BDNS (Identif.): 761883
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid
Primero
Beneficiarios
1. Alumnos que hayan finalizado las Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en un centro de la Comunidad de Madrid en el curso académico 2023-2024, que hayan obtenido una nota media o calificación final, del ciclo formativo de la familia por la que participan, igual o superior a 8,75.
2. Alumnos que hayan finalizado las Enseñanzas Profesionales de Danza o de Música en un centro de la Comunidad de Madrid en el curso 2023-2024 y que, en ese mismo curso académico, hayan obtenido el Premio Fin de Grado en la especialidad por la que participan.
Segundo
Objeto
Convocar los Premios Extraordinarios de la Comunidad de Madrid de las Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, de Danza y de Música correspondientes al curso académico 2023-2024.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1819/2016, de 7 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, modificada por la Orden 2281/2017, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y por la Orden 3308/2021, de 5 de noviembre, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Cuarto
Cuantía
Tres Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño, un Premio Extraordinario de Danza y cinco Premios Extraordinarios de Música, cada uno de ellos con una dotación económica de 2.000 euros.
Quinto
Fases
1. Los Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño, de Danza y de Música de la Comunidad de Madrid constarán de una fase de pruebas y de una fase de adjudicación.
2. En la fase de pruebas se valorarán los proyectos y obras presentados y defendidos por los aspirantes a los premios de Artes Plásticas y Diseño, y de las obras interpretadas por los aspirantes a los premios correspondientes a Danza y a Música.
3. En el caso de los Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño de la Comunidad de Madrid, el Tribunal tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
a) Viabilidad.
b) Grado de innovación.
c) Creatividad.
d) Defensa del proyecto u obra presentado por el alumno.
4. En el Premio Extraordinario de Danza se atenderá a los siguientes aspectos:
a) Interés del programa.
b) Nivel técnico.
c) Nivel artístico.
d) Musicalidad.
5. En los Premios Extraordinarios de Música se atenderá a los siguientes aspectos:
a) Interés musical de las obras interpretadas.
b) Nivel técnico de la interpretación.
c) Calidad de sonido.
d) Coherencia estilística y estética.
e) Presencia escénica.
La calificación final de la fase de pruebas de cada participante será la media aritmética de las puntuaciones finales obtenidas en los apartados anteriores.
En todos los casos, para obtener el premio será necesaria una calificación final mínima de 8,75 puntos.
Sexto
Propuesta de adjudicación de premios
La propuesta tendrá en cuenta únicamente las actas de calificaciones finales remitidas por los Tribunales. En caso de empate en las calificaciones finales de aspirantes que pudiesen obtener premio, dicho empate se dirimirá aplicando, en el orden establecido y hasta el momento que se produzca el desempate, los siguientes criterios:
1. Para aspirantes a los Premios de Artes Plásticas y Diseño:
a) Mayor nota media o calificación final obtenida en el ciclo formativo de la familia profesional por la que se presenta.
b) Mayor puntuación final obtenida en los aspectos evaluados a), b), c) y d), por este orden, a que hace referencia el punto 3 del apartado quinto.
2. Para aspirantes a los Premios de Danza y de Música:
a) Mejor nota media obtenida en sexto curso de las enseñanzas profesionales de Danza o de Música, según corresponda.
b) Mejor nota media del expediente de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza.
c) Para todos los premios, y en caso de persistir el empate, ordenación alfabética de los candidatos por apellidos, comenzando por la letra que haya resultado elegida, según lo recogido en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la última Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid, que esté vigente a 30 de abril del año 2024.
No podrá concederse más de un premio extraordinario por cada una de las familias profesionales artísticas, especialidades instrumentales, vocales o de danza implantadas en la Comunidad de Madrid, ni mayor número de premios que el número de premios convocados.
Séptimo
Plazo de presentación de las solicitudes
El período para realizar la inscripción comprenderá siete días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 14 de mayo de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO
(03/8.345/24)