matriculados/as en el último y penúltimo curso de Grado que deseen realizar un trabajo de investigación en un Departamento o Instituto de la Universidad de Alcalá (UAH), para que tengan un primer contacto con la investigación científica y técnica.
Tercero
Bases reguladoras
Bases Reguladoras Marco de la concesión de becas y ayudas a la investigación por la Universidad de Alcalá:
https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Investig...
Cuarto
Cuantía
La dotación de las becas será de 280 euros brutos al mes.
Se convocan quince (15) becas en esta convocatoria que se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 30400M000.541.A645.22. El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 31.567 euros.
Quinto
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día de la publicación de la convocatoria hasta el 24 de julio de 2024.
Las solicitudes se presentarán a través de la opción "Convocatorias" disponible en el Portal del investigador.
Sexto
Otros datos
El disfrute de las becas será de 6 meses, a partir de la fecha que se indique en la resolución, con una dedicación de 15 horas semanales.
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
Las solicitudes serán valoradas por el procedimiento de concurrencia competitiva por una Comisión de Valoración formada por los doctores investigadores o docente e investigadores que reúnan la condición de miembros vocales de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con el siguiente criterio:
Expediente del solicitante. El expediente académico se valorará sobre la nota real del alumno con una puntuación máxima de 10. La media del expediente académico será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el alumno multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan, y dividida por el número de créditos totales obtenidos por el alumno. La distribución de las ayudas se hará según lo indicado en el punto 4.1 de la convocatoria.
Alcalá de Henares, a 17 de junio de 2024.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.
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