Mediante Orden 510/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, de 23 de noviembre), se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, cuyo número de plazas fue objeto de ampliación por Orden 774/2022, de 21 de abril, de la aludida Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 4 de mayo).
Mediante Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 4 de mayo), fueron aprobadas las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas de referencia, se publicó el listado definitivo de personas aspirantes excluidas en aquéllas, y se anunció la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, habiendo sido presentada, por varias de las personas admitidas, renuncia expresa a seguir participando en el reseñado proceso.
Por otra parte, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la base segunda de la mencionada Orden 510/2021, de 15 de octubre, para ser admitidas y poder tomar parte en las señaladas pruebas, las personas aspirantes habían de reunir, entre otros requisitos, los recogidos en el apartado quinto, punto primero, de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
A tenor de lo previsto en el enunciado apartado quinto, punto primero, de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, quienes aspirasen al ingreso en los Cuerpos, Escalas y Especialidades de personal funcionario de Administración General y Especial de la Comunidad de Madrid, objeto de las correspondientes convocatorias, debían poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los requisitos generales de participación indicados en dicho apartado, entre los cuales se hallaba el contemplado en su letra e), que establecía la obligación de no ostentar la condición de personal funcionario de carrera del mismo Cuerpo, Escala y Especialidad de personal funcionario de Administración General y Especial de la Comunidad de Madrid, al que se pretendiera acceder.
Algunas personas aspirantes admitidas que se encuentran concurriendo a las especificadas pruebas selectivas, han adquirido, según la información puesta en conocimiento de este Centro directivo por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, tras haber sido nombradas como tal por Orden de 24 de abril de 2024, de la citada Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 107, de 6 de mayo), y haber efectuado, en los términos expuestos en esa Orden, la toma de posesión en el correspondiente puesto de trabajo adjudicado.
De acuerdo con cuanto antecede, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
HA RESUELTO
Primero
Aceptar la renuncia, formulada por las personas aspirantes que se enumeran seguidamente, a continuar su participación en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 510/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, de 23 de noviembre), y cuyo número de plazas fue objeto de ampliación por Orden 774/2022, de 21 de abril, de dicha Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 4 de mayo), declarándose concluso, por tanto, el aludido proceso respecto de esas personas, todo ello en virtud de lo estipulado en el artículo 94, en relación con los artículos 84.1 y 21.1, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Segundo
Proceder a la exclusión, de las personas aspirantes que a continuación se detallan, de las pruebas selectivas de referencia, al no mantener el requisito exigido en el apartado quinto, punto primero, letra e), de la ya reiterada Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid:
Tercero
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de junio de 2024.—La Directora General de Función Pública, por delegación de firma (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.
(03/10.030/24)