Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el proyecto de trazado: "Actuaciones para el desarrollo del Plan de Acción contra el ruido de la Fase II en la A-42. P. K. 7+850 a 24+350. Provincia de Madrid" de clave 39-M-15100.

Con fecha de 9 de abril de 2024, la Subdirectora General de Conservación y Gestión de Activos, P. D. del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por la OM TMA/355/2023, de 10 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias), ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar provisionalmente el proyecto de trazado "Actuaciones para el desarrollo del Plan de Acción contra el ruido de la Fase II en la A-42. P. K. 7+850 a 24+350. Provincia de Madrid" con un presupuesto Base de Licitación estimado (IVA incluido) de 5.330.057,49 euros.

2. Declarar la urgencia del proyecto de conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras en la redacción dada por el Real Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:

— La incoación de un Trámite de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. Dicha información pública lo será a efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de servicios afectados.

— La información pública a efectos de expropiaciones se hará en cumplimiento de cuanto establecen los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento.

— Llevar a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado", en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).

— Se señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Demarcación de Carreteras de Madrid.

— El período de información pública en todos los medios anteriormente indicados será de 30 días hábiles.

— Someter el proyecto al informe de los Organismos y titulares de servicios afectados a los que pueda afectar, en especial a:

a) Ayuntamiento de Madrid.

b) Ayuntamiento Getafe.

c) Ayuntamiento Parla.

d) Confederación Hidrográfica del Tajo.

e) Consorcio Regional de Transportes de Madrid.

f) Titulares de los servicios afectados, en especial al Canal de Isabel II, DGT, Telefónica, Correos Telecom, Orange/Jazztel, Iberdrola, Madrileña Red de Gas (MRG) y NEDGIA.

Durante un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado", a los efectos del artículo 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas el Proyecto de Trazado y copia de la citada aprobación provisional estarán expuestos al público en la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, 11, 28027 Madrid) y en los ayuntamientos de San Sebastián de los Reyes, Algete, Colmenar Viejo y San Agustín de Guadalix, así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica , a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la referida Ley, las alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.


Imagen del artículo Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación

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Madrid, a 6 de mayo de 2024.—La jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Gloria Ramos Palop.

(02/7.404/24)

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