Derogación de la disposición adicional sexta del Reglamento Municipal del Procedimiento Administrativo del Ayuntamiento de Móstoles.
Habiendo transcurrido los plazos recogidos en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, ley de Bases de Régimen Local, se hace efectiva la derogación de la disposición adicional sexta del Reglamento Municipal de Procedimiento Administrativo del Ayuntamiento de Móstoles (acuerdo número 6/28 de Pleno, de 22 de febrero de 2024), dicha derogación entrará en vigor a partir del día siguiente en su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Móstoles, a 12 de junio de 2024.—El secretario general del Pleno, Pedro Daniel Rey Fernández.
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