BDNS: 769115
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de la subvención prevista en esta convocatoria, las entidades privadas titulares o gestoras de centros de servicios sociales inscritos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid, en el sector de atención, tipología y subtipo para el que solicita subvención, según Anexo de las bases reguladoras a 31 de diciembre de 2023.
Segundo
Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2024, de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro en concepto de mantenimiento de plazas en centros y servicios de tratamientos de atención a personas con discapacidad y centros y servicios de tratamientos de atención temprana, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases Reguladoras
Orden 924/2024, de 22 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de plazas en centros y servicios de tratamientos de atención a personas con discapacidad y centros y servicios de tratamientos de atención temprana.
(Publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 85, de 10 de abril de 2024).
Cuarto
Cuantía
La financiación de las subvenciones de esta convocatoria se hará con cargo al subconcepto 48099 "Otras Instituciones sin fin de lucro" del programa 231F "Atención social especializada a personas con discapacidad" del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales correspondiente al año 2024. La cuantía total máxima para esta convocatoria de 2024 se establece en 2.250.000 euros, de los cuales 200.000 euros se corresponden con el importe del crédito para la línea 1, tal y como establece el apartado decimocuarto de la presente Orden.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el mismo día en que se produzca la publicación de su extracto.
En Madrid, a 14 de junio de 2024.
La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO
(03/9.814/24)