ADENDA de 12 de junio de 2024, de prórroga y modificación del convenio de colaboración en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid, (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad "Colegio Oficial de Físicos".

REUNIDOS

De una parte, D. David Cervera Olivares, Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, nombrado por Decreto 198/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la Consejería efectuada por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

De otra parte, D. Juan Ignacio Álvarez González, en calidad de Presidente del Colegio Oficial de Físicos (COFIS), con poder bastante para actuar en nombre y representación de la entidad Colegio Oficial de Físicos en base al Real Decreto 1703/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas y en virtud de poder de representación otorgado mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid, D. Pedro Muñoz García-Borbolla, en fecha 22 de julio de 2022, obrando al número 4348 de su orden de protocolo.

Actuando en el ejercicio de sus cargos y con la representación que ostentan, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica para suscribir esta adenda de prórroga y modificación, y, en su virtud,

EXPONEN

Primero

La Comunidad de Madrid y la entidad "Colegio Oficial de Físicos" suscribieron el día 22 de junio de 2020 un convenio de colaboración en materia de formación del profesorado.

Segundo

Hasta la fecha, se han cumplido los objetivos propuestos en la firma del convenio.

Tercero

En la cláusula octava del convenio se establece que tendrá una vigencia de cuatro años desde la fecha de la última firma del mismo, pudiendo prorrogarse, antes de la finalización del plazo indicado, por un período equivalente por acuerdo unánime de las partes.

Cuarto

Con la finalidad de actualizar la cláusula en materia de protección de datos para hacer constar en la misma la normativa vigente, así como los responsables de tratamiento de los datos personales, se procede a dar nueva redacción a la cláusula séptima del convenio.

Quinto

Ambas partes expresan su voluntad de continuar desarrollando una actuación conjunta en el ámbito expresado y acuerdan suscribir una adenda de prórroga y modificación, que se regirá por las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del convenio de colaboración en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid, (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad Colegio Oficial de Físicos, ambas partes acuerdan la prórroga del convenio de colaboración por cuatro años adicionales, extendiendo su vigencia desde el 22 de junio de 2024 hasta el 21 de junio de 2028.

Segunda

Se modifica la cláusula séptima del convenio suscrito el 22 de junio de 2020, quedando su redacción de la siguiente manera:

"Séptima

Datos personales

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo. En especial, las partes intervinientes informan a las personas firmantes que los datos personales que faciliten en virtud del mismo, o que pudieran proporcionar con posterioridad, serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones descritas en el convenio. Este tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y resulta imprescindible para formalizar y cumplir el convenio, manteniéndose durante el plazo legalmente exigible para atender las posibles responsabilidades derivadas del mismo.

Cada una de las partes, ostenta la condición de responsable respecto del tratamiento de información personal que realice en el desarrollo de las actividades derivadas del presente convenio, así también el supuesto de que para el cumplimiento, seguimiento y ejecución de las actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de datos personales de terceras personas, comprometiéndose a cumplir la limitación de la finalidad, minimización y confidencialidad de los datos personales, así como de la obligación de informar del tratamiento de sus datos personales.

En todo caso se obligan a cumplir y comunicar a la otra, si fuere necesario, sus políticas de privacidad y cualesquiera otras informaciones relevantes, particularmente en materia de seguridad.

Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, cumpliendo diligentemente el deber de guarda y custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a que se tenga acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no autorizados.

Los datos de contacto no se comunicarán a ningún destinario salvo para el cumplimiento de una obligación legal.

Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido al responsable correspondiente, en los términos previstos en la legislación de protección de datos.

En la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, dirigiendo la solicitud a la Delegación de Protección de datos a través de registro presencial o telemático, preferentemente a través de medios electrónicos accediendo al formulario para el ejercicio de derechos que se encuentra en la web de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/prestacion-social/ejercicio-derechos-prote... . En dicho formulario se indicarán, entre otros datos, el derecho a ejercer, así como el responsable del tratamiento de los datos personales.

En el caso del Colegio Oficial de Físicos podrán hacerlo dirigiendo su solicitud a través de: dpo@cofis.es

Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos ( www.aepd.es ), en su caso, de las autoridades autonómicas de protección de datos (Delegación de protección de datos de la Consejería).

Este convenio se somete a lo dispuesto en la 9869/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

En caso de ser necesario las partes se obligan a suscribir cuantos documentos procedan conforme a derecho, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa sobre protección de datos".

Tercera

Sin perjuicio de la modificación prevista en la cláusula anterior, se mantienen en vigor el resto de términos y cláusulas del convenio de colaboración suscrito con fecha 22 de junio de 2020 entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación y Juventud (actualmente Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la entidad Colegio Oficial de Físicos.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben la presente adenda de prórroga y modificación del convenio de colaboración, en la fecha de firma del titular de la Consejería.

Madrid, a 12 de junio de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, David Cervera Olivares.—Por el Colegio Oficial de Físicos, el Presidente, Juan Ignacio Álvarez González.

(03/9.918/24)

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